Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ya tiene su pasaporte tras recogerlo en el juzgado su procuradora para hacer efectiva la orden de la Audiencia Provincial de que se retirara la medida cautelar que le prohibía tenerlo y viajar fuera de España. Según la agencia Efe, que cita fuentes jurídicas, el trámite se llevó a cabo el miércoles por la tarde, cuando la procuradora de Gómez acudió a los juzgados de Plaza de Castilla.
La decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de devolver el pasaporte a Begoña Gómez marca un punto de inflexión en el plano judicial, pero, sobre todo, tiene repercusiones en la política española. Al revocar la medida cautelar impuesta el pasado mes de junio por el juez instructor Juan Carlos Peinado, el tribunal superior no solo devuelve la libertad de movimientos internacionales a la esposa del presidente del Gobierno, sino que reactiva el debate sobre la proporcionalidad de la instrucción y la intensidad del desgaste institucional al que está sometida la Presidencia.
Desde una perspectiva institucional, la restitución del pasaporte supone un alivio inmediato para la agenda internacional de la Moncloa. La restricción original de salida del territorio nacional no era una cuestión meramente privada; afectaba de forma colateral a la representación del Estado. Durante los meses en que estuvo vigente la medida, Gómez vio vetada su participación en citas de alto nivel diplomático, como la cumbre de jefes de Estado de la OTAN. Para el entorno de Pedro Sánchez, la anulación de esta prohibición elimina un factor de erosión simbólica constante que debilitaba la proyección exterior de la Presidencia del Gobierno.
En el plano estrictamente político, el dictamen de la Audiencia Provincial opera como un potente balón de oxígeno para el argumentario del Partido Socialista y de sus socios de coalición. El Ejecutivo ha mantenido desde el inicio de las diligencias una postura muy dura contra el juez Peinado, enmarcando sus actuaciones dentro de una estrategia de “lawfare” o persecución político-judicial sin base jurídica sólida. El hecho de que la Audiencia haya decretado por unanimidad que el riesgo de fuga esgrimido por el instructor carecía de sentido común y de fundamento legal dota de legitimidad la narrativa del PSOE. Para los socialistas, este revés judicial al instructor demuestra que se han estado aplicando medidas de una severidad desproporcionada, movidas más por el impacto mediático que por el rigor penal. Sin embargo, la lectura que hace la oposición dista por completo de suponer un cierre de la crisis para el Gobierno.
Para el Partido Popular y Vox, así como para las acusaciones populares implicadas en la causa, la devolución del pasaporte es una cuestión puramente procedimental que no altera el fondo de la cuestión. La derecha política recalca con insistencia que la misma resolución de la Audiencia de Madrid que restituye el documento de identidad ratifica simultáneamente que la causa penal debe continuar su curso. La oposición centra ahora toda su presión en recordar que Gómez sigue imputada y que el horizonte penal se encamina hacia un juicio oral ante un jurado popular por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación.
Desde esta trinchera, la investigación sigue plenamente viva y mantiene intacta su capacidad de erosión sobre la credibilidad del Ejecutivo. En definitiva, la devolución del pasaporte a Begoña Gómez no calma las aguas, sino que profundiza la grave polarización en torno al funcionamiento del Poder Judicial en España. El caso se consolida como un paradigma de la confrontación política contemporánea: un escenario donde una misma resolución judicial es interpretada por un bloque como la prueba evidente de un atropello institucional corregido a tiempo, y por el bloque contrario, como un simple trámite que no frena la marcha de un proceso penal que asedia directamente al corazón de la Moncloa.
La devolución del pasaporte ocurre poco después de que la defensa de Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez, presentara un recurso en el que reprochaba al juez Juan Carlos Peinado que obligara a ambas a recoger el pasaporte en persona, ya que es un trámite que pueden hacer los procuradores y “condicionar o denegar la entrega” supone restringir sus derechos fundamentales, algo que “realizado a sabiendas reviste extrema gravedad”.
La Audiencia Provincial de Madrid ordenó recientemente, en el auto en el que revocó parcialmente el auto del juez en el que enviaba a juicio con jurado a ambas, que se anulasen las medidas cautelares dictadas por el instructor, entre ellas la retirada del pasaporte, al no apreciar riesgo de fuga. Tras esta decisión el juez Juan Carlos Peinado dictó una providencia para que ambas acudieran al juzgado a recoger los pasaportes.
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