La asesora de Begoña Gómez se enfrenta a 22 años de cárcel por dedicar "12 segundos diarios" a enviar correos electrónicos

Las penas solicitadas por los grupos ultras para Cristina Álvarez, por el delito de malversación, son desproporcionadas según los expertos

29 de Abril de 2026
Actualizado a las 11:24h
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Pedro Sánchez y Begoña Gómez en una imagen de archivo
Pedro Sánchez y Begoña Gómez en una imagen de archivo | Foto: Flickr PSOE

La asesora de Begoña Gómez, María Cristina Álvarez, ha presentado un escrito de defensa ante la decisión del juez Peinado de procesarla junto a la esposa del presidente del Gobierno. Álvarez insiste en que se archive la causa contra ella y argumenta que no puede ser juzgada con jurado. Fuentes judiciales aseguran que la ayudante de Moncloa, a la que Peinado acusa de un delito de malversación por realizar trabajos privados para Begoña Gómez en la organización de un máster para la Universidad Complutense de Madrid, esgrime como línea de defensa que ella trabajaba para La Moncloa “prácticamente sin horario”. Trata así de negar que “desatendiera sus funciones”, pagadas con el erario público, para dedicarse a “tareas privadas” de la esposa de Pedro Sánchez, informa Vozpópuli.

Según este diario, estos son los argumentos que utiliza la defensa de Álvarez en un escrito en el que recurre la decisión del juez Juan Carlos Peinado de sentarla en un juicio con jurado popular por cinco presuntos delitos. Su abogado se opone a esta decisión puesto que, a su juicio, no hay indicios contra Álvarez y este tipo de tribunal no es competente para enjuiciarla. Peinado acusa a Begoña Gómez de cuatro delitos: apropiación indebida, corrupción en los negocios, tráfico de influencias y malversación. Respecto a este último, no pocos expertos y juristas advierten de que será complicado acreditarlo en un juicio con jurado. Jorge Agüero, managing partner de Fukuro Legal, asegura que el tipo legal “requiere la existencia de un sujeto con capacidad de disposición sobre caudales públicos y un desvío en perjuicio del patrimonio público. La imputación se centra en la utilización de medios personales públicos para fines privados, lo que plantea dificultades, ya que no todo uso irregular de recursos públicos integra el delito. Es preciso acreditar un perjuicio efectivo y una desviación relevante de la función pública”, asegura en el portal de noticias jurídicas Law and Trends.

A lo largo del escrito, el letrado de la asesora cuestiona los indicios por los que el magistrado instructor la acerca al banquillo de los acusados. Asegura que su cliente sólo dedicaba “medio minuto al día” a las gestiones privadas que le encomendaba la esposa de Sánchez lo que, a su juicio, no constituye el delito de malversación por el que está investigada, añade Vózpopuli.

Cabe recordar que el juez Peinado supuestamente dispone de correos electrónicos que envió la asesora a varias empresas para la financiación de la cátedra de Transformación Digital Competitiva. Sobre estos correos, el abogado de Álvarez recuerda que, de las 121 comunicaciones contabilizadas por el juez instructor, la asesora envió 21 en tres años, añade el citado medio digital. Así, estima que, dedicando unos 10 minutos a cada email, invirtió “12 segundos al día” a estas tareas. “¿Cometería malversación un funcionario que dedicase 12 segundos al día a actividades privadas de su superior?”, ironiza el escrito.

La Fiscalía ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid el auto del juez Juan Carlos Peinado en el que proponía juzgar a Begoña Gómez y ha vuelto a solicitar que se archive la causa contra ella y contra los otros dos investigados, informa EFE.

Según informa en un comunicado la Fiscalía de Madrid, el Ministerio Público ha interpuesto este recurso en el que solicita el sobreseimiento de las actuaciones, al no apreciar delito, para Begoña Gómez, la asesora Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés, como ha venido defendiendo a lo largo de todo el proceso.

El fiscal pide que se acuerde “respecto de todos los delitos y respecto a todos los investigados afectados, el sobreseimiento libre de las actuaciones conforme al artículo 637.2 de la LECRIM, al no ser los hechos constitutivos de infracción penal”. Subsidiariamente (como segunda opción) solicita el sobreseimiento provisional “al no resultar debidamente justificada la formación del delito que dio lugar a la formación de la causa”. La acusación popular en el caso de Begoña Gómez, formada por organizaciones ultraderechistas, solicita 24 años de cárcel para la mujer del presidente del Gobierno por los cuatro delitos que propuso el juez Juan Carlos Peinado, así como 22 para su asesora y seis para el empresario Juan Carlos Barrabés. Más de 22  años de prisión por 12 segundos de correos electrónicos al día. Sin duda, la malversación será difícil de demostrar en un juicio con jurado.

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