La aprobación de la Pasarela al RETA puso fin a una espera demasiado larga, pero no cerró el conflicto que durante años ha acompañado a miles de profesionales atrapados en un sistema de previsión que no les garantizó la protección prometida. La ley reconoció finalmente la posibilidad de trasladar al régimen público los derechos económicos acumulados en las mutualidades alternativas, aunque dejó para el reglamento las condiciones que determinarán cuánto tiempo cotizado podrá recuperar cada persona y en qué términos se realizará la operación.
Ese margen reglamentario explica que los mutualistas no consideren concluida su movilización. Movimiento #J2, #J2 Procura y Plataforma Pasarela al RETA han convocado una manifestación para el sábado 17 de octubre, a las 12.00 horas, ante el Consejo General de Procuradores en Madrid, bajo el lema «Elma Saiz, escuche a los afectados». Las organizaciones reclaman una reunión directa con la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y con el secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez, además de un calendario público que permita conocer cómo avanzará la elaboración del reglamento.
La protesta no discute el avance que supone la ley ni ignora el compromiso del Ministerio de tramitar su desarrollo con la mayor agilidad posible. Lo que cuestiona es que una decisión capaz de condicionar las pensiones de miles de abogados, procuradores, arquitectos y otros profesionales pueda negociarse sin reservar una presencia efectiva a quienes han soportado las consecuencias del mutualismo alternativo y promovieron la reforma.
Una ley aprobada y una solución todavía incompleta
La Ley 2/2006 permite que quienes estén o hayan estado incorporados a una mutualidad alternativa soliciten voluntariamente la transferencia de sus derechos económicos a la Seguridad Social, siempre que cumplan las condiciones previstas y no tengan la consideración de pensionistas de un régimen público o de la propia mutualidad, con la excepción de las pensiones de viudedad. Una vez aprobado el reglamento, las personas incluidas dispondrán de un año para solicitar una transferencia que implicará su incorporación obligatoria e irreversible al RETA.
La parte decisiva, sin embargo, continúa pendiente. El reglamento deberá fijar los requisitos del procedimiento y la fórmula mediante la que el capital acumulado se transformará en periodos reconocidos de cotización. La ley establece que se tomará como referencia la base mínima que habría correspondido en el RETA y que deberá aplicarse un coeficiente de mejora situado entre el 0,67 y el 0,87 para compensar las contingencias que las mutualidades no cubrieron.
No se trata, por tanto, de un desarrollo meramente administrativo. La fórmula elegida determinará cuántos años consigue reconocer cada mutualista y qué expectativas reales de pensión tendrá después de trasladar al sistema público el ahorro acumulado durante su vida profesional. Entre el extremo inferior y el superior del coeficiente existe una diferencia suficientemente importante como para que la participación de los afectados no pueda reducirse a una consulta secundaria.
La norma fija un plazo máximo de tres meses desde su aprobación para establecer reglamentariamente esas condiciones. Publicada en el BOE el 31 de julio, el calendario conduce hasta finales de octubre, precisamente el periodo en el que las organizaciones convocantes han decidido volver a las calles.
La representación institucional no sustituye a los afectados
El Ministerio ha mantenido reuniones con el presidente del Consejo General de la Abogacía Española, Salvador González, y ha presentado esos encuentros como parte de un proceso de escucha con los colectivos profesionales. El departamento dirigido por Elma Saiz sostiene que pretende impulsar el reglamento con rapidez y trabajar junto a los profesionales para facilitar el acceso a pensiones públicas suficientes.
El compromiso resulta relevante, pero no resuelve la cuestión de quién se sienta en la mesa ni con qué capacidad para trasladar las demandas de quienes deberán decidir si se acogen a la pasarela. Las entidades convocantes sostienen que el Consejo General de la Abogacía y las instituciones de la Procura pueden desempeñar un papel útil, aunque rechazan que su presencia sea utilizada como sustituto de la interlocución directa con los movimientos que impulsaron las protestas, elaboraron propuestas técnicas y consiguieron convertir un problema durante años relegado en una cuestión política de primer orden.
Esa reclamación no debería interpretarse como un obstáculo para la tramitación urgente, sino como una condición necesaria para que la urgencia no produzca un reglamento ajeno a las situaciones que pretende solucionar. Escuchar a los afectados no consiste únicamente en recibir documentos o trasladar sus inquietudes a través de terceros, sino en permitirles defender sus propuestas ante quienes decidirán la fórmula de conversión, los requisitos documentales y el procedimiento aplicable.
La propia Abogacía Española ha informado de que Elma Saiz se comprometió a solicitar al Consejo de Ministros la tramitación urgente del reglamento y de que el presidente del Consejo trasladó al Ministerio las preocupaciones recogidas entre distintas asociaciones. Sin poner en duda esa función institucional, los convocantes recuerdan que la mediación no equivale a representación y que ninguna corporación puede atribuirse en exclusiva una voz construida durante años de movilización.
Participar para evitar una nueva desprotección
La Pasarela al RETA nació para corregir una situación que la propia exposición de motivos de la ley reconoce. La posibilidad de optar por una mutualidad alternativa, concebida inicialmente como una ventaja para determinados profesionales, terminó generando casos de desprotección y prestaciones inferiores a las que habrían correspondido dentro del sistema público.
Resultaría difícil justificar que, después de ese reconocimiento, el desarrollo de la solución volviera a diseñarse a distancia de las personas perjudicadas. Los mutualistas no están reclamando capacidad de veto ni un trato privilegiado, sino participar en la definición de un mecanismo que transformará aportaciones realizadas durante décadas en derechos dentro de la Seguridad Social. La reivindicación cobra todavía más sentido porque la decisión de acogerse a la pasarela será individual e irreversible y porque su conveniencia dependerá de factores como la edad, la carrera previa de cotización, el capital acumulado y los años que finalmente puedan reconocerse.
La movilización del 17 de octubre pretende mantener abierta esa discusión antes de que el reglamento quede cerrado. Sus convocantes valoran la voluntad de acelerar la tramitación, pero reclaman que el calendario sea público, que se respete la opción de acceso al RETA reconocida legalmente y que Movimiento #J2, #J2 Procura y Plataforma Pasarela al RETA sean recibidos directamente por Elma Saiz y Borja Suárez.
La ley constituye una conquista relevante y abre una salida que durante demasiado tiempo pareció imposible. Precisamente por la trascendencia del avance, el reglamento no puede convertirse en un espacio reservado a la Administración y a las estructuras profesionales tradicionales, porque la legitimidad institucional no anula la experiencia ni la representación social de quienes lograron colocar este problema en la agenda pública. La Pasarela al RETA comenzó con la movilización de los afectados y difícilmente podrá culminar de forma justa si sus voces quedan fuera cuando se deciden sus aspectos esenciales.
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