El Ministerio de Trabajo ha cerrado un acuerdo con CCOO y UGT para la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) en 2026, que quedará fijado en 1.221 euros mensuales en catorce pagas, lo que supone un incremento del 3,1% respecto a la cuantía vigente en 2025. El pacto no ha contado finalmente con el respaldo de las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme, pese a los intentos del Ejecutivo por incorporarlas mediante un incentivo fiscal.
Según ha informado el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, la subida del SMI tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026. El acuerdo fue anunciado tras la última reunión de la mesa de negociación del diálogo social.
Además del incremento salarial, Trabajo se ha comprometido a impulsar una reforma del decreto que regula el SMI para impedir que los complementos salariales puedan ser absorbidos o compensados, una reclamación histórica de los sindicatos. El objetivo, según Pérez Rey, es garantizar que la subida del salario mínimo llegue íntegramente al bolsillo de las personas trabajadoras.
“No es posible que la subida del salario mínimo se pierda por el camino. Vamos a reformar las reglas de absorción y compensación”, ha subrayado el número dos del Ministerio de Trabajo.
Fracasa el acuerdo tripartito
El Gobierno ha reconocido que no ha logrado sumar a la patronal al acuerdo. Pérez Rey ha afirmado que el Ejecutivo negoció “sin resuello” y exploró distintas fórmulas para atraer a CEOE y Cepyme, pero finalmente no fue posible cerrar un pacto tripartito.
Las organizaciones empresariales habían rechazado el incentivo fiscal diseñado por el Ministerio de Hacienda, calificándolo de “trilero”. A su juicio, la propuesta no compensaba los costes derivados de la subida del SMI, imponía condiciones difíciles de cumplir para la mayoría de las empresas y suponía una injerencia en la negociación colectiva y en la libertad de empresa.
La patronal no quiere tampoco incentivos fiscales
Para facilitar el consenso, Hacienda había elaborado un incentivo fiscal progresivo vinculado a la creación de empleo, con el que las empresas podrían compensar hasta el 100% del incremento del SMI mediante una reducción en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.
El mecanismo estaba dirigido a empresas que pagaran salarios por encima del SMI y que incrementaran su plantilla media al cierre del ejercicio fiscal, manteniendo ese nivel de empleo durante los dos años siguientes. El acceso a la deducción dependía tanto del tamaño de la empresa como del crecimiento del empleo.
En las compañías de menos de 100 trabajadores, se exigía la contratación de al menos un empleado a tiempo completo durante un año. En las empresas de 100 o más empleados, el requisito era incorporar dos trabajadores adicionales o aumentar la plantilla al menos un 1%.
La cuantía de la rebaja fiscal variaba en función del aumento del empleo. Un crecimiento inferior al 5% permitía deducir el 25% de la subida del SMI; entre el 5% y el 10%, el 50%; entre el 10% y el 15%, el 75%; y a partir del 15%, hasta el 100%.
Condiciones y límites
El borrador de Hacienda establecía que los gastos de personal debían representar más del 70% de los gastos asociados al resultado de explotación de la empresa. Además, la aplicación del incentivo no podía generar una base imponible negativa.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones implicaba la regularización de las cantidades deducidas, junto con los intereses de demora correspondientes.
Sin consenso empresarial
Pese al rechazo de la patronal, el Gobierno ha decidido seguir adelante con la subida del salario mínimo interprofesional en 2026, respaldado por los sindicatos. El Ejecutivo defiende que el aumento contribuirá a mejorar el poder adquisitivo de los trabajadores con salarios más bajos y a reducir la dependencia del SMI como referencia salarial, mientras mantiene abierto el debate sobre el impacto de la medida en las empresas y el empleo