El juez Marchena va a por Alvise

El instructor del Tribunal Supremo incoa diligencias previas para investigar a ‘Alvise’ Pérez por revelación de secretos y acoso a dos eurodiputados, lo que se suma al suplicatorio por presunta financiación ilegal de SALF en las elecciones europeas

23 de Diciembre de 2025
Actualizado el 24 de diciembre
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Alvise Pérez en una imagen de archivo.
Alvise Pérez, líder de SALF

El Tribunal Supremo ha iniciado una nueva fase en las investigaciones que afectan al eurodiputado Luis Pérez Fernández, más conocido como ‘Alvise’, tras acordar la incoación de diligencias previas por presuntos delitos de acoso y revelación de secretos, lo que se une a la causa abierta por financiación ilegal de partido político y delito electoral. Las actuaciones judiciales obligan ahora a solicitar el suplicatorio al Parlamento Europeo para poder continuar la investigación penal.

Marchena abre diligencias por acoso y revelación de secretos

El magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, ha acordado abrir diligencias para investigar los hechos imputados a ‘Alvise’ Pérez en una querella presentada por dos eurodiputados que le seguían en la lista electoral de la agrupación ‘Se Acabó la Fiesta’.

En un auto fechado el pasado 3 de octubre, la Sala de Admisión ya calificó de forma indiciaria los hechos denunciados como constitutivos de delitos de acoso y revelación de secretos.

En la misma resolución, el instructor ha dado traslado de la querella al eurodiputado y le ha requerido para que, en un plazo de cinco días, manifieste si está dispuesto a prestar declaración voluntaria, asistido de abogado, antes de que el Parlamento Europeo se pronuncie sobre la autorización correspondiente.

Marchena también ha acordado iniciar los trámites para solicitar la autorización al Parlamento Europeo y ha citado a declarar a los dos querellantes el próximo 12 de enero. La Sala de lo Penal ya declaró su competencia para instruir y, en su caso, enjuiciar al eurodiputado por estos hechos.

Financiación ilegal y delito electoral

De forma paralela, el magistrado del Supremo Julián Sánchez Melgar solicitó el pasado mes de octubre al Parlamento Europeo el suplicatorio para suspender la inmunidad de ‘Alvise’ Pérez en una causa distinta, relacionada con un presunto delito electoral y de financiación ilegal de partidos políticos.

Esta investigación se centra en la recepción de 100.000 euros en efectivo procedentes de un empresario vinculado al sector de las criptomonedas, Álvaro R., también investigado en la causa. Se trata del segundo suplicatorio de los cuatro procedimientos que afectan actualmente al eurodiputado en el Supremo. El primero se remitió el pasado mes de julio por una causa de presunto acoso a una fiscal de delitos de odio en Valencia.

Mochila con 100.000 euros en efectivo

Según el auto judicial, los hechos investigados parten de una denuncia del propio Álvaro R. y se remontan a una reunión previa a las elecciones europeas, en la que ‘Alvise’ habría solicitado dinero para financiar su proyecto político de forma opaca, sin reflejarlo en la contabilidad oficial del partido.

Ambas partes habrían pactado que la entrega se realizara a través de un tercero comisionado, quien entregó al eurodiputado una mochila oscura con 100.000 euros en billetes. La operación, según el instructor, quedó reflejada en mensajes de mensajería instantánea, verificados indiciariamente tras el análisis del teléfono móvil del empresario.

Dinero no declarado y gastos electorales

El auto señala que ‘Alvise’ Pérez reconoció haber recibido la mochila y haberla llevado a su domicilio, sin ingresar el dinero en ninguna cuenta, asegurando que lo guardó en su vivienda y que gastó aproximadamente el 50% en gastos del partido, como viajes y comidas.

En su declaración voluntaria, el eurodiputado alegó que el dinero correspondía al pago por una conferencia impartida en el hipódromo de Madrid, explicación que el magistrado califica de “poco verosímil”.

Indicios de financiación irregular

La pericial policial del teléfono intervenido a Álvaro R. refuerza, según el Supremo, los indicios de una presunta financiación irregular, al tratarse de una cantidad superior a 50.000 euros, umbral a partir del cual el Código Penal tipifica el delito.

El juez destaca que la utilización de dinero no declarado para fines electorales “desequilibra el buen funcionamiento del sistema democrático”, al basarse en la promesa de influencias futuras a cambio de financiación presente, afectando al principio de limpieza y transparencia electoral.

Delitos investigados y suspensión de las actuaciones

Los hechos son calificados provisionalmente como delito de financiación ilegal de partidos políticos (artículo 304 bis del Código Penal) y delito electoral (artículo 149.1 de la LOREG).

No obstante, el magistrado subraya que no puede continuar la investigación sin la autorización expresa del Parlamento Europeo, por lo que las actuaciones quedarán suspendidas, salvo diligencias urgentes que no vulneren los derechos del eurodiputado.

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