El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha fallado esta mañana sobre la regla del 6 que pretendía aplicar el Gobierno ante el aumento de casos de COVID-19.
Una norma de carácter restrictivo que impedía las reuniones de más de seis personas durante un tiempo determinado para evitar los contagios.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJPV ha determinado hoy que es una norma que sólo puede aplicarse a grupos concretos de personas: enfermos o personas que hayan estado en contacto con ellos.
La Sala ha rechazado la postura de la Fiscalía, que se había mostrado a favor de aplicar la restricción, y se basa en la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Aragón que ya decretó el pasado 10 de octubre que sólo se podían aplicar medidas de este tipo a "personas concretas y determinadas, que presentan una clara relación con el agente causante de la intervención administrativa", refiriéndose a enfermos y a personas que se hayan relacionado directamente con ellos.
Considera el Tribunal que a pesar de encontrarnos en una situación excepcional, el Gobierno vasco no tiene capacidad de establecer este tipo de restricciones -que afectan a derechos fundamentales-.
Para poder establecer este tipo de medidas, el Lehendakari debería solicitar al Gobierno del Estado que aplicase el estado de alarma en Euskadi.
Iñigo Urkullu, que no se opone a la decisión judicial, recomendará a la población que sea prudente e intente evitar los contactos de grandes grupos.
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