La aprobación de la denominada pasarela al RETA supone un cambio profundo para miles de profesionales que durante años cotizaron a mutualidades alternativas en lugar de hacerlo al sistema público de autónomos. Abogados, procuradores, arquitectos, médicos, ingenieros y otros trabajadores por cuenta propia podrán trasladar los derechos económicos acumulados en esas entidades al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
La medida responde a una reivindicación que ha crecido con fuerza durante los últimos años, impulsada por profesionales que, al acercarse a la jubilación, descubrieron que sus aportaciones no les garantizaban una pensión comparable a la del sistema público. En muchos casos, las prestaciones previstas apenas alcanzaban unos pocos cientos de euros mensuales, a pesar de haber desarrollado carreras profesionales de varias décadas.
La pasarela pretende corregir, al menos parcialmente, esa situación. Sin embargo, no constituye una solución automática ni inmediata. Tampoco abarca a todas las personas afectadas. La reforma abre una oportunidad para los mutualistas que todavía no se han jubilado, pero deja fuera a quienes ya perciben una pensión, salvo en determinados supuestos relacionados con prestaciones de viudedad.
Esta exclusión se ha convertido en el aspecto más polémico de la norma.
Una decisión voluntaria, pero definitiva
El mecanismo permitirá transferir a la Tesorería General de la Seguridad Social el capital acumulado en una o varias mutualidades profesionales. Ese dinero no será entregado directamente al interesado, sino que se transformará, conforme a unas reglas todavía pendientes de desarrollo, en periodos reconocidos dentro del RETA.
La incorporación será voluntaria. Cada profesional deberá decidir si desea permanecer en su mutualidad o trasladar sus derechos al sistema público. No obstante, una vez realizada la elección, no habrá posibilidad de regresar al modelo anterior.
La decisión será, por tanto, irreversible.
Además, quien utilice la pasarela quedará integrado obligatoriamente en el RETA respecto de la actividad profesional que motivó su pertenencia a la mutualidad. No se tratará únicamente de trasladar el ahorro pasado, sino también de modificar el sistema de cotización aplicable a partir de ese momento.
Por este motivo, uno de los grandes retos será ofrecer información clara y personalizada. Antes de tomar una decisión definitiva, cada mutualista necesitará saber cuánto capital tiene acumulado, cuántos periodos de cotización le serán reconocidos, qué cuota deberá pagar en adelante y cuál podría ser el importe aproximado de su futura pensión.
Sin simulaciones comprensibles y fiables, la libertad de elección podría quedar reducida a una decisión tomada entre demasiadas incertidumbres.
El reglamento será determinante
La aprobación parlamentaria no significa que la pasarela pueda solicitarse inmediatamente. La ley deberá publicarse oficialmente y entrar en vigor. A partir de entonces, el Gobierno contará con un plazo para aprobar el reglamento encargado de desarrollar el procedimiento.
Ese texto deberá aclarar cuestiones fundamentales: la documentación necesaria, el método de cálculo, la acreditación de las aportaciones, los coeficientes aplicables, los plazos administrativos y la forma en que se realizará la transferencia de los fondos.
Una vez aprobado el desarrollo reglamentario, se abrirá previsiblemente un periodo limitado para presentar las solicitudes. Los profesionales deberán estudiar su situación con rapidez, pero también con suficientes garantías.
La conversión del ahorro mutualista en cotizaciones públicas será uno de los aspectos más complejos. No todas las mutualidades ofrecían las mismas coberturas ni exigían las mismas aportaciones. Algunas protegían únicamente la jubilación, mientras que el RETA incluye también contingencias como la incapacidad, la viudedad o el cese de actividad.
Para compensar esas diferencias, el cálculo no se realizará necesariamente mediante una equivalencia exacta entre cada mes aportado y cada mes cotizado. La normativa prevé utilizar bases de referencia y coeficientes correctores, cuya aplicación práctica deberá concretarse en el reglamento.
El resultado final podrá variar de manera considerable entre dos profesionales con carreras aparentemente similares.
Un tratamiento especial para los mayores de 52 años
La reforma introduce condiciones específicas para quienes hayan alcanzado una determinada edad antes de la fecha establecida legalmente. En el caso de los mutualistas de 52 años o más, los meses completos de alta y aportación podrán tener un reconocimiento más favorable a efectos del porcentaje utilizado para calcular la futura jubilación.
Este tratamiento busca proteger a quienes disponen de menos tiempo para rehacer su carrera de cotización dentro de la Seguridad Social. Un profesional joven todavía puede acumular años en el RETA, pero alguien próximo a la jubilación tiene un margen mucho menor para completar los periodos necesarios.
También se contempla una regulación particular para quienes iniciaron su actividad antes de noviembre de 1995, cuando algunas mutualidades actuaban como sistemas obligatorios o sustitutivos. Los periodos correspondientes a aquella etapa podrán recibir un reconocimiento específico.
La norma intenta diferenciar así entre quienes eligieron una mutualidad alternativa y quienes estuvieron integrados en ella porque el modelo profesional existente en ese momento apenas ofrecía otra posibilidad.
Los jubilados, fuera de la solución
La principal herida permanece abierta. Los mutualistas que ya se han jubilado no podrán utilizar la pasarela con carácter general.
Son precisamente estas personas quienes han mostrado con mayor crudeza las consecuencias del sistema. Después de décadas de ejercicio profesional, algunas reciben prestaciones de 300, 400 o 500 euros mensuales. En determinados casos, esas cantidades carecen de una revalorización similar a la de las pensiones públicas y no garantizan una protección suficiente frente al aumento del coste de la vida.
Su exclusión plantea una contradicción difícil de ignorar. La reforma reconoce que el modelo produjo situaciones de desprotección, pero no ofrece una respuesta completa a quienes ya sufren sus efectos.
Los profesionales jubilados tampoco disponen de tiempo para comenzar una nueva carrera de cotización. No pueden reparar por sí mismos una situación generada durante décadas ni esperar varios años para reunir nuevos derechos en el sistema público.
Por eso, aunque la pasarela representa un avance para los mutualistas en activo, las asociaciones afectadas mantienen la exigencia de una solución específica para los pasivos.
Más control y transparencia
La reforma también pretende reforzar la información que las mutualidades deben proporcionar a sus miembros. Estas entidades tendrán que explicar con mayor claridad el valor de los fondos, los gastos aplicados, la evolución de las aportaciones y las prestaciones previsibles.
Durante años, numerosos profesionales aseguran haber desconocido la enorme diferencia que podía existir entre el capital acumulado en una mutualidad y la protección ofrecida por la Seguridad Social.
La transparencia será esencial para evitar que esa situación vuelva a repetirse.
También está previsto que las aportaciones exigidas por las mutualidades alternativas se aproximen progresivamente a las cuotas del RETA. Esta equiparación reducirá la diferencia económica entre ambos sistemas y obligará a preguntarse qué ventajas reales ofrece continuar fuera de la Seguridad Social cuando las obligaciones económicas sean similares.
La pasarela al RETA puede cambiar el futuro de decenas de miles de profesionales. Pero su eficacia dependerá del reglamento, de la claridad de los cálculos y de la capacidad de cada afectado para conocer las consecuencias reales de su decisión.
La ley abre una puerta que llevaba demasiado tiempo cerrada. Sin embargo, mientras los jubilados permanezcan excluidos y persistan dudas sobre la conversión de los fondos, la reparación seguirá siendo incompleta.
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