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La sombra de Núremberg

22 de Noviembre de 2025
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La sombra de Núremberg

El próximo mes de enero se celebrará en La Haya, Holanda, la tradicional ceremonia oficial de apertura del año judicial en la Corte Internacional de Justicia, el máximo órgano judicial de Naciones Unidas. Desde 1946, en este marco, magistrados, fiscales, altos funcionarios y expertos en derecho internacional, así como representantes de otros tribunales nacionales e internacionales —entre ellos, como viene siendo habitual en los últimos años, una delegación oficial de la Corte Centroamericana de Justicia encabezada por su Magistrado-Presidente, el reconocido jurista y docente salvadoreño César Ernesto Salazar Grande— se reúnen en seminarios y diversos eventos especializados. En estos espacios se abordará el estado de la cooperación judicial internacional en diferentes áreas: la resolución de diferencias y controversias entre Estados nacionales, los arbitrajes por litigios territoriales y fronterizos, los diferendos en acuerdos comerciales o cuestiones como el enjuiciamiento de crímenes penales de especial gravedad (genocidio, crímenes de guerra, crímenes contra la paz, etc.) por parte de la justicia internacional.

En este sentido, cuando se cumplen estos días los 80 años de su celebración, conviene recordar el precedente para la justicia internacional de los llamados juicios de Núremberg —ciudad alemana donde tuvieron lugar en 1945 y 1946—, en los que se procesó y condenó a los principales jerarcas nazis por los delitos cometidos durante la 2.ª Guerra Mundial. Es importante tener presente que hasta entonces no se había realizado ningún juicio de estas características, lo que obligó tanto a los magistrados de Francia, Unión Soviética, Estados Unidos y Reino Unido, que conformaban el Tribunal Militar Aliado, como a los fiscales, a enfrentarse a desafíos de enorme envergadura.

Entre el 20 de noviembre de 1945 y el 1 de octubre de 1946, el Tribunal de Núremberg —al que siguieron posteriormente otros juicios a funcionarios y militares de menor rango— trabajó en base a los principios de la "Carta de Londres", que establecía tres tipos de delitos: crímenes contra la paz, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad. A partir de estos cargos se desarrollaron, durante varios meses, las sesiones del proceso en esta ciudad alemana —donde el régimen de Adolf Hitler aprobó sus tristemente célebres "leyes raciales"—, y en las que todos los acusados dispusieron de abogados defensores y plena libertad para elegir sus líneas de defensa.

Es obligado destacar que la acusación contó, además de con las espeluznantes imágenes filmadas por los camarógrafos aliados al liberar los campos de concentración nazis —donde se ejecutó el Holocausto contra la población judía en Europa, más de seis millones de personas asesinadas—, con pruebas relativas a los crímenes cometidos contra otras minorías raciales como los gitanos, contra prisioneros de guerra —en particular soviéticos, con 3,3 millones de asesinados— y contra oponentes políticos al nazismo. A ello se sumaron los testimonios de prisioneros supervivientes de estos centros de tortura y exterminio. Estas declaraciones, junto con las de funcionarios y militares alemanes y las indiscutibles pruebas gráficas y materiales sobre las cámaras de gas, fueron claves para las condenas dictadas. Doce oficiales de alto rango del régimen nazi fueron condenados a la horca, siete a penas de prisión en la cárcel berlinesa de Spandau y tres resultaron absueltos. Núremberg fue, y continúa siendo, un modelo para afrontar con imparcialidad y rigor la justicia penal internacional. En este sentido, tanto el Tribunal Penal Internacional —que no debe confundirse con la ya mencionada Corte Internacional de Justicia, también con sede en La Haya— como los tribunales internacionales para la antigua Yugoslavia o Ruanda tienen estructuras y fundamentos inspirados en aquellos juicios.

Los crímenes de guerra, como hemos podido comprobar en lugares como Ruanda, Timor Oriental o la antigua Yugoslavia, o en conflictos más actuales como Gaza, Sudán o Europa Oriental, son extremadamente difíciles de juzgar debido a sus características particulares y al perfil de las personas encausadas —por lo general, autoridades civiles o militares de alto rango—. En la actualidad, desde su creación por el Estatuto de Roma, el Tribunal Penal Internacional —con estructura y competencias distintas a las de la Corte Internacional de Justicia— se ha encargado, también desde La Haya, de procesar diferentes casos relativos a tipos penales similares a los enjuiciados en 1945 y 1946 en Núremberg: genocidio, crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra, etc.

Durante mi estancia en Irak en 2003, en el transcurso del conflicto bélico —donde tuve ocasión de coincidir con experimentados corresponsales de guerra como Enrique Serbeto, de ABC, igual que algunos años antes en Palestina en 2002, o en Indonesia en 1999, donde tuve también la oportunidad de conocer a las valientes corresponsales de TVE Ángela Rodicio y Rosa María Calaf—, una de las cuestiones centrales del debate internacional era la necesidad de enjuiciar a los responsables de los crímenes cometidos contra la población civil. Esta tarea, veinte años después, vuelve a estar sobre la mesa de la comunidad internacional ante el agravamiento de los conflictos en diversas regiones del mundo.

El papel de Naciones Unidas, en particular de instancias como el Consejo de Seguridad —ante el cual tuve ocasión de intervenir el pasado 19 de agosto en una sesión monográfica en Nueva York sobre conflictos armados—, así como el de la Corte Internacional de Justicia y el Tribunal Penal Internacional, ambos con sede en La Haya, es sin duda clave en la prevención y castigo de los responsables de estos delitos, tanto los perpetrados por individuos como por Estados. Resulta necesario fortalecer a Naciones Unidas y promover el respeto a sus resoluciones, así como a las Convenciones de Ginebra, para garantizar la protección de las poblaciones civiles ante la actual escalada de inestabilidad global. Los gravísimos hechos juzgados en Núremberg no deben reproducirse jamás, y la justicia internacional debe consolidarse como un instrumento imparcial y global —sin dobles raseros— para hacer frente a los desafíos del siglo XXI. En este sentido, el Tribunal de Núremberg, formado por jueces de Estados Unidos, la Unión Soviética, Francia y Reino Unido, constituye una demostración evidente del éxito de la cooperación internacional en la búsqueda de justicia tras la derrota del nazismo y el fascismo. La sombra de Núremberg y de los gravísimos crímenes enjuiciados en aquella ciudad alemana en 1945 alcanza hasta nuestros días y nos recuerda la necesidad de permanecer vigilantes ante la posible repetición de los horrores que sufrió la población civil durante la 2.ª Guerra Mundial a manos de las ideologías racistas del nazismo y el fascismo.

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