El Gobierno y Junts reciben un duro golpe de donde menos se lo esperaban

El Tribunal Constitucional, con mayoría progresista, ha decidido por unanimidad no retirar la orden de detención de Carles Puigdemont, lo que complicará la situación parlamentaria del gobierno de Pedro Sánchez

27 de Enero de 2026
Actualizado el 28 de enero
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Sanchez Gobierno catalán
Pedro Sánchez en un acto de la Internacional Socialista | Foto: PSOE

La decisión del Tribunal Constitucional de mantener la orden de detención nacional contra Carles Puigdemont introduce un matiz decisivo en el debate político y jurídico que rodea a la Ley de Amnistía. No es un gesto menor ni una simple cautela procesal. Es una afirmación de autoridad institucional en un momento en el que el equilibrio entre legalidad, política y estabilidad del Estado sigue siendo frágil.

El pleno del Constitucional ha actuado por unanimidad, alineándose con el criterio de la Fiscalía y rechazando la suspensión cautelar solicitada por la defensa del expresident catalán. El mensaje implícito es claro. La amnistía puede ser constitucional, pero no equivale automáticamente a impunidad ni paraliza de oficio las decisiones judiciales en curso. El Estado de derecho no se detiene mientras se discute su alcance.

Cautela institucional

El núcleo del razonamiento del tribunal descansa en una premisa clásica pero políticamente cargada. El hecho de que la Ley de Amnistía haya sido declarada constitucional no obliga a levantar de forma inmediata las medidas cautelares acordadas por el Tribunal Supremo. En particular, el Constitucional evita desautorizar al magistrado Pablo Llarena, instructor de la causa, y se protege frente a la tentación de anticipar el sentido del fallo sobre el recurso de amparo aún pendiente.

Esta cautela no es neutral. Funciona como un dique frente a la percepción de que el Constitucional actúa como una instancia correctora automática de las decisiones del Supremo. En un contexto de polarización extrema, el tribunal opta por preservar la arquitectura del sistema judicial, incluso a costa de prolongar una situación políticamente incómoda.

Revés para Puigdemont

Para Carles Puigdemont, la decisión supone un revés estratégico. Su petición se apoyaba en dos pilares. Por un lado, la opinión del abogado general de la Unión Europea, favorable a la compatibilidad de la amnistía con el Derecho comunitario. Por otro, la propia declaración de constitucionalidad de la ley. A partir de ahí, su defensa argumentaba que mantener la orden de detención vaciaba de contenido práctico una norma ya validada.

El Constitucional rechaza esa lectura. La constitucionalidad de una ley no implica su aplicación automática a todos los casos concretos sin un análisis judicial individualizado. En otras palabras, la amnistía no opera como un interruptor, sino como un marco que debe ser interpretado y aplicado por los tribunales ordinarios.

Mensaje al independentismo y al Gobierno

La decisión tiene también una dimensión política ineludible. Para el independentismo, supone la constatación de que la amnistía no garantiza un regreso inmediato ni sin costes. El Estado mantiene intacta su capacidad coercitiva mientras los recursos siguen su curso. Para el Gobierno, en cambio, el fallo es una espada de doble filo. Por un lado, refuerza el argumento de que la amnistía no equivale a una desactivación del Estado. Por otro, prolonga una anomalía política que complica la normalización del conflicto catalán.

El Constitucional parece consciente de este equilibrio delicado. Al no entrar en el fondo del asunto, evita alimentar la narrativa de una justicia politizada, pero tampoco cede a la presión de convertir la amnistía en una amnistía de facto inmediata.

Amnistía, un proceso, no un acto

El fondo del asunto es conceptual. La Ley de Amnistía ha sido presentada en el debate público como un punto final. El Constitucional, sin embargo, la redefine como un proceso. Un proceso que exige tiempos, decisiones intermedias y un escrutinio caso por caso. Esta interpretación reduce su potencia simbólica inmediata, pero refuerza su encaje institucional.

Desde esta perspectiva, la orden de detención no es una anomalía sino una consecuencia lógica de un sistema que se resiste a ser acelerado por la política. La justicia, viene a decir el tribunal, no funciona al ritmo de los pactos parlamentarios.

El resultado práctico es una calma tensa. Puigdemont sigue sin poder regresar a España sin riesgo de detención. El recurso de amparo sigue su curso. Y el Constitucional se reserva la última palabra sin comprometerse por adelantado. En términos políticos, el conflicto catalán queda congelado en una fase intermedia, ni resuelto ni reactivado.

Este inmovilismo relativo puede ser leído como prudencia o como falta de valentía. Pero también como una apuesta deliberada por ganar tiempo en un país donde el tiempo judicial y el tiempo político rara vez coinciden.

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