Riesgo de lesión
El auto añade que “los mandos policiales deberían haber valorado que, para lograr su objetivo, era altamente probable lesionar a algún ciudadano, como así fue”.El auto añade que “los mandos policiales deberían haber valorado que era altamente probable lesionar a algún ciudadanoEl auto es de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial y lleva fecha del pasado 26 de octubre. Hace referencia a los hechos ocurridos en el IES Quercus de San Joan de la Vilatorrada. En ese colegio electoral actuó la Guardia Civil y resultaron heridas 14 personas que se encontraban allí evitando la acción policial.La resolución judicial insiste en varias ocasiones en el argumento de que los agentes tendrían que haber avisado antes de cargar: “No parece que la actuación policial se iniciará mediando la obligada información, aviso y requerimiento a los congregados (...) sin aviso alguno y sin intentar apartarlos de delante de la puerta, ya fuera cogiéndolos y/o arrastrándolos, de forma sorpresiva les golpearon con las porras y defensas”. Sin embargo, el propio auto admite que el motivo de la presencia ese día de las fuerzas de seguridad “pudiera resultar evidente”. El escrito está firmado por tres jueces, si bien uno de ellos ha emitido un voto particular discordante con los argumentos de sus dos compañeros entre los que se encuentra el juez José María Assalit Vives, encargado de redactar el auto. Este magistrado estampó su firma en 2014 bajo un manifiesto junto a otros 30 compañeros que ejercían en ese momento en Cataluña. “La negación del derecho a decidir sólo se puede entender y sostener por un criterio estrictamente ideológico y político de negar la realidad nacional de Cataluña”, decía el texto bajo el título ‘Manifiesto de jueces por el derecho a decidir'.El auto acepta el recurso presentado por 14 denunciantes al que se sumó la Generalitat y en gran parte la Fiscalía. Pedían a un Juzgado de Manresa que identificase a los guardias civiles que el 1-O actuaron en el Instituto Quercus de Sant Joan de Vilatorrada. También querían que el juez pidiese a Interior un informe sobre los agentes desplegados en la zona y las órdenes que recibieron y a la Guardia Civil y los Mossos una serie de imágenes y grabaciones de ese día. Además instaban a citar como investigado al teniente responsable del operativo. A esta última petición no se adhirió la Fiscalía.El citado Juzgado desestimó esta batería de diligencias dejando entrever un inminente archivo. Alegó, entre otros motivos, que los agentes cumplieron con el deber que les impuso el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Este argumento lo secunda en su voto particular la jueza Rosa Fernández Palma, una de las tres integrantes de la Sección Quinta. También recuerda que, antes de cargar, los agentes fueron empujados por la multitud haciéndoles retroceder y que hubo hasta un “forcejeo” entre guardias civiles y Mossos d’Esquadra.“La violencia ejercida fue mínima”, dice esta jueza antes de dejar claro que a su entender habría que retirar del auto el párrafo en el que se defiende haber dejado votar para evitar incidentes “porque da la apariencia de posicionamiento sobre la conveniencia general de las intervenciones policiales”.
Añadir DiarioSabemos como fuente preferida de Google de forma gratuita
Mantente informado con las últimas noticias de actualidad.