Interinos: el Supremo cierra una puerta largamente explotada por el Estado para mantener el abuso

La sentencia subraya un elemento especialmente revelador desde el punto de vista jurídico: las resoluciones administrativas que autorizaban las contrataciones se dictaban después de la firma de los contratos de los interinos

24 de Enero de 2026
Actualizado el 26 de enero
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Fachada Tribunal Supremo

La reciente sentencia del Tribunal Supremo que reconoce la relación laboral fija de una profesora del Conservatorio Profesional Pablo Sarasate con el Gobierno de Navarra tras doce años de contratos temporales es un hito jurídico que pone en cuestión una práctica extendida en la Administración pública española. El fallo, que confirma las resoluciones previas del Juzgado de lo Social nº4 de Pamplona y del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, delimita con claridad cuándo la contratación temporal deja de ser un instrumento legítimo y se convierte en una vía para eludir el Derecho laboral.

El caso revela una contradicción estructural en el empleo público: una trabajadora que accedió al puesto mediante oposiciones, que no obtuvo plaza fija pero que desempeñó durante más de una década funciones ligadas a necesidades permanentes y estructurales, fue encadenando contratos temporales sin justificación material suficiente. Para el Supremo, esta reiteración no fue accidental ni coyuntural, sino una forma de encubrir una verdadera relación laboral, vulnerando los principios básicos de estabilidad en el empleo y seguridad jurídica.

La sentencia subraya un elemento especialmente revelador desde el punto de vista jurídico: las resoluciones administrativas que autorizaban las contrataciones se dictaban después de la firma de los contratos, una anomalía que el alto tribunal califica implícitamente como gestión irregular de personal. Este detalle no es menor, porque evidencia una inversión del orden legal que vacía de contenido el carácter excepcional de la contratación temporal y consolida una práctica administrativa que normaliza la precariedad.

Desde una perspectiva más amplia, el fallo del Tribunal Supremo sobre contratación temporal en la Administración refuerza una doctrina clave: cuando concurren los elementos propios de una relación laboral ordinaria (dependencia, ajenidad y continuidad) el conflicto debe resolverse en la jurisdicción social, incluso aunque la Administración haya utilizado contratos administrativos para formalizar la relación. Con ello, el Supremo cierra una puerta largamente explotada por algunas administraciones para disfrazar relaciones laborales y evitar la aplicación plena del Derecho del Trabajo.

El pronunciamiento tiene implicaciones que van más allá del ámbito educativo o del caso concreto de Navarra. En un contexto marcado por el debate sobre el abuso de la temporalidad en el sector público, la sentencia refuerza el mensaje de que la Administración no puede situarse al margen de los estándares que exige al sector privado. La figura del trabajador temporal no puede convertirse en una categoría estructural para cubrir servicios permanentes sin asumir las obligaciones que ello conlleva.

La decisión del Supremo también entronca con el marco europeo, donde el principio de estabilidad en el empleo y la lucha contra el abuso de contratos temporales han sido reiteradamente reforzados por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Aunque el fallo no entra directamente en esta dimensión, su razonamiento es coherente con una tendencia que busca limitar la discrecionalidad administrativa cuando esta se traduce en precarización sistemática.

En última instancia, la sentencia plantea una cuestión de fondo sobre el modelo de empleo público en España. El reconocimiento de la relación laboral fija desde 2010 no es solo una reparación individual, sino una advertencia institucional: la seguridad jurídica, la igualdad ante la ley y el respeto al Derecho laboral no son opcionales para la Administración. Cuando esta cruza la línea que separa la contratación temporal legítima de la utilización abusiva, los tribunales están dispuestos a recordarle que también está sujeta a las reglas que sostienen el Estado de derecho.

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