El juez Peinado aplica a Begoña Gómez la "probatio diabolica"

La defensa de Begoña Gómez le recuerda a Peinado algo que es de primero de derecho: la carga de la prueba corresponde a la acusación

15 de Julio de 2026
Actualizado el 23 de julio
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Peinado Caso Begoña

La burocracia de los Estados es, a menudo, un testigo mudo que sobrevive a las épocas de transición tecnológica, pero cuando la inercia de un cuño de tinta se convierte en el epicentro de un pulso de poder en el corazón del Estado, la jurisprudencia muta en literatura de lo absurdo. En el asfixiante verano judicial madrileño, el palacio de justicia de la plaza de Castilla asiste a una escena que parece arrancada de las páginas más febriles de Franz Kafka, donde las instituciones no exigen la comprobación de un hecho, sino la certificación imposible de la propia inocencia. El último capítulo del interminable periplo procesal de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, sitúa el foco sobre un objeto cotidiano desprovisto de marcas: un pasaporte en blanco, libre de la tinta húmeda que la aduana británica dejó de estampar hace años al rendirse a la fría precisión de los algoritmos de reconocimiento facial.

La decisión del magistrado Juan Carlos Peinado de reclamarle a la investigada que «acredite» que utilizó su documento de viaje única y exclusivamente para asistir a la graduación de su hija en Londres ha destapado una tormenta jurídica que trasciende las fronteras de la mera instrucción penal. Al amenazar a la esposa del líder del Ejecutivo con imputarle un nuevo delito de quebrantamiento de medida cautelar por carecer de un sello físico que el propio Reino Unido ya no imprime, el juez de instrucción ha cruzado un rubicón metodológico. Este requerimiento no solo ha provocado la airada reacción de la defensa, ejercida por el exministro socialista Antonio Camacho, sino que ha empujado a la Fiscalía a acusar abiertamente al instructor de idear una auténtica «confabulación» destinada a justificar, cueste lo que cueste, la asfixia de los derechos civiles de la investigada mediante analogías históricas que rozan la fantasía política.

La realidad digital de la frontera británica

El origen de la última fricción reside en una autorización excepcional. El pasado mes de junio, tras decretar la apertura del juicio oral contra Begoña Gómez por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida, el juez Peinado decidió retirarle el pasaporte, prohibirle la salida del territorio nacional y obligarla a comparecer quincenalmente ante el juzgado, apoyándose en el supuesto riesgo de fuga aireado por la acusación popular que encabeza la asociación ultra Hazte Oír. No obstante, el instructor accedió a devolverle temporalmente el documento de viaje para que pudiera desplazarse al Reino Unido con un propósito estrictamente familiar y acotado: presenciar la ceremonia de graduación de su hija.

La polémica estalló el pasado lunes, cuando el magistrado, tras recuperar el pasaporte de la investigada, comprobó con estupefacción que las páginas del documento no mostraban marcas de entrada ni de salida de la frontera británica. En una resolución calificada de «sorprendente» por la defensa, Peinado exigió a la representación procesal de Gómez que, en un plazo perentorio de cinco días, aportara evidencias científicas o documentales de que el viaje se ciñó única y exclusivamente al fin autorizado.

La respuesta de Antonio Camacho ha sido un preciso tratado de geografía administrativa moderna. El escrito de alegaciones recuerda al juzgado de instrucción número 41 de Madrid que el Reino Unido de la era post-Brexit no es un espacio anclado en el siglo veinte. La UK Border Force ha implementado de manera progresiva y sistemática un sistema de control fronterizo basado en procedimientos electrónicos de verificación de identidad, registro digital de entradas y puertas automáticas de pasaporte electrónico (e-gates). En esta nueva arquitectura de la seguridad fronteriza, el estampado manual de los pasaportes ha dejado de ser la práctica ordinaria, convirtiéndose en una reliquia del pasado que solo se aplica en casos residuales. El juez, al exigir un sello físico como prueba única de la verdad, parece haber ignorado deliberadamente las transformaciones digitales del continente que aspira a fiscalizar.

La inversión de la carga de la prueba y el retorno de la «probatio diabolica»

Más allá de la anécdota aduanera, el recurso interpuesto por la defensa de la esposa del presidente golpea directamente la línea de flotación de las garantías procesales que definen a una democracia occidental. Camacho sostiene con dureza que el requerimiento del magistrado invierte de forma flagrante el principio cardinal del proceso penal, según el cual la carga de la prueba corresponde siempre a la acusación y nunca a la defensa. Al exigir que la investigada demuestre que no realizó ninguna actividad delictiva o no autorizada durante su estancia en territorio británico, el juzgado le está imponiendo la obligación de certificar un hecho negativo absoluto.

En la doctrina procesal y la jurisprudencia histórica, este requerimiento es conocido bajo el pavoroso término de probatio diabolica o prueba diabólica: la exigencia jurídica de probar que algo no ocurrió, un imposible metafísico cuando ese «algo» no está concretado en un acto, un momento o un lugar específico. La defensa argumenta que si el instructor o las acusaciones particulares albergan la más mínima sospecha de que Begoña Gómez desobedeció los límites de la autorización judicial, son ellos quienes tienen la obligación de investigar, recabar los indicios y demostrar el presunto quebrantamiento. Exigir que el ciudadano disipe las dudas del juzgado mediante la autofiscalización de su vida privada supone dinamitar la presunción de inocencia para sustituirla por una presunción de culpabilidad preventiva.

