España ha decidido mover una pieza de alto calado ideológico que busca redefinir los límites de la solidaridad continental. Desde la ciudad de Nicosia, en el marco de una reunión informal de ministros de Empleo y Asuntos Sociales, el ministro de Derechos Sociales y Consumo, Pablo Bustinduy, ha lanzado una propuesta que aspira a convertirse en el nuevo pilar de la arquitectura fiscal europea: la creación de un impuesto del 2% a los patrimonios superiores a cien millones de euros. Esta iniciativa, que toma como referencia técnica el trabajo del economista francés Gabriel Zucman, no pretende ser una simple medida de ajuste presupuestario, sino un manifiesto político contra la erosión del bienestar y el avance de las fuerzas que cuestionan la cohesión de la Unión.
La base económica de esta propuesta se asienta sobre proyecciones ambiciosas que buscan dotar de musculatura financiera a las políticas de protección. Según los datos del Observatorio Fiscal de la Unión Europea, la implementación de este gravamen permitiría recaudar aproximadamente 5.200 millones de euros anuales solo en España. La intención declarada del Ministerio es canalizar estos recursos hacia la erradicación de la pobreza infantil y el sostenimiento de la prestación universal por crianza recientemente aprobada. En el fondo del discurso de Bustinduy subyace la convicción de que la supervivencia del Estado social depende de su capacidad para ofrecer seguridad real a la ciudadanía frente a los desafíos del autoritarismo y el aislamiento.
Acompañando esta ofensiva, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha urgido a la Unión Europea a reaccionar ante lo que califica como un retroceso social sistémico. Con la cifra alarmante de 93 millones de personas en riesgo de pobreza en territorio comunitario, Díaz sostiene que la precariedad no puede ser un elemento periférico de la política económica. Su análisis vincula la necesidad de una mayor autonomía estratégica con la defensa de los derechos laborales, especialmente en el ámbito de las plataformas digitales. En una clara alusión a las presiones desreguladoras externas, la ministra ha defendido que Europa debe reducir sus dependencias tecnológicas y financieras para blindar su modelo de vida y ofrecer un horizonte de dignidad que actúe como barrera frente a la desafección política.
Lo propuesto en Chipre se completa con una mirada hacia el desafío demográfico y la reforma del modelo de cuidados. El Gobierno español sostiene que el aumento de la esperanza de vida exige una transformación integral que permita a las personas mayores y dependientes permanecer en sus hogares con autonomía. Esta visión, que busca alejar el cuidado de las estructuras institucionales rígidas, requiere de una financiación sólida que España propone extraer de la cúspide de la pirámide de riqueza. En definitiva, el debate abierto en Nicosia sitúa a la fiscalidad de los ultrarricos no solo como una cuestión de justicia distributiva, sino como el combustible necesario para una Europa que aspira a ser más soberana, más social y, sobre todo, más resistente a las turbulencias de la geopolítica actual.
Para desentrañar la viabilidad técnica del impuesto a los ultrarricos en el seno de la Unión Europea, es imperativo analizar la colisión entre la soberanía fiscal de los Estados miembros y la arquitectura de los tratados comunitarios. Aunque la propuesta de Pablo Bustinduy se apoya en una sólida base teórica proporcionada por el Observatorio Fiscal de la UE, su implementación práctica enfrenta un laberinto de obstáculos jurídicos y operativos que podrían dilatar su ejecución durante años.
El primer y más formidable escollo técnico es el artículo 113 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). En materia de fiscalidad directa, la Unión Europea sigue operando bajo la regla de la unanimidad. Esto implica que cualquier propuesta de un impuesto armonizado a nivel comunitario requiere el voto favorable de los 27 Estados miembros. En un bloque donde naciones como Irlanda, Luxemburgo o algunos países del Este utilizan la competencia fiscal como herramienta de atracción de capitales, lograr un consenso sobre un gravamen del 2% a las grandes fortunas parece, hoy por hoy, una quimera administrativa. La única vía alternativa sería la cooperación reforzada, que permitiría a un grupo de al menos nueve países avanzar por su cuenta, aunque esto generaría distorsiones significativas dentro del mercado único.
Desde un punto de vista estrictamente técnico, la valoración de los patrimonios superiores a cien millones de euros presenta una complejidad sin precedentes. A diferencia de las rentas del trabajo, el patrimonio de los ultrarricos no suele estar depositado en cuentas corrientes líquidas, sino en una amalgama de activos: acciones en empresas no cotizadas, bienes inmuebles de lujo, obras de arte, derechos de propiedad intelectual y estructuras societarias opacas.
Para que la Tasa Zucman sea efectiva, la UE necesitaría establecer estándares comunes de valoración para evitar que los contribuyentes declaren valores sustancialmente menores a los de mercado. Sin un Registro Europeo de Activos Financieros plenamente operativo y compartido entre las agencias tributarias nacionales, el riesgo de elusión fiscal mediante la infravaloración de activos no líquidos sería extremo, vaciando de contenido la capacidad recaudatoria de los 5.200 millones previstos para España.
La viabilidad del impuesto depende críticamente de la capacidad de la UE para evitar la fuga de capitales hacia jurisdicciones externas. La libre circulación de capitales es una de las libertades fundamentales de la Unión, lo que facilita que una gran fortuna traslade su residencia fiscal a un tercer país con mayor celeridad de la que Hacienda puede reaccionar. Para mitigar esto, los técnicos proponen un impuesto de salida (exit tax) armonizado, que gravaría a quienes decidan mudarse para evitar el tributo. Sin embargo, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sido históricamente restrictiva con estas medidas, considerándolas a menudo obstáculos desproporcionados a la libertad de establecimiento si no están estrictamente justificadas por la lucha contra el fraude.
Finalmente, el éxito técnico del impuesto requiere una evolución de la Directiva sobre Cooperación Administrativa (DAC). Actualmente, el intercambio automático de información entre países de la UE funciona razonablemente bien para cuentas bancarias, pero es deficiente para el beneficio real de estructuras fiduciarias y trusts. Sin una transparencia total sobre quién es el propietario último de los activos, el impuesto al 2% podría terminar recayendo solo sobre aquellos patrimonios más transparentes y fáciles de fiscalizar, generando una inequidad técnica que vulneraría el principio de justicia tributaria que el propio Bustinduy defiende.