El aborto, en el centro del debate constitucional y del pulso político por la igualdad

La propuesta de blindar el aborto en la Constitución fortalece el marco normativo, pero no esquiva los problemas estructurales que condicionan su ejercicio real en todo el territorio

28 de Octubre de 2025
Actualizado a las 12:07h
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El aborto, en el centro del debate constitucional y del pulso político por la igualdad

La ministra de Igualdad, Ana Redondo,  ha situado la reforma en el centro del debate parlamentario y ha presentado una agenda de derechos que atrae titulares: educación afectivo-sexual, violencia vicaria, autonomía de las mujeres. Pero al mismo tiempo, su proyecto evidencia que blindar un derecho sin garantizar su ejercicio efectivo sigue siendo una apuesta incompleta y vulnerable.

El escudo constitucional y sus límites operativos

La iniciativa de incluir el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en el artículo 43 de la Constitución representa un avance simbólico relevante: se pretende que las mujeres tengan reconocido en la Ley Fundamental el ejercicio de ese derecho, “en condiciones de igualdad efectiva” y con la protección de los poderes públicos.

Sin embargo, el lugar elegido —el artículo 43, que trata del “derecho a la protección de la salud” y forma parte de los “principios rectores” — plantea una cuestión técnica que no es menor: ese encaje constitucional convierte el derecho al aborto en uno entre otros muchos principios y no necesariamente en un derecho fundamental con la máxima garantía.

La ministra destaca que el procedimiento es “exigente, pero no inalcanzable”, haciendo hincapié en que reformas previas —como la del artículo 49 para discapacidad— son prueba de que las mayorías cualificadas pueden alcanzarse. Pero la técnica constitucional no es solo cuestión de votaciones: implica también la consistencia práctica del derecho. Los derechos que se reconocen pero no se garantizan de forma territorialmente homogénea pierden fuerza.

Acciones legislativas vs. realidades autonómicas

En su comparecencia ante la Comisión de Igualdad, la ministra insistió en que la reforma “no agota” el compromiso del Estado en materia de derechos sexuales y reproductivos, y reclamó una educación afectivo-sexual integral, científica y respetuosa como instrumento de igualdad.
Pero datos recientes muestran que, aun con legislación aprobada, existen regiones donde el acceso público al aborto es limitado o sujeto a condiciones indirectas (listados de objetores, falta de cobertura en determinados hospitales). Esa distancia entre norma y realidad hace que cualquier blindaje constitucional tenga una brecha de implementación. Por ello, la reforma constitucional, aunque bienvenida, corre el riesgo de quedarse en un esqueleto normativo si no la acompañan recursos concretos, seguimiento territorial y evaluación de cobertura.

Prioridades políticas y cuestionamientos estratégicos

La ministra utilizó su intervención para marcar a la oposición y señalar que un partido que “mira hacia la extrema derecha” no ofrece garantía de defensa de derechos para las mujeres. Esa táctica política subraya que el debate sobre el aborto ha dejado de ser solo una cuestión de salud pública para convertirse en símbolo de polarización ideológica.
Al mismo tiempo, se ha advertido desde algunas formaciones —entre ellas socios del Gobierno— que la urgencia del blindaje constitucional puede adelantar las responsabilidades pendientes: los fallos en sistemas de protección de víctimas de violencia de género (como las pulseras de control) siguen abiertos.
La urgencia del gran paso —blindar el aborto— no debe ocultar que los pasos intermedios, la gestión cotidiana y la prevención relacionada están siendo desplazados de la agenda o tratados como menor prioridad.

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