El exmagistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón cree que el auto del juez Calama sobre la imputación de las hijas de Zapatero en el caso del rescate Plus Ultra respeta el “elemento objetivo del injusto”, porque son ellas las titulares de la empresa investigada, pero no “el elemento subjetivo”, ya que “no explica por qué razón se les considera parte de esta investigación, algo que debería haber estado aclarado”. Algunas fuentes judiciales explican la imputación de las hijas de ZP como una medida del magistrado instructor para acceder a los correos electrónicos y demás documentación de las administradoras de Whathefav, la mercantil que supuestamente canalizaba los ingresos por los trabajos del expresidente del Gobierno. Otras fuentes aseguran que se trata de una forma de amedrentamiento para que las hijas declaren todo lo que saben sobre las actividades de su padre. Y no falta quien asegura que se trata de una forma de curarse en salud el juez Calama, ya que la imputación permitirá que las hijas de ZP vean garantizados sus derechos procesales.
Respecto el informe del HSI (Homeland Security Investigations) enviado por la Administración Trump al juez Calama, Garzón asegura que pueden darse tres escenarios, que ese informe basado en el clonado del teléfono móvil del empresario Rodolfo Reyes haya contado con la autorización judicial previa, que cuente con ratificación posterior, o que se haya dado una “espontaneidad de la grabación, en cuyo caso sería difícil sostener la validez de la grabación” (es decir, los agentes requisaron el aparato y lo clonaron sin control judicial).
La agencia estadounidense Homeland Security Investigations consideró que las conversaciones de Reyes con terceros podrían “tener relevancia para la investigación española sobre Plus Ultra” ya que se nombra repetidamente a “Zapatero”, “ZP” o “nuestro pana Zapatero” [amigo capaz de influir y desbloquear la adjudicación del rescate de 53 millones del Gobierno para la aerolínea Plus Ultra]. Entonces, el HSI, a través del Departamento de Seguridad Nacional, obtuvo autorización para compartirla “por oficio” con España para su uso judicial.
A esta hora “desconocemos si España había pedido colaboración a EEUU antes de que enviaran las conversaciones, algo que es posible y que España sí podría hacer. Luis Santos Diz, experto en análisis criminal, indica: España puede pedir información a EEUU aunque la causa esté bajo secreto. El secreto sólo afecta a las partes dentro de España, no impide solicitar diligencias a otro país”, informa Maldita.es, un portal especializado en desmontar bulos.
“En esta línea, Ernest Abelló, perito judicial, añade que, en abstracto, es perfectamente posible: las solicitudes de auxilio internacional pueden tramitarse con confidencialidad cuando la investigación lo exige, y no siempre son conocidas por las defensas desde el primer momento, precisamente porque podrían afectar al resultado de la investigación. Ahora bien, con la información pública disponible no se puede afirmar que eso ocurriera en este caso concreto”. “No sería extraño, pero tendría que existir un reflejo documental de dicha petición en el sumario”, precisan Carmela Pérez y Luis Hinojosa, expertos en Derecho Internacional del proyecto Disinfor-AI, siempre según Maldita.es.
¿Por qué extrajo EEUU conversaciones del teléfono de Rodolfo Reyes? Estados Unidos comenzó en 2018 una investigación por blanqueo de capitales a empresarios venezolanos y “personas políticamente expuestas”. Uno de esos investigados es Rodolfo Reyes. Las conversaciones de su dispositivo se extrajeron en 2021, indica un informe de la UDEF, y la investigación estadounidense respecto a él estaba “inicialmente orientada a contrabando”, se indica en el auto del juez Calama enviado a Estados Unidos.
A este respecto, Javier Pérez Royo, catedrático de Derecho Constitucional, ha puesto el auto de Calama de vuelta y media. “Es una instrucción muy rápida y no se entiende muy bien. El juez ha decidido hacer una imputación en base a una información de Estados Unidos sin verificar previamente, una información que se había obtenido y que había que haber verificado jurídicamente si era intachable o estaba viciada, como parece que ha sido. Eso es lo primero que tendría que haber hecho el juez y no lo ha hecho”.
Según el jurista, la información obtenida por la Administración Trump (el clonado del teléfono móvil del empresario Rodolfo Reyes realizado por la agencia de seguridad HSI) se ha obtenido de forma inconstitucional, ya que no cuenta con mandamiento judicial, y por ello, “el auto es nulo de pleno derecho”, según el jurista. “El propio juez se ha dirigido a una autoridad administrativa para hacer uso de la información de la que ya ha hecho uso a la hora de dictar su auto, y eso es otra barbaridad. Tendría que dirigirse a otro juez, y no puede porque no ha intervenido ninguno en el caso de la agencia norteamericana”. Además, añade que el caso Zapatero es “monstruoso jurídicamente”. Pérez Royo recuerda que hay dos sumarios en uno: el supuesto tráfico de influencias por el rescate de Plus Ultra y el de las joyas requisadas por la Policía en una caja fuerte del despacho del expresidente del Gobierno. “Si el auto es nulo, el registro posterior es nulo también”. Aquí hay mucha tela que cortar, la derecha aún no ha descabezado al referente moral del socialismo, aunque es cierto que una cosa es el Derecho penal y otra muy diferente la cuestión de ética política. Zapatero podría demostrar su inocencia, incluso que las pruebas fueron obtenidas ilegalmente o que todo está caducado y prescrito, pero el daño político ya está hecho. Hasta dónde llega la zona quemada por la radiactividad es algo que todavía desconocemos. Aunque el CIS apunta en sus últimas encuestas que el partido socialista está en caída libre.
