Las referencias a “por orden del ONE” abren un horizonte penal muy incierto para Pedro Sánchez

Este tipo de expresiones no constituyen por sí solas una prueba concluyente contra Pedro Sánchez, pero sí adquieren un enorme valor indiciario cuando se insertan dentro de una estructura organizada y jerarquizada como la que investiga Santiago Pedraz

28 de Mayo de 2026
Actualizado a las 12:39h
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Sanchez Justicia 04 Inexplicables referencias
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez

Con el juez Santiago Pedraz, el argumento de los "jueces fachas" no cuela, dado el perfil progresista del titular del Juzgado Central de Instrucción 5. Por esa razón, ni el PSOE ni los socios no la han utilizado aún.  La frase pronunciada por Pedro Sánchez contra Mariano Rajoy en 2015, cuando sostuvo que un partido no podía “corromperse de arriba abajo”, reaparece ahora convertida en un reflejo incómodo para el presidente del Gobierno. La diferencia sustancial es que el debate ya no se limita al desgaste político o a el debilitamiento reputacional del PSOE, sino que empieza a penetrar en un terreno mucho más delicado: el de una eventual responsabilidad penal del propio jefe del Ejecutivo ante el Tribunal Supremo.

La aparición en las diligencias judiciales de referencias a actuaciones realizadas “por orden del ONE”, junto con menciones a supuestas directrices emanadas desde la cúspide del poder político, ha modificado el marco interpretativo de la investigación. En términos estrictamente jurídicos, este tipo de expresiones no constituyen por sí solas una prueba concluyente contra Pedro Sánchez, pero sí adquieren un enorme valor indiciario cuando se insertan dentro de una estructura organizada y jerarquizada como la que analiza actualmente la Audiencia Nacional. El punto clave no reside únicamente en quién ejecutó las maniobras investigadas, sino en determinar quién las conocía, autorizaba o dirigía.

El aforamiento de Pedro Sánchez no impide una posible imputación

Desde el punto de vista constitucional, el aforamiento del presidente del Gobierno no representa una barrera de inmunidad absoluta. El Tribunal Supremo puede asumir una causa contra un miembro del Ejecutivo siempre que existan indicios racionales y suficientemente sólidos de participación en hechos presuntamente delictivos. La jurisprudencia del alto tribunal ha sostenido reiteradamente que el aforamiento es únicamente una cuestión de competencia jurisdiccional y no un privilegio material frente al Código Penal.

Hasta hace apenas unas semanas, las investigaciones que cercaban al entorno político y personal del presidente se interpretaban como episodios periféricos. Los procedimientos que afectan a Begoña Gómez o el procesamiento de David Sánchez, cuyo juicio se ha iniciado hoy, operaban principalmente en el plano del desgaste institucional y mediático. Sin embargo, la evolución de la causa que instruye el juez Santiago Pedraz ha alterado radicalmente ese escenario al introducir una hipótesis mucho más sensible: la utilización presuntamente organizada de estructuras del PSOE para obstaculizar investigaciones judiciales y desarrollar operaciones de presión contra magistrados, fiscales y agentes investigadores.

La trascendencia jurídica de este movimiento es enorme porque desplaza el foco desde conductas individuales hacia la posible existencia de una cadena de mando. Y es precisamente en ese contexto donde las alusiones a “órdenes del ONE” adquieren una dimensión procesal especialmente relevante.

El riesgo de la autoría por conocimiento

En derecho penal moderno, especialmente en causas vinculadas a organizaciones jerarquizadas, la responsabilidad no se limita al ejecutor material. La doctrina de la autoría mediata, el dominio funcional del hecho o la responsabilidad por conocimiento de la estructura permiten extender el análisis penal hacia quienes ocupan posiciones superiores de dirección si se acredita que conocían, toleraban o impulsaban las actuaciones ilícitas.

Ese es el elemento que convierte las referencias recogidas en las diligencias en algo potencialmente explosivo desde el punto de vista jurídico. Cuando una investigación incorpora expresiones que apuntan a órdenes procedentes de la cúspide del aparato político, el debate deja de ser exclusivamente narrativo o periodístico para convertirse en una cuestión susceptible de valoración penal.

La instrucción sitúa a Santos Cerdán como figura central de las maniobras investigadas y como presunto coordinador de las operaciones de fontanería política atribuidas a la trama. No obstante, la investigación también analiza los canales de comunicación entre Ferraz y La Moncloa, así como el eventual conocimiento de las actuaciones por parte de niveles superiores de dirección política. Ahí residiría el verdadero punto crítico para Pedro Sánchez.

