El expediente publicado por la Comunidad de Madrid tiene 224 páginas, pero sigue sin responder a la principal pregunta que rodea la compra del ático del paseo del General Martínez Campos por 6,3 millones de euros: quién decidió que Planifica Madrid debía adquirirlo y qué necesidad concreta justificaba inicialmente la operación.
Los documentos permiten reconstruir con detalle la compraventa, el posterior intento de alquiler a la propia Comunidad de Madrid y la decisión final de poner el inmueble a la venta. Sin embargo, el origen de la operación continúa siendo mucho menos claro que su desarrollo administrativo.
La Comunidad sostiene que Planifica Madrid actuó a petición de la Consejería de Presidencia, pero el expediente no identifica qué persona u órgano promovió inicialmente la búsqueda ni aporta una memoria anterior a la compra que explique por qué se necesitaba un inmueble residencial de estas características.
La operación comienza con un acuerdo de confidencialidad
El primer documento conocido está fechado el 3 de febrero de 2026. Es un acuerdo de confidencialidad suscrito durante la negociación con la propietaria de la vivienda, Astrid Gil Casares, y con una vigencia de diez años.
Después llegaron la tasación, el contrato de arras del 27 de febrero, por 630.000 euros, y finalmente la escritura de compraventa. Planifica Madrid adquirió el inmueble el 14 de abril por 6,3 millones de euros. Lo significativo es lo que falta antes de esa secuencia.
Entre la documentación publicada no aparece una memoria previa que explique quién planteó la necesidad de comprar el piso, qué alternativas se estudiaron o por qué se escogió precisamente un ático residencial de grandes dimensiones situado en el número 35 del paseo del General Martínez Campos.
La explicación más detallada sobre el posible destino del inmueble aparece después de la adquisición.
La memoria de julio habla de un inmueble residencial
El 2 de julio, casi tres meses después de la compra, la Consejería de Presidencia elaboró una memoria para justificar el alquiler del ático a Planifica Madrid. Ese documento es especialmente relevante porque define el inmueble como un espacio institucional de carácter residencial.
Según la memoria, debía servir como área de trabajo, descanso y “alojamiento ocasional” para autoridades que visitaran Madrid o para las propias autoridades de la Comunidad. También se contemplaba su utilización en situaciones excepcionales, como una crisis semejante a la pandemia.
La documentación no demuestra que la vivienda se comprara específicamente como residencia oficial de Isabel Díaz Ayuso, extremo que el Gobierno regional niega. Pero sí acredita que, antes de hacerse pública la operación, la Comunidad había previsto por escrito que sus autoridades pudieran utilizarla ocasionalmente como alojamiento.
Esto amplía considerablemente la explicación inicial ofrecida cuando se conoció la compra, centrada principalmente en la posibilidad de utilizar el ático como despacho provisional de la presidenta durante las obras previstas en la Real Casa de Correos.
La memoria del 2 de julio, sin embargo, no menciona esas obras como fundamento de la necesidad del inmueble.
Primero se compró y después se explicó para qué podía utilizarse
La cronología plantea una cuestión difícil de ignorar. El inmueble se adquirió en abril. La memoria que desarrolla detalladamente su utilidad institucional está fechada en julio. Es decir, la documentación conocida explica con precisión para qué quería alquilar posteriormente la Comunidad el piso, pero no contiene una justificación equivalente anterior a la decisión de comprarlo.
Además, durante la tramitación del arrendamiento, una interventora de la propia Comunidad dejó constancia de que determinados aspectos relacionados con la necesidad, la idoneidad del inmueble, la renta y la comparación con otros edificios no estaban suficientemente desarrollados.
No se trata, por tanto, únicamente de preguntas planteadas por la oposición. Las dudas sobre la justificación aparecen también dentro de la propia documentación administrativa.
Un contrato de diez años que desapareció en cuestión de días
La Comunidad planeaba alquilar el ático a Planifica Madrid por 3.000 euros mensuales, 36.000 euros al año. El arrendamiento tendría una duración inicial de diez años e incluía un periodo de carencia de 15 meses.
El 27 de julio se autorizó el gasto y el contrato se formalizó al día siguiente, 28 de julio. El 29 de julio se conoció públicamente la compra. Y el 30 de julio, la Consejería de Presidencia comunicó que había desaparecido la necesidad que había motivado el arrendamiento. En cuestión de días, un inmueble cuya utilidad institucional se había defendido formalmente dejó de considerarse necesario.
La documentación permite seguir perfectamente esa secuencia, pero explica mucho menos qué circunstancia objetiva provocó un cambio tan rápido.
La venta también termina sin comprador
Tras conocerse la operación, el Gobierno regional anunció la venta del ático. Planifica Madrid lo sacó al mercado por 6.694.201 euros, casi 400.000 euros por encima de lo que había pagado apenas unos meses antes.
La licitación terminó sin ninguna oferta y fue declarada desierta. Esto no significa automáticamente que la Comunidad haya perdido 6,3 millones de euros, porque el inmueble continúa formando parte del patrimonio de Planifica Madrid. La pérdida o ganancia real solo podrá calcularse cuando se venda y puedan conocerse el precio final y los costes asociados.
Pero la falta de compradores demuestra que, en las condiciones y al precio establecidos, el mercado no respondió.
224 páginas que explican el cómo, pero no terminan de explicar el porqué
El expediente permite conocer la tasación, las arras, la escritura, el intento de alquiler y la posterior puesta en venta.
Lo que todavía no aparece con la misma claridad es el origen de la decisión.
¿Quién solicitó buscar un inmueble de estas características? ¿Cuándo comenzó esa búsqueda? ¿Qué otros pisos fueron estudiados? ¿Por qué se eligió el de General Martínez Campos? ¿Qué necesidad administrativa justificaba comprometer 6,3 millones de euros antes de que existiera la memoria de julio?
La Comunidad ha explicado que se trataba de una operación patrimonial de Planifica Madrid realizada a petición de Presidencia y destinada a necesidades institucionales.
El expediente respalda parte de esa explicación, pero deja abierto el interrogante esencial: quién tomó la decisión inicial y sobre qué justificación concreta.
Desde el acuerdo de confidencialidad del 3 de febrero hasta la publicación del expediente han pasado más de siete meses. Durante ese tiempo, el ático pasó de una negociación reservada a una compra pública, después a un arrendamiento institucional que nunca llegó a hacerse efectivo y finalmente a una venta que no encontró comprador.
Las 224 páginas permiten reconstruir prácticamente todo ese recorrido.
Lo que todavía no reconstruyen es el momento en que alguien decidió que la Comunidad de Madrid necesitaba comprar ese ático.
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