La extrema derecha somete a la UE: luz verde a la legislación que agilizará las deportaciones

La introducción de una lista común de países de origen seguros y la ampliación del concepto de tercer país seguro marcan un giro hacia una política más centrada en la inadmisión temprana y la deportación

23 de Febrero de 2026
Actualizado a las 14:50h
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Migrantes Estados Unidos 02 Extrema

La Unión Europea ha dado hoy luz verde definitiva a una de las piezas más controvertidas del nuevo Pacto Migratorio y de Asilo: la adopción formal de una lista común de países de origen seguros y la reforma del concepto de tercer país seguro, instrumentos destinados a agilizar el rechazo de solicitudes de asilo consideradas inadmisibles y facilitar los retornos.

La decisión, aprobada por el Consejo, no introduce una novedad improvisada, sino que culmina un proceso legislativo que llevaba meses fraguándose en Bruselas. Sin embargo, su alcance político y social va mucho más allá del trámite formal. En la práctica, la Unión está redefiniendo el equilibrio entre protección internacional y control migratorio, inclinando la balanza hacia este último.

Países de origen seguros

El Consejo adoptó formalmente la primera lista europea de países de origen considerados seguros, entre los que figuran Marruecos, Colombia o Egipto, junto a Bangladés, Kosovo, India y Túnez. La lógica jurídica es clara: cuando un país es designado como “seguro”, las solicitudes de asilo de sus nacionales pueden tramitarse por vía acelerada bajo la presunción de que, en principio, no existe persecución sistemática.

La medida busca armonizar criterios. Hasta ahora, los Estados miembros mantenían listas nacionales divergentes, generando asimetrías en el tratamiento de solicitudes similares. Con la lista común, Bruselas aspira a garantizar una evaluación más uniforme y a reducir los tiempos de tramitación.

Pero la uniformidad jurídica encierra una decisión política de gran calado. Declarar a un país “seguro” no implica negar la existencia de vulneraciones de derechos humanos, sino afirmar que estas no son estructurales o generalizadas. En contextos donde la situación interna es ambivalente o evoluciona rápidamente, esa calificación puede resultar polémica.

Además, los países candidatos a la adhesión a la UE (Albania, Serbia, Turquía o Ucrania) serán considerados de origen seguro salvo en circunstancias excepcionales, como conflictos armados o tasas de reconocimiento de protección superiores al 20 %. Este automatismo refuerza la dimensión geopolítica de la política de asilo: la etiqueta de “seguro” se convierte también en una señal diplomática.

Externalización reforzada

Más significativa aún es la reforma del concepto de tercer país seguro, un instrumento que permite declarar inadmisible una solicitud de asilo si el solicitante podría haber obtenido protección en un país no perteneciente a la UE considerado seguro para él.

Hasta ahora, uno de los elementos clave era la exigencia de una conexión significativa entre el solicitante y ese tercer país. La actualización normativa elimina el carácter obligatorio de este criterio. En adelante, los Estados podrán aplicar el concepto incluso cuando la relación sea tenue o se base simplemente en el tránsito previo.

En términos prácticos, esto amplía el margen para rechazar solicitudes sin entrar en el fondo del caso. Si un migrante ha transitado por un país considerado seguro antes de llegar a la Unión, o si existe un acuerdo bilateral con ese país, la solicitud puede ser declarada inadmisible.

La reforma encaja en una tendencia más amplia de externalización de la gestión migratoria, en la que la Unión traslada parte de la responsabilidad de protección a terceros Estados. Desde acuerdos con países del norte de África hasta pactos con Estados balcánicos, el objetivo es claro: contener los flujos antes de que alcancen territorio europeo.

Salvo determinadas disposiciones aplicables con antelación, la lista común y la redefinición del tercer país seguro entrarán plenamente en vigor el 12 de junio de 2026, coincidiendo con el resto del Pacto Migratorio y de Asilo.

