Entre los tertulianos, expertos y analistas jurídicos de la prensa de izquierdas cunde la idea de que este país sufre un golpe de Estado de las togas. La última decisión del juez Calama de imputar a Zapatero por el rescate de la compañía aérea Plus Ultra ha venido a alimentar esa sospecha. Esa crítica viene siendo la misma desde que se persiguió al hermano del presidente del Gobierno por la adjudicación de una plaza pública, por la caza de brujas contra el fiscal general del Estado y por la investigación abierta contra Begoña Gómez, esposa de Sánchez, por haber organizado un máster para la Universidad Complutense de Madrid.
Sobre este último asunto, el periodista Ignacio Escolar aseguró en la Cadena Ser que, más allá de la instrucción del juez Peinado, “hay una responsabilidad de todas las salas que lo vigilan”. “Porque sí es cierto que la Audiencia Provincial de Madrid ha quitado algunas cosas más groseras, como por ejemplo la imputación de Juan José Güemes [ex consejero de Esperanza Aguirre], o la investigación de Air Europa, que han dicho ya tres veces que no, toda la manera en que se ha instruido esta causa daría para un monográfico porque es un salto tras otro al vacío”. En cuanto al caso del ministro Félix Bolaños, a quien Peinado quiso imputar, “la manera en que plantea su imputación por falso testimonio es un disparate”, añadió Ignacio Escolar.
Según el periodista, el magistrado ha ido variando el tiro a medida que avanzaban las pesquisas: primero investigando si Begoña Gómez “había mediado en el rescate Air Europa”, después “si era catedrática”, más tarde analizando un software registrado a su nombre para el máster de la universidad, luego si una asesora “trabaja o no trabaja” para la mujer de un presidente, “como ha ocurrido con todas las esposas de presidentes del Gobierno”. “Es una investigación que no se sostiene día tras día”, dice, y apunta a la existencia de lawfare en España.
La polémica investigación ha reavivado un debate jurídico y político que trasciende el propio caso: ¿quién controla la actuación de un juez de instrucción cuando su trabajo genera controversia pública, dudas procesales o acusaciones de motivación política? El CGPJ ha abierto un expediente informativo, pero tras meses de indagación nada se sabe sobre si la actuación del magistrado es ajustada a derecho. En este procedimiento, la respuesta es clara y, para muchos expertos, inquietante: ningún órgano superior parece supervisar de manera directa y continua la instrucción. Y esta afirmación inquietante se basa en los hechos: se pueden contar con los dedos de una mano los casos de jueces sancionados por rebasar los límites de una instrucción garantista con los derechos de los procesados. Las sanciones a jueces son poco frecuentes dentro de una carrera judicial formada por más de 5.400 miembros. Existen casos puntuales de expulsiones, suspensiones, multas o advertencias, pero siempre como medidas excepcionales. Se trata de simples anécdotas en un mundo, el de la Justicia española, controlada por los sectores más conservadores.
En España, los jueces de instrucción gozan de una amplia autonomía. Su poder en sus respectivos órganos judiciales es soberano, casi omnímodo. Nadie les para los pies cuando se mueven en la delgada línea roja que puede quebrar derechos fundamentales. Y si bien eso garantiza el principio de separación de poderes, también puede dar lugar a actuaciones cuestionables. La labor de los jueces de instrucción se desarrolla bajo el principio de independencia judicial, un pilar fundamental del Estado de derecho. Sin embargo, esa independencia también implica que, salvo recursos puntuales, no existe un mecanismo jerárquico que revise de oficio sus decisiones. En el caso de Peinado, esta realidad se ha hecho especialmente visible debido a la relevancia institucional de la persona investigada, la esposa del presidente del Gobierno, y al intenso clima político que rodea el proceso.
La causa de Begoña Gómez se abrió a raíz de una denuncia presentada por una organización ultraderechista como Manos Limpias. El juez decidió admitirla a trámite y comenzar diligencias, entre ellas la petición de documentación a empresas y organismos públicos. Desde entonces, la instrucción ha avanzado sin que ninguna instancia judicial (salvo de forma puntual la Audiencia Provincial, que ha corregido o matizado al instructor) haya intervenido para valorar la pertinencia o proporcionalidad de las decisiones adoptadas. Solo las partes personadas pueden recurrir, y esos recursos se resuelven caso por caso, sin que exista una supervisión global del procedimiento.
Diversos juristas han señalado que esta situación no es excepcional, sino inherente al diseño de la Justicia penal española. Los jueces de instrucción actúan como garantes de la legalidad en la fase preliminar del proceso, y su margen de actuación es amplio. La Audiencia Provincial solo entra en juego cuando se presenta un recurso concreto, y el Consejo General del Poder Judicial carece de competencias para revisar el contenido de las resoluciones, limitándose a cuestiones disciplinarias muy tasadas.
El caso de Begoña Gómez ha puesto de manifiesto las tensiones que este modelo puede generar cuando la investigación afecta a figuras públicas de primer nivel. Para algunos analistas, la ausencia de un control estructural permite que un juez pueda impulsar diligencias de gran impacto político sin necesidad de justificar ante un órgano superior la solidez de los indicios iniciales. Para otros, en cambio, esta autonomía es precisamente lo que garantiza que la Justicia pueda actuar sin presiones externas, incluso cuando los investigados ocupan posiciones de poder.
La controversia se ha intensificado por la falta de avances sustanciales en la causa y por la sucesión de decisiones que, según las defensas, carecen de fundamento jurídico. La Fiscalía ha solicitado en varias ocasiones el archivo del procedimiento, argumentando que no aprecia indicios de delito. Sin embargo, el juez Peinado ha optado por mantener la investigación abierta, lo que ha alimentado la percepción de que la instrucción se prolonga sin un rumbo claro.
En este contexto, la ausencia de un órgano supervisor adquiere un peso político evidente. Los partidos de la oposición han defendido la independencia del juez y han criticado cualquier intento de cuestionar su actuación. El Gobierno, por su parte, ha denunciado lo que considera una instrumentalización de la justicia con fines partidistas. Entre ambos discursos, la ciudadanía asiste a un enfrentamiento institucional que vuelve a situar a la justicia en el centro del debate público.
El caso también ha reabierto la discusión sobre la necesidad de reformar el sistema de instrucción penal. Algunos expertos proponen avanzar hacia un modelo más cercano al europeo, en el que la investigación esté dirigida por fiscales y supervisada por jueces de garantías. Este esquema, argumentan, permitiría un mayor equilibrio entre independencia y control, evitando que un solo juez concentre tanto poder en la fase inicial del proceso.
Por ahora, la instrucción de Peinado continúa sin un órgano superior que la vigile de manera sistemática. El futuro del caso dependerá de las decisiones que adopte el propio juez y de los recursos que planteen las partes. Mientras tanto, el debate sobre los límites y responsabilidades de los jueces de instrucción seguirá ocupando un lugar destacado en la conversación pública española.
