El CGPJ ha dado carpetazo a las quejas contra el juez Peinado relacionadas con el caso Begoña Gómez. La Comisión Permanente ha tomado conocimiento de las propuestas del Promotor de la Acción Disciplinaria de archivar al menos cuatro diligencias informativas. Solo se investigarán los comentarios de Peinado contra la Policía (sobre la que arrojó la sombra de la sospecha de complicidad en una hipotética fuga de la esposa del presidente del Gobierno) y la queja de un particular que entiende que su procedimiento se ha alargado de forma irregular. Ninguna de las dos tiene nada que ver con el caso del máster para la Universidad Complutense de Madrid, por el que se investiga a la primera dama.
La primera de las quejas contra el magistrado en el marco del caso Begoña se incoó a raíz de sucesivas quejas presentadas por el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, por hechos relacionados con su declaración como testigo en un procedimiento judicial, durante la que según el ministro se llevaron a cabo actuaciones anómalas, como la petición del magistrado de un vehículo oficial para acceder al Palacio de la Moncloa o de una tarima para ubicarse, físicamente, en una posición más alta que la del compareciente; o la interrupción de la testifical para que el ministro saliera a consultar un dato que había asegurado desconocer. La Comisión Permanente considera que las quejas se refieren a cuestiones accesorias de la declaración judicial basadas en interpretaciones de las normas procesales que pueden ser discutibles, pero que no alcanzan relevancia disciplinaria y no supusieron la vulneración de ningún derecho del testigo, y añade que, aunque la diligencia se desarrolló en un clima de tensión, no hubo desconsideraciones explícitas al declarante. En su reunión del pasado 25 de marzo, la Comisión Permanente ya examinó una primera propuesta de archivo del Promotor de esta diligencia informativa, acordando entonces devolvérsela con el fin de que completara las diligencias. La decisión se ha adoptado por mayoría. Los vocales discrepantes han anunciado la formulación de votos particulares.
La segunda de las diligencias informativas de cuyo archivo se ha tomado conocimiento se refiere a la queja presentada por Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez, e investigada en la misma causa que esta, por la filtración a un medio de comunicación del contenido de una providencia que aún no se había dictado. El Promotor concluye que no ha resultado indiciariamente acreditado que fuera el propio magistrado quien anticipase al medio de comunicación su intención de dictar una resolución, así como su contenido. La decisión se ha adoptado por mayoría. Un vocal ha anunciado la formulación de voto particular concurrente.
La Comisión Permanente ha tomado asimismo conocimiento de la propuesta de archivo de la diligencia informativa incoada a raíz de las quejas presentadas contra el magistrado por el grupo municipal Más Madrid y por el diputado socialista en la Asamblea de Madrid Guillermo Hita por haber acordado fuera de plazo la prórroga de la instrucción de una causa en la que se investiga un delito de malversación. El Promotor señala en su escrito que consta en el cronograma de la causa que no se dio cuenta al magistrado del estado de las actuaciones (y, por tanto, del vencimiento del plazo para acordar la prórroga) hasta la fecha en la que efectivamente la acordó.
La Comisión Permanente ha tenido en cuenta la poca antelación con la que las acusaciones solicitaron la prórroga de la instrucción –apenas dos semanas antes de que finalizara el plazo–, así como los precedentes jurisprudenciales que señalan que acordar la prórroga de una instrucción fuera de plazo es un defecto procesal que produce la nulidad de las diligencias de investigación acordadas tras el vencimiento, pero que no supone automáticamente una infracción sancionable. La decisión se ha adoptado por mayoría. Un vocal ha anunciado la formulación de voto particular concurrente.
Por último, la Comisión Permanente ha tomado conocimiento de la propuesta de archivo de una diligencia informativa con origen en la denuncia de una particular que prestó declaración en condición de investigada y que sostenía que el magistrado no le permitió declarar por videoconferencia, trató con desconsideración a los letrados intervinientes y acordó medidas cautelares desproporcionadas. El Promotor señala que determinar si la toma de declaración debe hacerse de forma presencial o por videoconferencia es una decisión que los jueces/as adoptan en el ejercicio de su función jurisdiccional, por lo que, con independencia de que sea o no acertada, queda fuera del ámbito disciplinario. La misma situación se produce con la disconformidad frente a la adopción de medidas cautelares, una decisión jurisdiccional que las partes pueden recurrir ante el órgano superior. La decisión se ha adoptado por unanimidad.
De esta manera, el Poder Judicial avala una instrucción, la del juez Peinado, que ha estado rodeada de polémica y críticas de expertos juristas desde que se abrió hace más de dos años.
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