Las relaciones de corresponsalía bancaria son rutina en el sistema financiero internacional. Los grandes bancos operan como nodos de una red que conecta jurisdicciones, divisas y sistemas regulatorios. Sin embargo, cuando uno de esos nodos enlaza con entidades situadas en países bajo sanciones económicas de Estados Unidos, la rutina se convierte en riesgo sistémico. Eso fue lo que ocurrió con el Banco Santander y otras entidades españolas durante los años más tensos de la crisis nuclear iraní.
La cuestión no fue una acusación directa de financiación ilícita, sino algo más sutil y, para los mercados, igual de delicado: la exposición reputacional y regulatoria derivada de mantener vínculos con bancos iraníes señalados por Washington. En estos casos, el Partido Popular no fue tan tiquismiquis con Irán.
Investigación de la SEC
En el contexto de la ofensiva de Estados Unidos para cerrar los canales de financiación del programa nuclear iraní, la Securities and Exchange Commission (SEC) remitió cuestionarios a diversas entidades europeas con actividad en territorio estadounidense. Entre ellas figuraba el Santander.
En su comunicación al banco español, la SEC consideraba “apropiado” que futuras presentaciones incluyeran información sobre su relación de corresponsalía con el Banco Saderat y el Banco Sepah, este último propiedad del Estado iraní y designado por el Departamento del Tesoro como facilitador de transferencias vinculadas a actividades terroristas. El entonces subsecretario de inteligencia financiera, Stuart Levey, llegó a definir a Sepah como “el eje financiero de la red de adquisición de misiles de Irán”.
La advertencia del Tesoro era inequívoca: las violaciones de los programas de sanciones pueden acarrear sanciones civiles e incluso penales, con independencia de si el banco es estadounidense o extranjero con operaciones en Estados Unidos. Es la doctrina de la extraterritorialidad financiera, una de las herramientas más poderosas de la diplomacia económica estadounidense.
El Santander respondió que había terminado su relación con ambos bancos y que no emprendería nuevos negocios, salvo operaciones vigentes hasta su vencimiento. Reconoció créditos documentarios con Sepah por 77 millones de euros (74 millones asegurados, con una exposición neta de 3 millones) y 9,1 millones con Saderat. La SEC finalmente no abrió expediente ni impuso sanciones. Pero el episodio dejó constancia documental de que las relaciones existieron.
Fiscalía de Nueva York
Paralelamente, la Fiscalía de Nueva York abrió investigaciones contra nueve entidades europeas por presuntas actividades relacionadas con el blanqueo de dinero para financiar el programa nuclear iraní, en potencial violación de resoluciones de la ONU y embargos de EE.UU. y la UE.
El exfuncionario del Tesoro estadounidense Avi Jorisch publicó en 2010 un libro en el que recogía informes entonces clasificados de la Fiscalía neoyorquina. En ellos se describía un sistema por el cual bancos europeos habrían servido como intermediarios para transferencias que, tras múltiples capas, terminaban sufragando adquisiciones vinculadas al programa nuclear iraní. Entre los bancos mencionados figuraba el Santander.
La documentación, según el libro, dividía las actividades en cinco categorías. Una de ellas describía cómo fondos que salían legalmente de cuentas iraníes en entidades como Citibank o Deutsche Bank en Estados Unidos transitaban por bancos europeos antes de llegar a Sepah. El mecanismo no era necesariamente ilegal en su origen, pero sí potencialmente problemático en su destino final si implicaba a entidades designadas bajo sanciones.
Nomenclatura “UN3”
Un elemento revelador en los informes citados era la nomenclatura “UN3” junto a determinados bancos iraníes. El código hacía referencia a las tres entidades señaladas por Naciones Unidas como responsables de apoyar la financiación del programa nuclear. La presencia de esa etiqueta constituía una alerta explícita de alto riesgo regulatorio.
El problema para cualquier banco con presencia en Estados Unidos no es solo la legalidad estricta de cada operación, sino el cumplimiento del complejo entramado de sanciones multilaterales. La banca internacional opera bajo el principio de “conozca a su cliente”, pero también bajo el de “conozca la jurisdicción dominante”. Y en materia de sanciones, esa jurisdicción ha sido, durante décadas, Washington.
Dimensión política
Durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, varias entidades españolas aparecieron mencionadas en resoluciones de Naciones Unidas relativas a las sanciones a Irán. Según los documentos citados por Jorisch, la lista coincidía con investigaciones previas del Departamento del Tesoro en 2008.
El texto sugiere que las autoridades españolas no impulsaron investigaciones equivalentes a las estadounidenses. El Partido Popular no lanzó ninguna ofensiva parlamentaria en este aspecto. La Fiscalía de Nueva York trató el asunto como un caso de Estado vinculado a la financiación de actividades terroristas, mientras que en España no se abrió una causa de similar alcance contra el Santander o Aresbank (participada por la entidad cántabra hasta 2006).