Hasta Manos Limpias corrige la decisión del juez Peinado de sentar a Begoña Gómez ante un jurado

El sindicato ultra pide al magistrado que deje de investigar a la asesora de Moncloa Cristina Álvarez

02 de Abril de 2026
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El juez Peinado, que investiga a Begoña Gómez, en una imagen de archivo. Foto: La Sexta
El juez Peinado, que investiga a Begoña Gómez, en una imagen de archivo. Foto: La Sexta

El sindicato ultra Manos Limpias ha presentado un escrito al juez Peinado (que indaga en la actividad profesional de Begoña Gómez, esposa del presidente Sánchez), para que archive la investigación a la asesora de Moncloa Cristina Álvarez “al no haber indicios de delito de malversación contra ella”, según informa la Cadena Ser. Además, considera que no hay indicios en tres de los cinco delitos que Peinado atribuye a los investigados y pide al instructor que si abre juicio oral no sea ante un jurado popular. De esta manera, queda demostrado que el juez Peinado, en las pesquisas contra la mujer del líder socialista, está yendo mucho más allá de lo que inicialmente le pidieron los grupos ultraderechistas.

Dice el escrito que es “más razonable” pensar que Cristina Álvarez “asumía las órdenes de quien creía su superior jerárquico” y no que formara parte de un plan delictivo. Añade que “en nuestro ordenamiento jurídico el cónyuge del presidente del Gobierno no es una suerte de primera dama, sino que carece de toda función oficial, por lo tanto, resulta complejo deslindar desde el prisma de la empleada qué labores constituyen asistir a Begoña Gómez en el marco de su nombramiento público y cuáles no”.

El colectivo ultra, que fue el que abrió esta causa con su denuncia basada en recortes de prensa que contenía noticias falsas, dice ahora que solo hay indicios de los delitos de malversación y tráfico de influencias a los que añade el de prevaricación, que no es objeto de investigación y que nunca puede ser competencia del jurado. Por eso pide al juez que abandone la de la ley del jurado y que, ante la disparidad de criterios, les separe de la acusación popular unificada que dirigen los ultra católicos de Hazte Oír.

A la salida de los juzgados, la abogada de Vox Marta Castro denunció ante los periodistas que durante esta vista han tenido que “escuchar los ataques furibundos de la defensa a las acusaciones populares, al juez e incluso a los medios de comunicación”, al tiempo que ha reprochado la “obstinación” de la Fiscalía al mantener la petición de archivo por entender que no hay ningún indicio.

“Hay pruebas suficientes como para pasar a la siguiente fase y eso será lo que en los próximos días el juez tendrá que decidir”, alegó la abogada, para a continuación añadir que la acusación popular unificada ha pedido pruebas para completar el análisis del caso.

A punto de cumplirse dos años de instrucción, el juez Peinado considera que Begoña Gómez habría aprovechado “su proximidad al presidente del Gobierno, como su esposa, para ofrecer favores o influencias a cambio de contraprestaciones encaminadas a proyectar su carrera profesional”.

En concreto, ve indicios de delito en las conductas adoptadas por Gómez para impulsar y financiar una cátedra universitaria en la Universidad Complutense de Madrid, en sus relaciones con el empresario Barrabés (adjudicatario de contratos públicos) y en el trabajo que prestó presuntamente su asesora para las actividades académicas de la mujer del jefe del Ejecutivo, pagada con fondos públicos. En concreto, investiga a la mujer del presidente del Gobierno por presuntos delitos de tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo.

El ministro Bolaños ha asegurado que “casi dos años después, no lo ve claro ni la organización ultra que presentó la querella que ha dado lugar a este despropósito”. En concreto, Manos Limpias argumenta que la asesora de Moncloa obedeció órdenes de quien era su superior jerárquico y así se vio “inmiscuida en las actividades privadas” de la primera dama. La cuestión es que la investigación del delito de prevaricación impediría seguir el procedimiento por el tribunal de jurado, porque la ley lo excluye.

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