La pasarela al RETA abre una nueva etapa para miles de profesionales mutualistas

Mutualidad valora una reforma que mantiene el sistema alternativo y permite trasladar voluntariamente derechos económicos al RETA, aunque la exclusión de los jubilados deja pendiente una de las principales reivindicaciones del colectivo

25 de Agosto de 2026
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La pasarela al RETA abre una nueva etapa para miles de profesionales mutualistas

La reforma de las mutualidades alternativas ya es una realidad y abre una nueva etapa para miles de abogados, procuradores, arquitectos y otros profesionales colegiados que durante años optaron por estos sistemas en lugar de cotizar al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. La Ley 2/2026, publicada en el BOE el pasado 31 de julio, mantiene la alternatividad y crea una pasarela voluntaria al RETA, una de las demandas que más recorrido político y social ha tenido durante los últimos años.

Mutualidad ha valorado positivamente la aprobación de la norma porque, a su juicio, aporta la «certidumbre» que necesitaban los profesionales afectados y preserva su capacidad de elección. La entidad destaca además que el texto incorpora algunas de las propuestas que había defendido durante su tramitación, entre ellas el mantenimiento del modelo alternativo, determinadas mejoras para los mutualistas pasivos y la ausencia de tributación por las operaciones derivadas del traslado de los derechos económicos al sistema público.

El cambio fundamental consiste en que los profesionales que cumplan los requisitos podrán decidir si permanecen en su mutualidad o transfieren al sistema público los derechos económicos acumulados procedentes de las aportaciones realizadas en su condición de mutualistas alternativos. Quienes utilicen la pasarela quedarán integrados de manera obligatoria e irreversible en el RETA para la actividad profesional que dio lugar a la transferencia.

La operación estará exenta de tributación y permitirá transformar los derechos transferidos en periodos de cotización. La fórmula exacta todavía deberá concretarse reglamentariamente, aunque la propia ley establece que para realizar el cálculo se tendrá en cuenta la base mínima que habría correspondido al profesional de haber estado incluido en el RETA y se aplicará un coeficiente de mejora situado entre el 0,67 y el 0,87.

Una decisión que deberá estudiarse caso por caso

La importancia de la reforma procede de un problema que durante años permaneció prácticamente fuera del debate público. Parte de los profesionales que utilizaron las mutualidades como alternativa a la Seguridad Social han llegado a la jubilación con prestaciones sensiblemente inferiores a las pensiones del sistema público, después de carreras profesionales de varias décadas.

La ley intenta corregir parte de ese desequilibrio sin eliminar el modelo mutualista. La pasarela será voluntaria y no supone una integración general de todos los profesionales en el RETA, por lo que la decisión dependerá de la situación de cada mutualista, de sus derechos acumulados, de su carrera profesional y de las condiciones que finalmente establezca el reglamento.

El texto introduce además nuevas exigencias de transparencia. Las mutualidades alternativas deberán elaborar cada seis meses información sobre los fondos de sus mutualistas, su evolución, las operaciones realizadas y los costes que puedan repercutir sobre ellos, además de facilitar a la Dirección General de Seguros la documentación necesaria para reforzar su supervisión.

También queda sometida a revisión la propia continuidad del modelo. Antes del 31 de diciembre de 2030, el Gobierno deberá elaborar un informe sobre el funcionamiento de la alternatividad, con especial atención al nuevo sistema de cotización por ingresos reales y a la equiparación de las cuotas de las mutualidades con las correspondientes al RETA. Ese análisis podrá servir posteriormente para mantener, modificar o revisar el régimen vigente.

Los jubilados quedan fuera de la pasarela

La reforma, sin embargo, no resuelve todas las situaciones. Los mutualistas que ya sean pensionistas quedan, con carácter general, excluidos de la posibilidad de trasladar sus derechos al RETA, salvo la excepción prevista para quienes perciban una pensión de viudedad. Es uno de los aspectos más discutidos del texto definitivo y algunas organizaciones profesionales ya han advertido de que queda trabajo por hacer para atender a quienes llegaron a la jubilación con prestaciones reducidas.

Para ellos, la ley establece otra vía de protección mediante un complemento destinado a quienes perciban prestaciones inferiores a determinados mínimos y cumplan los requisitos económicos previstos. La reforma pretende así ofrecer una respuesta diferenciada a quienes ya están jubilados, aunque sin permitirles utilizar la pasarela diseñada para los mutualistas en activo.

La aplicación práctica dependerá ahora del desarrollo reglamentario. La norma concede al Gobierno un máximo de tres meses para aprobarlo y, una vez entre en vigor, los profesionales dispondrán de un año para solicitar voluntariamente la transferencia. Hasta entonces, buena parte de las preguntas decisivas para cada mutualista dependerán de cómo se concrete una operación que puede modificar de manera irreversible su futura relación con la Seguridad Social

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