Vox ha dado un paso más en su “batalla cultural” contra los inmigrantes. El partido ultra ha registrado una iniciativa en el Congreso de los Diputados en la que exige la prohibición del nicab y el burka en espacios públicos y modificaciones en el Código Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana para sancionar con penas de prisión de hasta cuatro años a quien imponga su uso mediante violencia, intimidación u otra forma de coacción.
La portavoz de Vox en el Congreso, Pepa Millán, presentó la iniciativa el pasado martes en una rueda de prensa, en la que criticó la política de fronteras abiertas y multiculturalismo “fallido” que, en su opinión, han llevado a cabo tanto el PP como el PSOE.
“La sociedad española no puede aceptar que se elimine la identidad de las mujeres”, advierte la formación en esta proposición de ley orgánica para la protección de la dignidad de las mujeres y la seguridad ciudadana en el espacio público, que será presentada en el resto de instituciones donde Vox cuenta con representación.
Más allá de la propaganda política, cabe preguntarse sobre la legalidad de la medida. En España, una prohibición general del burka y el nicab en espacios públicos plantea serias dudas de constitucionalidad, ya que afecta directamente a derechos fundamentales como la libertad religiosa, la igualdad y la dignidad personal. Podría ir contra la libertad religiosa (artículo 16 de la Carta Magna), donde se reconoce el derecho a profesar y manifestar libremente las creencias religiosas. Una prohibición absoluta del burka o el nicab podría interpretarse como una restricción desproporcionada de este derecho.
También podría atentar contra la igualdad y la no discriminación (artículo 14 de la norma suprema). La medida afectaría principalmente a mujeres musulmanas, lo que podría considerarse discriminatorio por razón de religión y género. Y por último, podría entenderse como una vulneración del derecho a la propia imagen y la dignidad personal (consagrado en el artículo 18 de la Constitución). El uso voluntario de estas prendas puede verse como una expresión de identidad cultural. Prohibirlas podría vulnerar el derecho a la autonomía individual.
Vox y otros actores políticos sostienen que cubrir totalmente el rostro dificulta la identificación en espacios públicos y puede suponer un riesgo. Además, creen que va contra el derecho a la protección de la dignidad de la mujer. Se argumenta que el burka y el nicab son símbolos de opresión y que su prohibición contribuiría a la igualdad de género.
Países como Francia, Bélgica o Dinamarca han aprobado leyes similares, justificadas en razones de seguridad y convivencia. Sin embargo, la restricción puede ser desproporcionada. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha admitido que los Estados miembros pueden limitar el velo integral, pero exige proporcionalidad y justificación clara. En España, una prohibición general podría considerarse excesiva.
La Constitución protege la diversidad cultural y religiosa. Lo contrario sería una medida de exclusión social. Hay alternativas menos restrictivas. En lugar de prohibir, podrían establecerse limitaciones específicas a estas ropas e indumentarias (por ejemplo, sancionarlas en trámites administrativos, identificaciones policiales y en estaciones de autobuses, terminales ferroviarias y aeropuertos).
En España no existe actualmente una prohibición general, aunque algunos municipios intentaron regular el uso del velo integral en espacios públicos. El Tribunal Supremo anuló estas ordenanzas por falta de competencia y por vulnerar derechos fundamentales. La iniciativa de Vox busca modificar la Ley de Seguridad Ciudadana y el Código Penal para sancionar tanto el uso como la imposición del burka y el nicab. El debate se centra en si la medida puede justificarse en términos de seguridad y dignidad sin vulnerar la libertad religiosa y el principio de proporcionalidad.
En definitiva, una prohibición general del burka y el nicab en nuestro país tendría difícil encaje constitucional, salvo que se limite a contextos muy específicos donde la identificación sea imprescindible. El Tribunal Constitucional probablemente exigiría una justificación sólida basada en seguridad pública y protección de derechos de terceros, evitando que la medida se convierta en una restricción discriminatoria de la libertad religiosa. En la exposición de motivos, el partido ultra expresa su preocupación por las consecuencias de una política de fronteras abiertas al considerar que conlleva la importación de hábitos y comportamientos ajenos a los de las sociedades occidentales.
Según Vox, el modo de vida occidental está “amenazado por la imposición de costumbres islamistas” en el espacio púbico, como el uso del burka o nicab que, argumenta, suponen una clara erradicación de la identidad personal de la mujer en la vida colectiva, así como el sometimiento al varón. Todo ello es más que discutible y deberá pasar el filtro de constitucionalidad.
