La Justicia internacional blinda el derecho de huelga: histórico varapalo a quienes querían debilitar a los sindicatos

La Corte Internacional de Justicia reafirma que la huelga está protegida por el Convenio 87 de la OIT y devuelve fuerza jurídica al movimiento sindical mundial en un momento de creciente ofensiva contra los derechos laborales

22 de Mayo de 2026
Actualizado a las 12:39h
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UGT derecho de huelga  en el primero de mayo de 2025, foto Agustín Millán
UGT en el primero de mayo de 2025, foto Agustín Millán

La huelga no es un privilegio. No es una concesión empresarial ni una herramienta “tolerada” por los poderes económicos. La huelga es un derecho fundamental. Y desde este 21 de mayo de 2026 lo es, además, con el respaldo explícito del máximo órgano judicial de Naciones Unidas. La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha emitido una opinión consultiva histórica en la que reafirma que el derecho de huelga está protegido por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), dedicado a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación.

La decisión supone un auténtico terremoto jurídico y político a escala internacional. Durante más de una década, el grupo de empleadores dentro de la OIT había impulsado una ofensiva para cuestionar que el derecho de huelga estuviera realmente amparado por el Convenio 87. La batalla no era menor: si prosperaba esa interpretación restrictiva, millones de trabajadores y trabajadoras en todo el mundo habrían visto debilitada una de las principales herramientas de presión democrática frente a abusos laborales, precariedad o retrocesos sociales.

La Corte ha cerrado la puerta a esa ofensiva.

En su resolución, la CIJ sostiene que la interpretación del Convenio 87 debe realizarse de buena fe y conforme a los objetivos de la propia norma internacional, concluyendo que la protección de la libertad sindical incluye necesariamente el derecho de huelga.

La decisión no entra a fijar todos los límites concretos o modalidades de ejercicio de la huelga, algo que seguirá dependiendo de los marcos jurídicos nacionales y de la doctrina internacional, pero sí deja cristalino el principio esencial: sin derecho de huelga no existe libertad sindical efectiva.

Una victoria histórica del sindicalismo internacional

Unión General de Trabajadores celebró inmediatamente el fallo y lo calificó como una victoria histórica para el movimiento sindical y para el sistema internacional de derechos laborales.

El sindicato destacó que la resolución “fortalece la libertad sindical, devuelve seguridad jurídica al sistema internacional de normas laborales y supone una importante victoria para el movimiento sindical”. Además, subrayó el papel desempeñado por la Confederación Sindical Internacional y por los gobiernos que respaldaron la petición ante la Corte, entre ellos el de España.

UGT considera que el pronunciamiento de la CIJ devuelve “credibilidad” al sistema de supervisión de normas laborales de la OIT, que había quedado seriamente tensionado tras años de bloqueo y disputas internas provocadas por la ofensiva patronal contra el derecho de huelga.

La organización sindical también interpreta esta resolución como una defensa del multilateralismo y de las instituciones internacionales en un momento marcado por el auge de discursos autoritarios, ultraliberales y antisindicales en distintas partes del mundo.

Y no es una afirmación exagerada.

La discusión sobre el derecho de huelga llevaba años convirtiéndose en uno de los grandes conflictos ideológicos dentro de la gobernanza laboral internacional. Desde 2012, sectores empresariales venían cuestionando las interpretaciones históricas realizadas por los órganos de control de la OIT, generando una situación de incertidumbre que afectaba a conflictos laborales en numerosos países.

La resolución de la Corte desmonta ahora esa estrategia.

UGT celebra un fallo “histórico” para los derechos laborales

Unión General de Trabajadores reaccionó inmediatamente al pronunciamiento de la Corte Internacional de Justicia y celebró lo que considera una resolución “histórica” para la defensa de los derechos fundamentales en el trabajo.

El sindicato destacó que el fallo “fortalece la libertad sindical, devuelve seguridad jurídica al sistema internacional de normas laborales y supone una importante victoria para el movimiento sindical”. Además, UGT subrayó que la decisión respalda la interpretación defendida históricamente tanto por las organizaciones sindicales como por los órganos de control de la OIT, consolidando la huelga como un elemento esencial del trabajo decente y de las sociedades democráticas.

La organización también quiso poner en valor el papel desempeñado por la Confederación Sindical Internacional (CSI) y por los gobiernos que apoyaron la petición ante la Corte, entre ellos el de España.

Para UGT, la resolución llega en un momento especialmente delicado a escala global, marcado por crecientes tensiones internacionales, el auge de discursos antisindicales y los intentos de cuestionar organismos multilaterales creados precisamente para garantizar derechos fundamentales tras las grandes crisis del siglo XX.

La huelga como pilar democrático

El fallo de la CIJ tiene además una dimensión política de enorme profundidad. La huelga no solo es una herramienta laboral. Es también un mecanismo democrático de contrapoder. Allí donde se limita o criminaliza el derecho de huelga, suelen deteriorarse también otros derechos fundamentales.

Por eso la resolución tiene especial relevancia en un contexto internacional en el que muchos gobiernos y sectores empresariales intentan restringir protestas laborales mediante servicios mínimos abusivos, legislaciones punitivas o campañas de criminalización sindical.

La propia historia europea demuestra que los grandes avances sociales —la jornada de ocho horas, las vacaciones pagadas, la negociación colectiva o la seguridad laboral— no fueron regalos de las élites económicas, sino conquistas arrancadas mediante movilización, huelgas y presión social.

La decisión de la CIJ llega además en un momento de fuerte conflictividad laboral internacional, con huelgas activas o convocatorias masivas en sectores estratégicos de numerosos países europeos.

Un mensaje global contra la precarización

La resolución de la Corte Internacional de Justicia envía además un mensaje político contundente: los derechos laborales no pueden quedar subordinados únicamente a los intereses económicos o financieros.

En plena expansión de modelos laborales ultraflexibles, plataformas digitales sin garantías, externalizaciones masivas y discursos que presentan los derechos laborales como obstáculos para la competitividad, la CIJ ha recordado que la libertad sindical y la huelga forman parte del núcleo esencial de cualquier democracia social avanzada.

La decisión también fortalece el papel de la Organización Internacional del Trabajo, una institución que en los últimos años había visto erosionada parte de su autoridad por las disputas internas sobre la interpretación de sus convenios fundamentales.

Ahora, el máximo tribunal de Naciones Unidas ha intervenido para cerrar esa grieta. Y lo ha hecho con una claridad difícil de ignorar. Porque cuando el derecho de huelga se debilita, lo que realmente se pone en cuestión no es solo la capacidad de protesta de los trabajadores. Lo que se erosiona es el equilibrio democrático entre poder económico y derechos sociales.

Por eso este fallo trasciende el ámbito sindical.

Es una advertencia internacional contra quienes pretenden convertir el trabajo en una relación sin garantías colectivas. Y es, también, un recordatorio de que los derechos laborales no fueron una concesión histórica de las élites, sino conquistas democráticas que siguen necesitando defensa permanente.

 

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