El Consejo de ministros ha dado luz verde a un Real Decreto que regula, por primera vez, cómo se podrán elaborar y dispensar en España las fórmulas magistrales de cannabis con uso médico. El enfoque es claro: uso sanitario, con control estricto y evidencia científica; nada de venta al público general ni productos “milagro”.
Qué cambia para pacientes y médicos
La norma permite que los hospitales preparen fórmulas magistrales a partir de “preparados estandarizados de cannabis”, es decir, extractos con composición definida de THC y CBD y controles de calidad idénticos a los de cualquier medicamento.
La prescripción quedará limitada a médicos especialistas y solo para casos clínicos concretos en los que otros tratamientos no funcionen o sean insuficientes. Entre las indicaciones con evidencia consolidada están la espasticidad por esclerosis múltiple, formas graves de epilepsia refractaria, náuseas y vómitos de la quimioterapia y dolor crónico refractario.
No hay un listado cerrado: los usos autorizados y las condiciones de elaboración y dosificación se irán fijando en monografías de la AEMPS en el corto plazo, lo que permite ajustar el marco a la evidencia sin tener que reescribir toda la norma.
Dónde se dispensará y quién fabrica
Las preparaciones solo se dispensarán a pacientes ingresados o externos a través de los servicios de farmacia hospitalaria. No habrá venta en oficinas de farmacia comunitarias ni por internet.
Los laboratorios farmacéuticos que fabriquen los preparados deberán cumplir obligaciones de trazabilidad, auditoría y correcta fabricación. Si el producto final supera el 0,2% de THC, estará sujeto a fiscalización adicional por tratarse de un estupefaciente.
Qué pasa con las tiendas de CBD y los “aceites”
Nada cambia para el CBD cosmético ni para los artículos “de coleccionista” que ya se venden, pero la norma no los convierte en medicamentos. Para ansiedad, sueño u otros síntomas, solo valdrá la fórmula magistral hospitalaria con receta y seguimiento médico. Traducido: adiós a los atajos y a los productos sin aval sanitario que prometen más de lo que la ley permite.
En línea con Europa
Sanidad ha diseñado el sistema alineado con países de la UE que ya operan modelos similares (como Alemania, Italia u Holanda) y con experiencias de Suiza o Reino Unido: uso clínico acotado, calidad estandarizada, control público y evaluación continua.
Lo importante, en claro
- No es legalizar el cannabis recreativo. Es un circuito sanitario para casos clínicos definidos.
- Receta solo por especialistas y dispensación solo en hospital.
- Preparados estandarizados con THC/CBD medidos y calidad auditada.
- AEMPS detallará indicaciones y dosis en monografías actualizables.
- Ninguna venta en farmacias comunitarias ni tiendas: fuera del hospital no se dispensa.
Otras decisiones sanitarias aprobadas
Junto al Real Decreto del cannabis medicinal, el Gobierno activó el Plan Veo, una ayuda directa de hasta 100 euros para gafas o lentillas de menores de 16 años hasta el 31 de diciembre de 2026 (con pagos de diciembre ejecutables en 2027). La medida busca reducir el impacto económico de problemas de visión frecuentes en la edad escolar.
Además, se financiarán 1.548 plazas adicionales de Medicina en universidades públicas para el curso 2025-2026, con el objetivo de aliviar el déficit de profesionales en los próximos años.
En resumen: España adopta un modelo prudente y útil para pacientes que necesitan alternativas cuando lo estándar no funciona: rigor clínico, seguridad farmacéutica y puertas cerradas a la pseudoterapia. Con ello, el cannabis medicinal entra en el sistema por donde debe: la medicina basada en pruebas y control público.