En la tradición jurídica de las democracias liberales, la interpretación de la norma suele ser un ejercicio de precisión técnica y contención institucional. Sin embargo, en la España contemporánea, este proceso se ha transformado en un duelo de altas instituciones que amenaza con redibujar el equilibrio del poder judicial. El último capítulo de esta saga política y jurídica tiene como protagonistas a la Fiscalía General del Estado y la Abogacía del Estado, quienes han solicitado formalmente al Tribunal Constitucional que conceda el amparo al expresident Carles Puigdemont. Este movimiento no solo busca rehabilitar la figura del líder independentista, sino que supone un desafío frontal a la negativa del Tribunal Supremo de aplicar la Ley de Amnistía al delito de malversación.
El núcleo del conflicto reside en una divergencia interpretativa que roza lo existencial para el Estado de derecho. Mientras el Tribunal Supremo se mantiene firme en su tesis de que el desvío de fondos para el procés supuso un beneficio patrimonial indirecto (un argumento que le permite situar los hechos fuera del perímetro de la amnistía), el Ministerio Público y la Abogacía tachan esta postura de irrazonable y arbitraria. Ambos organismos sostienen que la voluntad del legislador fue nítida al redactar la norma: perdonar los delitos relacionados con el desafío soberanista, incluyendo la malversación, siempre y cuando no mediara un enriquecimiento personal en el sentido clásico y lucrativo del término. Para la Fiscalía, el Supremo no solo está forzando las costuras de la lógica jurídica, sino que ignora deliberadamente el contexto de reconciliación política que fundamenta la ley.
A pesar de la urgencia política que rodea al caso, (Pedro Sánchez necesita a Puigdemont en España para garantizarse los votos de Junts) el calendario del Tribunal Constitucional no se mueve al ritmo de las necesidades parlamentarias, sino que permanece supeditado a la justicia comunitaria. La resolución definitiva del recurso de amparo está intrínsecamente ligada a las cuestiones prejudiciales que los tribunales españoles elevaron ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En este tablero internacional, el escenario parece favorecer las tesis del Gobierno y de los líderes independentistas. El pasado noviembre, el abogado general del TJUE emitió un informe de gran calado en el que avaló parcialmente la ley como una herramienta legítima de estabilidad y negó taxativamente que existiera un vínculo directo entre los gastos del referéndum y un perjuicio real a las finanzas europeas, desmontando así uno de los pilares de la resistencia del Supremo. Sin embargo, el mismo informe del abogado general señalaba que la ley de amnistía vulneraba derechos fundamentales.
Una vez que Luxemburgo dicte sentencia, previsiblemente en marzo, el Tribunal Constitucional tendrá la vía libre para abordar el fondo del asunto. Sin embargo, el camino hacia el regreso de Puigdemont sigue sembrado de obstáculos técnicos y simbólicos. Actualmente, el expresident continúa sin poder cruzar la frontera debido a que la corte de garantías, en una votación mayoritaria de diez a uno, acordó mantener vigente la orden de detención nacional. Esta decisión subraya la cautela de un Constitucional que, aunque inclinado a proteger la ley del legislador, evita dar pasos en falso antes de contar con el respaldo europeo.
Incluso en el supuesto de que el Constitucional otorgue el amparo, la arquitectura judicial española prevé que la aplicación efectiva de la medida regrese a manos del Tribunal Supremo. Este escenario plantea una posible crisis de soberanía judicial donde el máximo intérprete de la Constitución ordena ejecutar una amnistía que el órgano sentenciador considera inaplicable. El desenlace de este pulso determinará si la Ley de Amnistía logra cumplir su función de clausura de un ciclo de conflicto o si, por el contrario, se convierte en la brecha definitiva entre la cúpula judicial y el poder político en España.