¿Quién paga los daños en la nueva Dana de Valencia?

Los afectados podrán reclamar las indemnizaciones de sus seguros y solicitar las ayudas públicas de la Generalitat

dana adam

Los damnificados por la Dana Adam en la Comunidad Valenciana ya conocen una parte importante de las ayudas económicas con las que podrán afrontar las consecuencias de las inundaciones. La Generalitat ha aprobado este viernes, 23 de octubre, dos nuevos decretos por un importe total de 20 millones de euros destinados a propietarios de vehículos siniestrados y empresas de los sectores comercial, turístico, industrial y agrario. Con este segundo paquete, el presupuesto autonómico anunciado para paliar los daños del temporal asciende a 43 millones de euros.

Las nuevas medidas se suman al primer paquete de 23,5 millones de euros aprobado por el Consell, que contempla ayudas de hasta 6.000 euros para las familias con daños en su vivienda habitual, 3.000 euros para segundas residencias y 800 euros mensuales durante un año para quienes hayan perdido su hogar y necesiten realojarse.

La Generalitat ha fijado entre el 2 de noviembre de 2026 y el 1 de febrero del próximo año el plazo para solicitar las nuevas ayudas dirigidas a vehículos y empresas. Mientras tanto, el Consorcio de Compensación de Seguros continúa recibiendo reclamaciones por los daños materiales y personales cubiertos por las pólizas de seguro.

La cuestión fundamental para los damnificados es saber qué pueden reclamar, cuánto dinero podrían recibir y qué trámites deben realizar para acceder a las indemnizaciones y subvenciones.

Ayudas públicas para vehículos, comercios y agricultores

El segundo paquete autonómico, aprobado este viernes, cuenta con una dotación de 20 millones de euros, repartidos en dos líneas de financiación de 10 millones cada una: la primera está dirigida a empresas de los sectores comercial, turístico, industrial y agrario. La segunda se centra en compensar la pérdida de vehículos que hayan quedado declarados siniestro total como consecuencia de las inundaciones.

Las ayudas anunciadas por la Generalitat contemplan subvenciones de 10.000 euros por establecimiento para comercios minoristas, empresas turísticas e industrias, mientras que las instalaciones ganaderas podrán recibir 15.000 euros. En el sector agrícola, las ayudas ascienden a 6.000 euros por hectárea afectada en cultivos de regadío y 4.000 euros por hectárea en los de secano. Por su parte, los propietarios de turismos declarados siniestro total podrán optar a 2.000 euros por vehículo, mientras que las ayudas previstas para ciclomotores son de 250 euros, las de motocultores de 200 euros y las destinadas a autocares pueden alcanzar los 15.000 euros. Todas estas cuantías están sujetas a los requisitos y las condiciones establecidos en las respectivas convocatorias.

En el caso de los negocios, la ayuda de 10.000 euros se dirige a establecimientos que acrediten daños materiales o interrupciones de actividad en los municipios incluidos en la convocatoria. Para acceder a ella habrá que cumplir los requisitos establecidos en el decreto correspondiente.

En cuanto a las ayudas a vehículos cabe destacar que se destinan a aquellos que hayan sido declarados siniestro total. Por tanto, no deben confundirse con una compensación automática para cualquier automóvil que haya sufrido daños por el agua. Es decir, el propietario de un coche que no esté inutilizado y que solo presente daños de limpieza o estéticos, no tendrá acceso a la suma anunciada de los 2000 euros. En estos supuestos, los afectados tendrán que dar parte al Consorcio de Compensación de Seguros para su valoración. Y aquí hay un matiz importante: según lo anunciado esta mañana por el Consell, estas subvenciones serán compatibles con otras indemnizaciones-por ejemplo, las previstas en las pólizas de seguros- siempre que el conjunto de las ayudas no supere el coste del daño producido.

Plazo de solicitud

De acuerdo a la información que hemos podido obtener desde Diario Sabemos, el plazo de solicitud de las ayudas comenzará el próximo lunes 2 de noviembre para finalizar el 1 de febrero del próximo año.

En cuanto a la tramitación será electrónica para las empresas mientras que, para los particulares, que soliciten las ayudas por vehículos siniestrados, se contemplan también opciones de atención presencial. Junto con el formulario de solicitud, los afectados deberán aportar la documentación que permita demostrar la titularidad del vehículo o del negocio, los daños ocasionados por las inundaciones y, cuando corresponda, la declaración de siniestro total o los justificantes de la interrupción de la actividad. Las cuantías anunciadas constituyen las referencias económicas de las nuevas ayudas, pero su concesión dependerá de que se acrediten los requisitos exigidos y de la resolución administrativa correspondiente.

Ayudas a viviendas inundadas

Las ayudas anunciadas esta mañana se suman al primer paquete autonómico, aprobado el pasado martes, que ya contempla subvenciones urgentes para las familias y los ayuntamientos afectados. Las ayudas incluyen 6.000 euros para las familias con daños en su vivienda habitual, destinados a reponer enseres y atender necesidades urgentes, y 3.000 euros para quienes hayan sufrido daños en una segunda residencia. Además, las personas que hayan perdido su vivienda habitual y necesiten realojarse podrán recibir 800 euros mensuales durante doce meses. Por su parte, los municipios afectados podrán acceder a ayudas de hasta 200.000 euros para afrontar gastos extraordinarios de limpieza, reparación de infraestructuras y recuperación de servicios públicos.

