Fuentes jurídicas y administrativas cercanas al Palacio de la Moncloa han señalado a Diario Sabemos que en el gobierno de Pedro Sánchez estaría comenzando a abrirse un debate que hasta hace poco parecía políticamente inasumible y estaría valorando solicitar informes jurídicos internos para analizar la viabilidad de conceder la fijeza automática a trabajadores interinos de larga duración en el sector público, al menos en lo referido a la Administración General del Estado. La cuestión no es menor: afecta a cientos de miles de empleados temporales en administraciones de España y se sitúa en el cruce entre derecho constitucional, derecho administrativo y derecho europeo.
El interés del Gobierno por estudiar esta posibilidad responde a un cambio progresivo en el clima jurídico que rodea el problema de la temporalidad pública. Durante años, la tesis dominante sostenía que cualquier forma de conversión automática de interinos en empleados fijos chocaría con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público. Sin embargo, distintas resoluciones judiciales y análisis doctrinales han comenzado a cuestionar esa interpretación rígida, abriendo la puerta a soluciones jurídicas más complejas.
Tal y como venimos publicando desde hace años en Diario Sabemos, diversas sentencias y pronunciamientos judiciales, tanto en España como en Europa, además de importantes dictámenes jurídicos, indican que la fijeza como sanción frente al abuso de temporalidad no sería necesariamente incompatible con el orden constitucional español.
La raíz del problema se encuentra en el modelo de contratación pública desarrollado en España durante las últimas décadas. Las administraciones han recurrido de forma sistemática a contratos temporales para cubrir necesidades estructurales, generando una bolsa masiva de trabajadores interinos que desempeñan funciones permanentes. En ámbitos como la sanidad, la educación, la Justicia o la administración local, miles de empleados han permanecido años e incluso décadas ocupando plazas estructurales sin convertirse en personal fijo. Esta práctica ha provocado que el sector público español alcance tasas de temporalidad muy superiores a las de otros países europeos. La situación terminó trasladándose a los tribunales, donde los trabajadores afectados comenzaron a denunciar lo que consideran un abuso sistemático de la contratación temporal por parte de las administraciones.
El elemento que ha transformado el debate jurídico ha sido la intervención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en varias sentencias ha cuestionado la respuesta española frente al abuso de la temporalidad en el empleo público. El tribunal europeo ha recordado reiteradamente que los Estados miembros están obligados a establecer medidas efectivas y disuasorias para sancionar el uso abusivo de contratos temporales, tal como exige la directiva europea sobre trabajo de duración determinada. En sus resoluciones, el TJUE ha señalado que la mera convocatoria de procesos selectivos o la organización de oposiciones no constituye necesariamente una sanción suficiente, especialmente cuando el trabajador ha soportado durante años una situación irregular provocada por la propia administración. Esta interpretación ha llevado a algunos tribunales y expertos a plantear que la conversión del interino en trabajador fijo podría ser una de las pocas sanciones realmente eficaces para corregir el abuso.
Uno de los principales obstáculos políticos y jurídicos para esta solución ha sido la interpretación tradicional de los principios constitucionales que rigen el acceso al empleo público. Sin embargo, distintos análisis jurídicos recuerdan que el Tribunal Constitucional de España ha reconocido en varias ocasiones que el legislador dispone de un margen significativo para diseñar medidas excepcionales que corrijan situaciones anómalas dentro de la administración.
La clave jurídica reside en diferenciar dos planos distintos. Por un lado, el acceso ordinario a la función pública, que debe regirse por los principios de igualdad, mérito y capacidad. Por otro, la reparación de una situación ilegal provocada por el abuso de la contratación temporal. Desde esta perspectiva, la fijeza no se interpretaría como un sistema alternativo de acceso al empleo público, sino como una consecuencia jurídica derivada de una actuación irregular de la administración.
El conflicto de los interinos no solo se desarrolla en los tribunales. También se ha convertido en una cuestión política de primer orden. En los últimos años, los distintos gobiernos han impulsado procesos extraordinarios de estabilización con el objetivo de reducir la temporalidad en el sector público. Estas medidas han incluido oposiciones específicas y concursos de méritos destinados a consolidar plazas ocupadas por interinos. No obstante, muchos colectivos consideran que estas soluciones no corrigen el abuso previo, ya que obligan a los trabajadores afectados a competir nuevamente por puestos que llevan años desempeñando.
En este contexto, la posibilidad de que, tal y como señalan las fuentes consultadas, el Gobierno estudie informes jurídicos sobre la fijeza automática refleja un cambio significativo en el enfoque político del problema.
Si finalmente se abre esa vía, España podría enfrentarse a una de las reformas más profundas de su modelo de empleo público en décadas. Porque lo que está en juego no es solo la situación laboral de cientos de miles de trabajadores, sino también la definición misma de cómo el derecho administrativo responde a los abusos generados por la propia administración.