A pesar de la dureza conceptual de su recurso, la representación de Gómez ha optado por un pragmatismo pacificador y ha entregado al juzgado los billetes de avión de la compañía aérea con la que la investigada voló a Londres y regresó desde la ciudad de Bristol. Esta prueba documental viene a corroborar las imágenes captadas por diversos medios digitales de comunicación en las que se podía ver al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y a su esposa asistiendo al acto académico y embarcando posteriormente en el vuelo de retorno a España. Asimismo, la defensa ha lanzado un guante al propio magistrado: si persiste en dudar de la palabra de la investigada, que sea el propio juzgado el que solicite a las autoridades británicas, a través de los cauces oficiales de cooperación judicial internacional, los registros digitales de la UK Border Force, los únicos que poseen la capacidad legal de certificar de forma fidedigna los movimientos de entrada y salida del país.

La conspiración del expresidente fugado

El verdadero clímax de esta batalla judicial no se libra en la discusión sobre los billetes de avión, sino en los argumentos que sustentan las medidas cautelares aplicadas a la cónyuge del jefe del Ejecutivo. En un durísimo escrito que arremete sin paliativos contra la actuación de Juan Carlos Peinado, la Fiscalía ha acusado al instructor de diseñar una confabulación artificial para justificar la retirada del pasaporte de Begoña Gómez, recurriendo a analogías históricas que el Ministerio Público no duda en calificar de disparatadas y carentes de cualquier rigor lógico.

Para justificar el supuesto riesgo de fuga de la investigada, el juez Peinado argumentó en su auto de junio que en la historia europea existían precedentes de altísimos mandatarios que habían eludido la acción de la justicia escapando a otros continentes. En concreto, el magistrado invocó la figura de Bettino Craxi, el histórico líder socialista que ejerció como presidente del Consejo de Ministros de Italia entre 1983 y 1987, y que acabó sus días exiliado en la localidad tunecina de Hammamet tras verse cercado por las investigaciones de corrupción del proceso Mani Pulite (Manos Limpias) en la década de los noventa.

La réplica de la Fiscalía a esta comparación histórica ha sido demoledora, evidenciando un grave error de cronología y contexto por parte del instructor. El Ministerio Público recuerda que Craxi no se fugó a Túnez siendo presidente del Gobierno en ejercicio, sino que lo hizo muchos años después de haber abandonado el poder, cuando ya era un ciudadano particular desprovisto de responsabilidades de Estado. Elevar una anécdota histórica tergiversada a la categoría de indicio racional para justificar que la esposa del actual presidente del Gobierno de España planea huir de la justicia —con la supuesta complicidad de sus propios escoltas policiales, como llegó a sugerir el auto de Peinado— constituye, a juicio de los fiscales, un ejercicio de funambulismo judicial inaceptable.

La bola de cristal y el peligro de la justicia de autor

La contundencia de la Fiscalía refleja el profundo malestar que recorre a una parte de la carrera judicial ante lo que se percibe como una deriva de "justicia de autor" en el caso de Begoña Gómez. Al prescindir de parámetros reales, objetivos y mensurables para evaluar el riesgo de fuga —como el arraigo familiar, social y profesional de una persona que reside en el propio palacio de La Moncloa y cuya vida cotidiana transcurre bajo un férreo escrutinio público—, el juzgado se adentra en el movedizo terreno de las conjeturas de carácter prospectivo.

«Nadie tiene una bola de cristal para adivinar qué sucederá o no», advierte con ironía el Ministerio Público en su escrito ante la Audiencia Provincial de Madrid, insistiendo en que las medidas restrictivas de la libertad fundamental no pueden basarse en corazonadas, analogías sesgadas con políticos italianos del siglo pasado o presiones de las acusaciones populares de marcado carácter ideológico. La ausencia de lógica y de un análisis individualizado del caso concreto no solo deslegitima la resolución judicial, sino que proyecta la peligrosa sensación de que el proceso penal está siendo utilizado como una herramienta de desgaste político y personal contra la Presidencia del Gobierno.

El recurso de la defensa y la ofensiva de la Fiscalía colocan ahora la pelota en el tejado de la Audiencia Provincial de Madrid. Será este tribunal superior el encargado de dictaminar si las medidas cautelares impuestas a la esposa del presidente responden a la ortodoxia constitucional o si, por el contrario, forman parte de un laberinto procesal diseñado para prolongar artificialmente la sospecha y mantener abierta una vía de agua en el flanco más íntimo y vulnerable de Pedro Sánchez. Mientras tanto, en los pasillos de la calle Fortuny y en los despachos de la plaza de Castilla, el caso continúa su avance, consolidándose como uno de los sumarios más controvertidos y determinantes de la historia judicial española reciente.

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