Contratos menores, la puerta abierta a la precariedad y las irregularidades legales

Los 1.641 contratos de la sanidad de Ayuso en 9 años a una pequeña empresa de pinturas abren nuevamente el debate sobre la regulación de este tipo de contratación pública que los expertos llevan advirtiendo décadas sobre su difícil encaje legal

03 de Diciembre de 2025
Actualizado a las 9:26h
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Contratos menores
Foto: FreePik

Los contratos menores han pasado de ser una herramienta excepcional a una práctica casi cotidiana en la administración pública española, planteando sospechas de abuso y vacíos legales. El caso publicado por El País de Miguel González, pintor vallecano que ha recibido más de 1.600 encargos menores del Hospital Ramón y Cajal desde 2016, no es un fenómeno aislado: es un síntoma de un sistema que permite la repetición sistemática de contratos fraccionados, muchas veces adjudicados “a dedo”, con escasa transparencia y control.

Los contratos menores son legalmente válidos, pero su espíritu es claro: deben servir para urgencias o encargos puntuales, con un límite máximo de 15.000 euros para servicios. Sin embargo, la práctica demuestra que en muchos organismos públicos, sobre todo en la sanidad, este límite se elude mediante el fraccionamiento de los contratos, de manera que se adjudican múltiples encargos del mismo tipo a la misma empresa, evitando la obligación de convocar licitación pública. En el caso del Ramón y Cajal, por ejemplo, González recibió 59 contratos en diez días de julio de 2021, por un valor total que superaba los 62.000 euros, todos para trabajos similares de pintura. Este patrón se repite a lo largo de los años y evidencia una estrategia sistemática de fragmentación de contratos.

Los expertos en contratación pública advierten de que esta práctica genera varios problemas estructurales. Primero, socava la competencia, porque las empresas que no tienen acceso a la adjudicación directa quedan excluidas de manera artificial. Segundo, reduce la transparencia y la trazabilidad del gasto público, dificultando que los órganos de fiscalización detecten irregularidades. Y tercero, fomenta un riesgo reputacional y ético, al abrir la puerta a sospechas de favoritismo o colusión, incluso si no se puede demostrar corrupción directa.

Organizaciones como Transparencia Internacional y Audita Sanidad han documentado esta problemática durante años. Los contratos menores representan el 99,4% de todos los contratos adjudicados por la Consejería de Sanidad de Madrid, unos 400.000 contratos valorados entre 800 y 900 millones de euros. Este dato evidencia que la excepción se ha convertido en regla, con un sistema donde el control interno es insuficiente y los órganos de supervisión carecen de herramientas efectivas para intervenir.

El caso de Miguel González ejemplifica la tensión entre legalidad formal y ética pública. Su empresa ganó los contratos de manera ostensiblemente legal, y muchos fueron encargos de mantenimiento menores y rutinarios, como repasar goteras o pintar consultas. Sin embargo, la concentración sistemática de adjudicaciones a la misma empresa y el fraccionamiento de los contratos para eludir la licitación pública generan un área gris que preocupa a los expertos en derecho administrativo. Como señala David Martínez al diario de Prisa, director ejecutivo de Transparencia Internacional España: “No sabemos si hay fraude o corrupción, pero tratándose de fondos públicos deberíamos tener más respeto”.

El problema se agrava porque los órganos de control financiero, como la Intervención General, suelen actuar con lentitud o afrontan represalias. El caso de la interventora general de la Junta de Andalucía, cesada tras detectar irregularidades en más del 90% de los contratos menores sanitarios, ilustra la fragilidad institucional frente al abuso de esta figura contractual. Esto crea un ecosistema donde el fraccionamiento de contratos menores es rentable y difícil de sancionar, consolidando un patrón de contratación que vulnera los principios de eficiencia, transparencia y competencia establecidos por la ley.

La discusión no se limita a la sanidad madrileña. En todo el territorio español, los contratos menores representan un riesgo sistémico: permiten que las administraciones esquiven la obligación de convocar concursos públicos, fomentan la concentración de adjudicaciones en unas pocas empresas y erosionan la confianza ciudadana en la gestión de fondos públicos. Expertos señalan que el repliegue hacia contratos menores, muchas veces percibido como un procedimiento burocrático inocuo, puede convertirse en un instrumento de discrecionalidad que distorsiona el mercado y privilegia a actores recurrentes frente a nuevos competidores.

Los contratos menores en España ilustran un dilema entre la legalidad formal y la ética pública, entre la eficiencia administrativa y la necesidad de transparencia y competencia real. El caso de Miguel González no solo expone la rutina de fraccionamiento en un hospital emblemático, sino que también evidencia un problema estructural más amplio: un modelo de contratación pública permisivo que requiere revisión, control y supervisión rigurosa para asegurar que los fondos públicos cumplan su función de interés general y no se conviertan en una herramienta de adjudicación a discreción.

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