El calendario no es casual. Bruselas ha querido ofrecer a los Estados miembros tiempo para adaptar sus sistemas administrativos y judiciales. Pero también refleja la complejidad política del paquete: su implementación requerirá coordinación, recursos y, previsiblemente, litigios.

El nuevo marco promete acelerar procedimientos. Sin embargo, la experiencia sugiere que toda simplificación administrativa en materia de asilo suele ir acompañada de un aumento de la litigiosidad ante tribunales nacionales y europeos. El equilibrio entre celeridad y garantías será objeto de escrutinio constante.

Tensión estructural

Desde una perspectiva política, la decisión responde a una presión creciente. La migración sigue siendo uno de los temas más sensibles en la agenda europea, alimentando el ascenso de fuerzas populistas y tensando la cohesión interna de la Unión. Endurecer el régimen de asilo es, para muchos gobiernos, una forma de recuperar control y credibilidad ante electorados inquietos.

Pero la política de asilo no es solo una herramienta de gestión fronteriza. Está anclada en obligaciones internacionales, como la Convención de Ginebra, y en la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. Declarar inadmisible una solicitud sin examinar su contenido plantea interrogantes sobre la profundidad de la protección efectiva.

La eliminación del criterio obligatorio de conexión con el tercer país seguro intensifica esa tensión. El tránsito por un territorio no siempre implica acceso real a protección. En algunos casos, puede ser meramente circunstancial. La nueva normativa amplía la discrecionalidad estatal, pero también amplía el margen para decisiones controvertidas.

Europa más restrictiva

El Consejo ha defendido que la lista común garantizará mayor coherencia y contribuirá a una tramitación más rápida. Desde el punto de vista administrativo, el argumento es sólido: reglas homogéneas reducen incertidumbres y evitan el llamado “asylum shopping”.

Sin embargo, la coherencia puede convertirse en rigidez si no se acompaña de mecanismos ágiles de revisión. Las situaciones políticas en países de origen pueden deteriorarse rápidamente. Un país considerado seguro hoy puede no serlo mañana. La capacidad de reacción será clave para evitar que la etiqueta se convierta en una ficción jurídica.

Al mismo tiempo, la posibilidad de que los Estados mantengan listas nacionales adicionales preserva un cierto margen de autonomía. La armonización no es total; la diversidad subsiste. Pero la señal política es inequívoca: la Unión se desplaza hacia un modelo más restrictivo, en el que la inadmisión y el retorno ganan protagonismo frente al examen individualizado.

Trasfondo social

La reforma responde también a una percepción pública de descontrol. Aunque las cifras de llegadas fluctúan y no siempre reflejan una crisis estructural, el impacto mediático de los desembarcos y las tensiones en las fronteras exteriores moldea el debate político.

La adopción de la lista de países seguros y la flexibilización del tercer país seguro buscan transmitir eficacia. Pero la eficacia administrativa no equivale necesariamente a legitimidad social. Si las decisiones se perciben como injustas o arbitrarias, la confianza en las instituciones puede resentirse.

En última instancia, el éxito del nuevo marco dependerá de su aplicación práctica. Si logra combinar rapidez con respeto escrupuloso a las garantías, reforzará la credibilidad europea. Si, por el contrario, genera exclusiones indebidas o devoluciones problemáticas, alimentará nuevas controversias judiciales y políticas.

Redefinición del derecho de asilo europeo

Con esta decisión, la Unión Europea no ha abolido el derecho de asilo. Pero sí ha redefinido sus contornos operativos. La introducción de una lista común de países de origen seguros y la ampliación del concepto de tercer país seguro marcan un giro hacia una política más centrada en la inadmisión temprana y el retorno.

Se trata de una apuesta estratégica: reducir la presión sobre los sistemas nacionales mediante filtros más estrictos. El riesgo es que, en la búsqueda de eficiencia, se diluya la esencia protectora del régimen de asilo.

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