Denuncian a Temu por anunciar un aparato que permite rastrear la localización de personas sin su conocimiento

Tanto la empresa como el creador de contenido Dimitri Quiroz publicitan este dispositivo señalando que "podrás localizar a tu pareja" y "rastrear siempre su ubicación donde quiera que estés"

19 de Septiembre de 2025
Actualizado a las 12:34h
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FACUA advierte de que tanto Temu como su embajador Dimitri Quiroz publicitan este dispositivo haciendo referencia a una conducta potencialmente delictiva.
FACUA advierte de que tanto Temu como su embajador Dimitri Quiroz publicitan este dispositivo haciendo referencia a una conducta potencialmente delictiva

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a la tienda online Temu ante la Dirección General de Consumo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por publicitar y vender un aparato que permite la geolocalización de personas sin su conocimiento.

La asociación ha podido comprobar como tanto Temu como el creador de contenido Dimitri Quiroz publicitan mediante un vídeo en Instagram —aunque no descarta que se encuentre en otras plataformas— un dispositivo electrónico que sirve para rastrear continuamente la posición de la persona u objeto que lo porte.

En dicha publicidad aparece Quiroz, que se define como embajador Temu, portando el aparatado e introduciéndolo en la rueda de un coche, mientras una voz señala que "así podrás localizar a tu pareja o simplemente lo puedes usar por seguridad en tu auto. Con este GPS podrás rastrear siempre su ubicación donde quiera que estés".

En este sentido, FACUA advierte de que tanto Temu como su embajador Dimitri Quiroz publicitan este dispositivo haciendo referencia a una conducta potencialmente delictiva, ya que utilizar un geolocalizador para rastrear la posición de una persona sin su consentimiento puede ser constitutivo de un delito de coacciones.

Así el artículo 172 del Código Penal señala que "será castigado con la pena de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de esta forma, altere el normal desarrollo de su vida cotidiana: 1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física".

Además, también podría constituir un delito contra la intimidad, tipificado en el artículo 197 de la citada normativa, que señala como tal utilizar "artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación» para «descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento".

Publicidad ilícita

FACUA señala que la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, establece en su artículo 3, como publicidad ilícita, entra otras, aquella que "atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución Española, especialmente a los que se refieren sus artículos 14, 18 y 20".

Precisamente, el artículo 18 de la Constitución garantiza "el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen".

Por todo ello, FACUA ha instado a la Dirección General de Consumo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a que investigue a Temu por la publicidad de este dispositivo de geolocalización y abra el correspondiente expediente sancionador.

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