Porque si durante el avance de la causa algún investigado, testigo o documentación acreditara que el presidente no era un mero beneficiario político indirecto de las operaciones, sino que conocía su existencia o impartía instrucciones sobre ellas, el salto procesal hacia el Tribunal Supremo dejaría de ser una hipótesis remota, como lo es en este momento. En ese escenario, la condición de aforado obligaría al juez instructor a elevar exposición razonada al alto tribunal para valorar la apertura de una causa penal contra el presidente del Gobierno.

La posible imputación del PSOE como persona jurídica

Otro de los elementos más delicados de la investigación es el interés judicial por el sistema de cumplimiento normativo del PSOE y por la identidad de los responsables internos de control financiero. Este movimiento procesal no es menor. La solicitud de esa documentación apunta directamente a la eventual responsabilidad penal del partido como persona jurídica.

La hipótesis que maneja la investigación afecta presuntamente a la emisión de facturas falsas, financiación opaca y utilización de recursos partidistas para operaciones destinadas a desacreditar investigaciones judiciales o neutralizar adversarios procesales. En términos penales, ello podría encajar en delitos de falsedad documental, cohecho, tráfico de influencias u organización criminal.

Si la Audiencia Nacional terminara concluyendo que esas prácticas no respondían a iniciativas aisladas sino a un funcionamiento estructurado y tolerado desde niveles superiores, la presión jurídica sobre la dirección socialista alcanzaría un nivel desconocido en la democracia reciente española. Y en ese contexto, las referencias al “ONE” dejarían de ser una mera expresión coloquial para convertirse en una pieza susceptible de reconstrucción indiciaria dentro de una eventual cadena de mando.

El Supremo, pendiente de la evolución de la instrucción

La clave procesal continúa siendo la misma: los indicios. El Tribunal Supremo no abriría una causa contra Pedro Sánchez sobre la base de especulaciones políticas o interpretaciones mediáticas. Sin embargo, la acumulación de declaraciones, mensajes, instrucciones internas o comunicaciones que apunten al conocimiento de las actuaciones investigadas sí podría configurar el umbral mínimo exigido por la jurisprudencia para iniciar una investigación formal.

En este tipo de procedimientos, además, el factor humano resulta decisivo. El futuro judicial del presidente depende en gran medida de la estrategia de defensa de quienes aparecen actualmente como principales operadores de la trama. Mientras el cortafuegos político siga concentrado en Santos Cerdán y otros cuadros intermedios, La Moncloa mantiene margen de contención. Pero si alguno de los implicados decide colaborar con la justicia o aportar información que comprometa directamente a la dirección política, el escenario cambiaría de forma drástica.

La situación adquiere todavía mayor gravedad al compararse con las reiteradas afirmaciones públicas realizadas por Pedro Sánchez en sede parlamentaria garantizando la absoluta limpieza de las cuentas y estructuras del PSOE. Esa contradicción entre el discurso institucional y los indicios que explora la Audiencia Nacional alimenta una crisis política que ya no puede interpretarse únicamente como una ofensiva de la oposición.

Un sanchismo débil entra en fase judicial

Durante años, el sanchismo construyó gran parte de su legitimidad política sobre la idea de regeneración democrática frente a la corrupción del Partido Popular. Sin embargo, la evolución de las investigaciones judiciales amenaza ahora con invertir completamente ese relato histórico.

El verdadero problema para Pedro Sánchez no es únicamente la existencia de una trama presuntamente organizada alrededor de dirigentes socialistas, sino la posibilidad de que el avance de la instrucción termine acreditando que las actuaciones se desarrollaban bajo el presunto conocimiento, consentimiento o directrices emanadas desde la máxima autoridad política del partido y del Gobierno.

Ese es el punto exacto donde las menciones a “por orden del ONE” adquieren toda su trascendencia jurídica. Porque en el derecho penal contemporáneo, especialmente en causas de criminalidad organizada o estructuras jerarquizadas de poder, la responsabilidad no siempre se encuentra en quien ejecuta la acción, sino en quien tiene capacidad de dirección, control o supervisión sobre quienes la ejecutan.

Y si la investigación alcanza ese nivel de convicción indiciaria, la eventual imputación de Pedro Sánchez por el Tribunal Supremo dejará de pertenecer al terreno de la especulación política para entrar plenamente en el ámbito de la plausibilidad judicial.

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