Vehículos y viviendas con seguro

Al margen de las subvenciones públicas, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) desempeña un papel fundamental en la recuperación de los afectados por las inundaciones. Según los datos comunicados por el Ministerio de Economía hasta el jueves, el organismo había recibido 6.528 solicitudes de indemnización por los daños de la DANA Adam registrados entre el 16 y el 18 de octubre. De ellas, 5.007 procedían de la provincia de Valencia, aproximadamente el 77% del total. El municipio de Oliva concentraba 2.760 solicitudes.

El Consorcio es una entidad pública empresarial dependiente del Ministerio de Economía que cubre determinados riesgos extraordinarios, entre ellos las inundaciones extraordinarias, cuando se cumplen las condiciones previstas en la normativa.

Para acudir al organismo público y acceder a esta protección es imprescindible disponer de una póliza de seguro en vigor en el momento del siniestro y cumplir los requisitos correspondientes. La indemnización se calcula conforme a las condiciones y los capitales asegurados, así como a la valoración de los daños.

La cobertura puede afectar a viviendas, enseres, vehículos, establecimientos comerciales y otros bienes asegurados. También puede contemplar pérdidas de beneficios cuando estén incluidas en la póliza y deriven de daños materiales directos cubiertos.

Los afectados pueden presentar la reclamación directamente, a través de su aseguradora o mediante su agente o corredor de seguros. Asimismo, el Consorcio dispone del teléfono gratuito 900 222 665, operativo de lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas, y de un procedimiento telemático en su página oficial de solicitud de indemnizaciones.

Para presentar la solicitud conviene tener preparados los datos de la póliza, la identificación del asegurado y la cuenta bancaria en la que se desea recibir el pago. En el caso de los vehículos, también se necesitan la marca, el modelo y la matrícula, así como los datos del taller si el automóvil se encuentra allí.

El organismo asignará un perito para valorar los daños. Es fundamental conservar las facturas y los presupuestos de reparación, las fotografías y los vídeos, así como los restos de los bienes dañados cuando sea posible. Si se han realizado reparaciones urgentes, conviene guardar la documentación que permita acreditar su coste y necesidad.

Dudas sobre daños en coches a terceros

Muchos de los afectados tienen dudas hasta qué punto el Consorcio responderá por los daños ocasionados en sus vehículos al contar con una póliza de Responsabilidad Civil, la obligatoria para poder circular, y no haber contratado garantías de daños propios (Lunas, Robo, Incendio, etc.). La respuesta es sencilla: disponer únicamente de un seguro obligatorio de Responsabilidad Civil no excluye automáticamente la cobertura del Consorcio por riesgos extraordinarios. La clave se encuentra en que exista una póliza en vigor al momento de la Dana y a que el daño corresponda a un riesgo cubierto, no en la modalidad contratada. Por eso, quienes hayan perdido su vehículo por una inundación deben comunicar el siniestro y solicitar la valoración correspondiente, aunque no tengan contratado un seguro a todo riesgo.

De todas formas, hay que distinguir entre las indemnizaciones del Consorcio- a las que tienen derechos los afectados por contar con una póliza de seguros, y las nuevas ayudas autonómicas de 2.000 euros por turismo declarado siniestro total, por decisión del gobierno regional. Son mecanismos distintos, con requisitos propios, pero no incompatibles, y la concesión de la subvención pública dependerá de lo que establezca su convocatoria.

En cualquier caso, se recomienda contactar a la mayor brevedad posible con la aseguradora o el Consorcio- legalmente se debe comunicar el siniestro dentro del plazo de 7 días- y seguir las instrucciones para su retirada y valoración.

Con respecto a daños en hogares y comercios, también se sugiere guardar todos los justificantes de reparaciones, los presupuestos, las facturas y las comunicaciones con las aseguradoras. Si resulta necesario retirar bienes dañados o realizar obras urgentes, conviene documentar previamente su estado siempre que las circunstancias lo permitan.

Sin seguro, solo ayudas públicas

Las personas que no tenían asegurada su vivienda o sus pertenencias no pueden reclamar al Consorcio una indemnización por bienes que carecían de la cobertura exigida. Sin embargo, pueden optar a determinadas ayudas públicas si cumplen los requisitos de las convocatorias correspondientes.

Y al igual con los clientes que sí tienen una póliza en vigor con alguna aseguradora del mercado, quienes no tengan seguro deben conservar fotografías, facturas, presupuestos y cualquier otro documento que permita demostrar los desperfectos. También conviene acudir a los servicios de información habilitados por la Generalitat y los ayuntamientos para conocer las ayudas disponibles.

A la espera de las ayudas estatales

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció que el Ejecutivo declarará los municipios afectados por la Dana Adam como zonas gravemente afectadas por una emergencia de Protección Civil, la denominación que sustituyó a la expresión tradicional “zona catastrófica”. Esta declaración puede facilitar la activación de medidas estatales extraordinarias para reparar daños, apoyar la reconstrucción y atender a los damnificados.

De todas formas, hasta el cierre de este artículo, este anuncio no se había aprobado formalmente a través de una resolución oficial con requisitos y condiciones. Tampoco se había dotado económicamente de recursos ni establecido cuantías.   

En los próximos días, los afectados deberán consultar las resoluciones oficiales para conocer qué medidas están disponibles, qué documentación se exige y cuáles son los plazos de solicitud.

Al igual que ocurriera con anterioridad con el volcán de La Palma en 2021, la Dana de 2024, y, más recientemente, el terremoto de Granada hace unos meses, la respuesta estatal se suma a las ayudas autonómicas y a las indemnizaciones del Consorcio, pero cada mecanismo tiene su propio procedimiento, no siendo incompatibles entre ellos.

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