Regularizar para trabajar: la arquitectura jurídica de un país que ya estaba ahí

El decreto que habilita empleo inmediato a los migrantes en situación irregular no crea una realidad nueva: la ordena, la reconoce y la somete por fin a derecho. La clave está en cómo se diseña el permiso, no en el gesto político

30 de Enero de 2026
Actualizado a las 12:37h
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Regularizar para trabajar: la arquitectura jurídica de un país que ya estaba ahí
Trabajadores inmigrantes en una imagen de archivo. La regularización en España tendrá efectos beneficiosos para la economía

La regularización extraordinaria de migrantes que el Gobierno ha puesto en marcha no es una amnistía ni un atajo. Es una operación jurídica de gran calado que intenta resolver un problema estructural con herramientas administrativas, no con discursos. La novedad no está solo en permitir que trabajen —eso ya lo hacían— sino en convertir en legal lo que llevaba años funcionando en la sombra, con un diseño que combina control, derechos y un margen de realismo poco habitual en la política migratoria española.

El borrador de decreto que modifica el Reglamento de Extranjería introduce una figura clave: la autorización temporal única, válida durante un año y prorrogable, que permite trabajar por cuenta ajena o propia desde el mismo momento en que la solicitud es admitida a trámite. No cuando se resuelve, no cuando se notifica, sino cuando entra en el sistema. Ese matiz técnico cambia el equilibrio entero del proceso: la administración deja de ser una sala de espera y pasa a ser un umbral.

La regularización como proceso, no como acto

El Gobierno ha optado por una regularización por capas. Una disposición transitoria para quienes ya habían solicitado protección internacional y otra nueva para el resto de personas extranjeras en situación irregular que acrediten al menos cinco meses de residencia continuada en España antes del 31 de diciembre de 2025. Es un corte temporal que evita el efecto llamada y, al mismo tiempo, reconoce una presencia que ya era social, laboral y demográfica.

La clave está en la admisión a trámite. Desde ese momento, la persona puede residir y trabajar en todo el territorio y en cualquier sector. Si la resolución es favorable, el permiso definitivo se retrotrae a esa fecha. Si es denegada, el derecho a trabajar cae automáticamente. El sistema no es ingenuo, pero tampoco punitivo: permite vivir mientras se decide, no después.

El empleo como eje de integración

El decreto asume una realidad que durante años se ha esquivado: la irregularidad administrativa no es marginal, es funcional al mercado laboral. Por eso, el texto permite trabajar como asalariado o autónomo, sin limitación sectorial, y reconoce situaciones que hasta ahora quedaban fuera de los cauces formales: empleo previo sin contrato, contratos informales, trabajo familiar, o simplemente arraigo económico sin papeles.

En el caso de los migrantes económicos, basta con acreditar haber trabajado, contar con un contrato, convivir con una unidad familiar escolarizada o encontrarse en situación de vulnerabilidad. Y aquí aparece uno de los puntos más significativos del texto: el Gobierno presume la vulnerabilidad de toda persona en situación administrativa irregular. No exige demostrarla: la da por sentada. Es un giro jurídico que desplaza la carga de la prueba del individuo al sistema.

Antecedentes, pero con matices

El decreto mantiene el requisito de carecer de antecedentes penales, pero introduce una vía excepcional: si el certificado del país de origen no llega en un mes, el solicitante puede presentar una declaración responsable. Si la administración no obtiene respuesta de ese país en otro mes, se presume la inexistencia de antecedentes. No es laxitud: es un reconocimiento explícito de los límites de la cooperación internacional y de la desigualdad burocrática entre Estados.

Además, el texto distingue entre delitos y delitos “especialmente relevantes”, abriendo un margen interpretativo que permite no castigar situaciones de necesidad o supervivencia. Es un detalle técnico, pero decisivo: evita que la regularización se convierta en un filtro moral.

Hijos, familias y continuidad

El proceso incluye la regularización simultánea de hijos menores o mayores con discapacidad, con permisos de cinco años, y contempla otros vínculos familiares. La medida no fragmenta, recompone unidades de convivencia que ya existían y que hasta ahora vivían en una provisionalidad perpetua.

Lo relevante no es solo a quién regulariza, sino cómo lo hace: con plazos, con condiciones, con derechos laborales desde el inicio y con un diseño que asume que la irregularidad no es una anomalía, sino el resultado de un sistema incapaz de absorber su propia demanda de trabajo.

El decreto no resuelve la política migratoria española. Pero introduce algo más difícil: orden jurídico en un espacio que funcionaba sin ley, pero no sin reglas. Y lo hace sin épica, sin retórica, sin proclamas. Solo con derecho administrativo bien afilado, que en este caso es la forma más eficaz de política social.

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