El juez Peinado amenaza a Begoña Gómez con llevarla detenida si no se presenta en el juzgado

El magistrado pretende informar a la esposa del presidente Sánchez de cara al juicio con jurado

26 de Mayo de 2026
Actualizado a las 12:40h
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El juez Peinado, en una imagen de archivo, investiga a Begoña Gómez
El juez Peinado, en una imagen de archivo, investiga a Begoña Gómez

El juez Juan Carlos Peinado ha citado el próximo 9 de junio a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para la audiencia previa de cara al posible juicio con jurado por cuatro delitos: corrupción en los negocios, malversación, tráfico de influencias y apropiación indebida, según informa EFE. La decisión del magistrado llega horas después de que la UCO haya cerrado el caso sin apreciar indicios de delito. La unidad de élite de la Guardia Civil asegura en su informe que el análisis sobre las cuentas de la esposa del presidente del Gobierno es “incompatible” con un enriquecimiento patrimonial de la primera dama.

Esa pericial de la UCO no ha gustado al instructor, que ha aprovechado para hacer caer todo su peso y su poder sobre Begoña Gómez, tanto es así que ha amenazado a la esposa de Sánchez con enviar a la fuerza pública, o sea a la Policía, para llevarla retenida hasta el juzgado. Eso podría suponer incluso pena de prisión provisional, un exceso según analistas jurídicos, ya que ni existe riesgo de destrucción de pruebas, ni riesgo de fuga, ni reincidencia.

Junto a Begoña Gómez, el juez cita a los otros dos investigados –la asesora Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés– y les advierte de que deberán comparecer en persona a esa audiencia preliminar sobre la procedencia de la apertura del juicio oral, y les avisa de que podrían ser “conducidos por la fuerza pública” si no lo hacen.

El magistrado Juan Carlos Peinado rechazó recientemente los recursos que pedían archivar la investigación contra los tres imputados e insistió en enviarles a un juicio por jurado, como propuso al finalizar la fase de instrucción el pasado mes de abril. Sin embargo, la Audiencia Provincial tiene pendiente decidir al respecto.

En un auto fechado este lunes, el juez recuerda que el pasado mes de abril las acusaciones populares presentaron sus escritos de acusación solicitando la apertura de juicio oral, mientras la Fiscalía solicitó el archivo y las defensas también. Y determina que no quedan diligencias por practicar.

El magistrado rechaza la mayoría de las diligencias solicitadas por las partes de cara a esa comparecencia, como la declaración en la misma, de forma anticipada al juicio, de Juan Carlos Barrabés, que solicitó hacerlo en este acto y no en la vista oral debido a su estado de salud.

“No se acredita con un informe médico actualizado al día de hoy, o cercano en el tiempo, ni tan siquiera indiciariamente, que la evolución del estado de salud de dicho acusado, le impida acudir a ese acto”, dice el juez, que recuerda que en todo caso Barrabés compareció el 4 de junio de 2024 en el juzgado y esta declaración sería válida de cara al juicio. Solo acepta el magistrado la petición del abogado de Cristina Álvarez de que se le entreguen las grabaciones de todas las declaraciones llevadas a cabo en la instrucción.

El juez Juan Carlos Peinado detalla las penas que prevé la ley para los delitos de tráfico de influencias (hasta dos años de cárcel, entre otras); corrupción en los negocios en el sector privado entre particulares (hasta cuatro años de prisión); malversación de caudales públicos (hasta tres años) y apropiación indebida (hasta seis años de cárcel).

Y a continuación advierte de que la extensión de la pena que pudiera serle impuesta a cada procesado “podría provocar alguna conducta por parte de alguno, algunos o de los tres acusados, tendente a eludir la acción de la Justicia”, por lo que les ordena comparecer personalmente a la audiencia preliminar. Y lo hace “con apercibimiento expreso de ser conducidos por la fuerza pública” en caso contrario.

Recuerda el magistrado que en la audiencia previa al juicio “se podría adoptar alguna medida cautelar de naturaleza personal que evite o minimice el riesgo mencionado de tratar de eludir la acción de la justicia por parte de los acusados”.

A la audiencia preliminar deben acudir, además de los tres investigados con sus letrados, el fiscal, las acusaciones populares y el letrado de la Universidad Complutense como acusación particular al considerarse perjudicada en la causa.

Recientemente el juzgado ha recibido el informe de la UCO de la Guardia Civil en le que se concluye que la cátedra que codirigió Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) se creó según los trámites previstos, si bien pone el foco en adjudicaciones “premeditadas” para la puesta en marcha de un software que se creó en su seno.

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