Condenan al Santander por vender productos complejos “de forma insidiosa”

El Santander no acreditó haber explicado que la supuesta rentabilidad fija inicial escondía un escenario en el que los clientes podían terminar convertidos en accionistas forzosos del banco

20 de Noviembre de 2025
Guardar
Ana Botín Valores Santander

Un matrimonio de 77 y 83 años ha logrado una nueva victoria judicial contra Banco Santander por la comercialización de los llamados Valores Santander, un producto financiero complejo distribuido masivamente entre clientes minoristas durante los años previos a la crisis financiera. La sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Torrejón de Ardoz, aprecia que la entidad incumplió sus deberes de información, diligencia y lealtad al no explicar adecuadamente los riesgos reales asociados a este instrumento.

La resolución se suma a una larga serie de fallos judiciales que cuestionan la forma en que el Santander colocó entre ahorradores conservadores un producto que, según reconoció la propia Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), constituía “un instrumento financiero singular, del que el emisor no tiene constancia de la existencia de valores comparables en el mercado español”. En otras palabras: un producto sin referencias claras, de funcionamiento complejo y difícil de valorar para quienes no poseen conocimientos financieros avanzados.

La jueza subraya en su sentencia, a la que ha tenido acceso Diario Sabemos, que los Valores Santander eran instrumentos “eminentemente complejos”, cuya adquisición implicaba riesgos que en ningún caso podían equipararse a los de un depósito a tipo fijo o un bono tradicional. Pese a ello, el banco los comercializó entre su red minorista “como si se tratase de un producto seguro de renta fija”, según recoge el fallo.

El matrimonio afectado, representado por el abogado Fernando Gavín, colaborador de ASUFIN, carecía de experiencia en inversiones de riesgo y confiaba desde hacía décadas en las recomendaciones del personal de su oficina habitual. Aunque recibieron un tríptico informativo, su contenido fue calificado por la magistrada como “genérico” y “en absoluto suficiente” para comprender el verdadero alcance del contrato.

La jueza critica que la simple firma de la orden de compra no permite presumir que el cliente recibió una explicación clara, comprensible y previa sobre los riesgos. El Santander no acreditó haber explicado que la supuesta rentabilidad fija inicial escondía un escenario en el que los clientes podían terminar convertidos en accionistas forzosos del Santander, con la consiguiente posibilidad de perder parte de su inversión.

La sentencia describe un patrón que se ha repetido en otros procedimientos judiciales: clientes de perfil conservador, sin conocimientos financieros y con una relación de confianza acumulada durante años con su oficina bancaria, que aceptaron las recomendaciones del personal de la entidad porque se les presentó el producto como una opción segura.

El fallo concluye que el matrimonio fue “inducido de forma insidiosa” a contratar un producto cuya verdadera naturaleza no les fue explicada. El tribunal considera probado que Banco Santander actuó con negligencia y vulneró sus obligaciones como prestador de servicios de inversión.

La magistrada condena al banco a indemnizar a los demandantes por la pérdida de valor de la inversión, así como por las comisiones y gastos soportados y los intereses legales correspondientes. La sentencia no es firme y puede ser recurrida, pero refuerza la línea jurisprudencial que responsabiliza al banco por la incorrecta comercialización de los Valores Santander.

Los Valores Santander se emitieron en el contexto de la ambiciosa OPA lanzada sobre ABN Amro por un consorcio formado por Banco Santander, Royal Bank of Scotland y Fortis. Su funcionamiento dependía del éxito de la operación: si la OPA prosperaba, como finalmente ocurrió, los valores dejaban de funcionar como un instrumento asimilable a renta fija y se convertían en acciones, quedando sus tenedores expuestos a las oscilaciones del mercado sin protección para su capital inicial.

Ese “peor escenario”, según reconoce la sentencia, fue el que terminó materializándose para miles de pequeños ahorradores que nunca fueron informados de que su inversión podía transformarse en renta variable sin garantías de recuperar lo aportado.

Lo + leído