El Tribunal Constitucional ha dado un paso decisivo para completar la aplicación de la Ley de Amnistía. La mayoría del pleno considera que el Tribunal Supremo realizó una interpretación excesivamente restrictiva al excluir de la norma el delito de malversación vinculado al procés.
La resolución conocida este martes estima el recurso de Dolors Bassa y concluye que el Supremo vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva al interpretar la ley de una forma «contraria al espíritu y finalidad de la norma». Le ordena dictar una nueva resolución que declare amnistiada la malversación por la que fue condenada.
La doctrina tiene una consecuencia política evidente: afecta también a Carles Puigdemont, pendiente todavía de la orden nacional de detención por malversación. Eso no significa que el Constitucional haya ordenado literalmente su regreso, sino que elimina el principal fundamento jurídico utilizado hasta ahora para impedirle beneficiarse de la amnistía. El siguiente movimiento corresponde al Supremo.
El Constitucional desmonta la interpretación del Supremo
El conflicto jurídico estaba en el concepto de «enriquecimiento personal». El Supremo entendió que los dirigentes independentistas habían obtenido un beneficio al utilizar dinero público para financiar los objetivos políticos del procés, evitándose así tener que pagarlos personalmente. El Constitucional rechaza esa interpretación porque, llevada hasta sus últimas consecuencias, prácticamente vaciaría de contenido la amnistía de la malversación que el legislador decidió expresamente incluir.
La sentencia tampoco declara inocentes a los beneficiarios. El propio Constitucional recuerda que una amnistía no revisa la declaración de culpabilidad, sino que elimina posteriormente las consecuencias penales de determinados hechos por decisión del legislador.
El tribunal ya había avalado en 2025 el núcleo esencial de la Ley de Amnistía, aunque corrigió determinados aspectos por razones de igualdad.
Puigdemont recibe una victoria judicial mientras Junts deja caer los decretos de vivienda
Pero la noticia llega cargada de una enorme contradicción política. Solo cuatro días antes, Junts votó junto al PP, Vox y UPN contra el primero de los denominados decretos Maricarmen. El resultado fue de 178 votos contra 172. La formación de Puigdemont también rechazó el segundo decreto sobre estabilidad de los contratos de alquiler.
No se trataba de textos simbólicos. El Real Decreto-ley 26/2026 extendía la protección frente a determinados desahucios de personas vulnerables, regulaba alquileres temporales y por habitaciones, introducía medidas sobre compras especulativas y establecía una prórroga extraordinaria de hasta dos años para determinados contratos de alquiler que fueran a vencer. (BOE)
El segundo decreto modificaba la Ley de Arrendamientos Urbanos para reforzar la continuidad de los contratos. Tras el periodo mínimo de cinco años —siete cuando el arrendador fuera una persona jurídica— establecía nuevas prórrogas de cinco o siete años salvo comunicación de alguna de las partes en los términos establecidos legalmente. (BOE)
Junts tenía derecho a considerar insuficientes o equivocadas esas medidas. Su portavoz defendió que podían reducir la oferta de alquiler y reclamó otros mecanismos de protección para pequeños propietarios. Pero su voto tuvo una consecuencia perfectamente medible: los dos decretos quedaron derogados.
La contradicción que Puigdemont tendrá que explicar
Ahí aparece una cuestión que trasciende el conflicto entre independentismo y constitucionalismo.
Puigdemont ha reclamado durante años que las instituciones españolas respetasen sus derechos, aplicasen correctamente la ley y pusieran fin a una interpretación de la amnistía que consideraba injusta.
Ahora el Constitucional le da en gran medida la razón.
Pero el partido que dirige utilizó cuatro días antes sus siete votos para impedir la continuidad de unas normas destinadas a proteger derechos de personas que pueden encontrarse ante subidas de alquiler, vencimientos contractuales o situaciones de vulnerabilidad residencial.
La comparación no convierte jurídicamente una cuestión en la otra. La amnistía debe aplicarse conforme a la Constitución con independencia de cómo vote Junts en materia de vivienda. Los derechos fundamentales no pueden condicionarse a la conducta política posterior de quien los reclama.
Pero políticamente la contradicción existe.
Mientras Puigdemont se acerca a recuperar plenamente su libertad de movimientos gracias a una interpretación garantista de la ley, miles de personas vieron cómo el Congreso dejaba caer unas medidas que pretendían reforzar su seguridad frente a la pérdida de la vivienda.
Tras la votación, ciudadanos concentrados ante el Congreso respondieron con gritos de «vergüenza» al conocer el resultado.
Para muchas personas que han seguido el caso de Maricarmen y las movilizaciones por la vivienda, la decisión de Junts difícilmente puede entenderse únicamente como una maniobra parlamentaria. Puede sentirse como una profunda decepción. Porque los derechos se defienden también cuando afectan a los demás.
Y esa es una explicación que, después de la victoria jurídica que hoy acerca a Puigdemont a Cataluña, Junts tendrá que dar a quienes siguen esperando una solución para algo bastante más elemental: conservar el techo bajo el que viven.
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