El Consejo de Ministros aprobará este martes el Proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal (Loecrim), una norma que transformará de raíz el proceso penal en España. Con ella, el Gobierno busca adaptar un sistema nacido en el siglo XIX —la actual ley data de 1882— a las necesidades y garantías del siglo XXI. La reforma, que entrará en vigor el 1 de enero de 2028, cambiará quién investiga los delitos, cómo se protege a las víctimas y quién puede participar en los procesos penales.
Un cambio de modelo: los fiscales asumirán la investigación
El cambio más profundo que introduce la Loecrim es la atribución de la investigación penal al Ministerio Fiscal, una competencia que, durante casi siglo y medio, ha correspondido a los jueces instructores. El objetivo del Ejecutivo es implantar un modelo “moderno, ágil y garantista”, alineado con el de la mayoría de países europeos.
A partir de 2028, serán los fiscales quienes dirijan las investigaciones. Sin embargo, no actuarán sin control: las decisiones que afecten a derechos fundamentales —como un registro domiciliario o una prisión provisional— estarán supervisadas por un nuevo actor procesal, el juez de garantías, encargado de autorizar y vigilar que la investigación respete la legalidad.
Una vez finalizada esa fase, otro juez decidirá si se abre juicio oral, y un tercero será el encargado de juzgar los hechos. Con este esquema, el Gobierno pretende reforzar la imparcialidad judicial y garantizar el derecho de defensa. “El Ministerio Fiscal promoverá la acción de la justicia, mientras los jueces se centrarán en juzgar y ejecutar lo juzgado”, resumen fuentes del Ministerio de Justicia, que dirige Félix Bolaños.
Más derechos para las víctimas y mayor control procesal
El nuevo texto amplía las garantías de las personas investigadas y, al mismo tiempo, refuerza la protección de las víctimas. Se establecen medidas para evitar su revictimización y se reconoce su papel como parte activa del procedimiento.
También se regulan técnicas modernas de investigación, como la utilización de marcadores de ADN, la verificación de edad o las intervenciones corporales bajo control judicial. Además, se introducen mecanismos alternativos al ejercicio automático de la acción penal, como el principio de oportunidad, que permitirá archivar causas sin relevancia penal o con reparación del daño, evitando procesos innecesarios.
La acusación popular, más limitada
Otra de las grandes novedades es la redefinición de la acusación popular, figura que permitía a cualquier ciudadano, partido o sindicato personarse en un procedimiento penal. La nueva Loecrim excluye expresamente a partidos políticos, sindicatos y entidades públicas, una decisión que el Gobierno justifica para “evitar el uso partidista de los tribunales”.
Solo podrán ejercer la acusación popular las asociaciones o entidades con un vínculo legítimo con el caso y en un número limitado de delitos: corrupción, violencia de género, odio, delitos contra los consumidores o financiación ilegal de partidos. De esta forma, se busca conservar la participación ciudadana, pero dentro de límites que garanticen la neutralidad del proceso.
Un nuevo equilibrio en la Fiscalía
La Loecrim llega acompañada de una reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF). El mandato del fiscal general del Estado se amplía de cuatro a cinco años y deja de coincidir con la duración de la legislatura, siguiendo las recomendaciones de la Comisión Europea y del Consejo de Europa.
Además, se endurecen las condiciones para su destitución: solo podrá ser cesado por incumplimiento grave de sus funciones, y previo informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El objetivo es reforzar la autonomía del Ministerio Fiscal y evitar que el Gobierno pueda influir en sus decisiones.
Las comunicaciones entre el fiscal general y el Ejecutivo deberán hacerse por escrito y ser públicas, y se prohíbe al Gobierno dar indicaciones concretas sobre casos judiciales. También se refuerza el papel de la Junta de Fiscales de Sala, que podrá imponer su criterio si tres quintas partes de sus miembros lo respaldan.
La Fiscalía asumirá además la dirección de la Policía Judicial en las investigaciones penales, lo que supone una reorganización profunda de su estructura interna.
Un largo camino hasta la reforma
La aprobación de esta ley pone fin a más de 15 años de intentos frustrados. Ya en 2011, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero planteó un anteproyecto que otorgaba la instrucción a los fiscales, pero la disolución anticipada de las Cortes impidió su tramitación. En 2012, el Ejecutivo de Mariano Rajoy creó una comisión presidida por el magistrado Manuel Marchena, que elaboró un texto similar, aunque tampoco prosperó.
En 2020, el ministro socialista Juan Carlos Campo recuperó la propuesta, pero la pandemia y el cambio de titular en Justicia retrasaron su avance. Ahora, con Bolaños al frente, el Ejecutivo la impulsa definitivamente con el respaldo del Consejo de Estado y del Consejo General del Poder Judicial.
Un sistema más moderno, pero también más exigente
El nuevo modelo no afectará a los casos ya en curso. Solo los procedimientos iniciados a partir del 1 de enero de 2028 se regirán por las nuevas reglas. Los procesos anteriores continuarán bajo el sistema actual, con jueces instructores.
El Gobierno defiende que el cambio permitirá acelerar los procedimientos y reducir los atascos judiciales, al eliminar duplicidades y centralizar la investigación en el Ministerio Fiscal. No obstante, algunos sectores de la judicatura y asociaciones profesionales han expresado reservas, temiendo que la figura del fiscal pueda quedar expuesta a presiones políticas.
Para el Ejecutivo, la reforma es una apuesta por la independencia institucional y la transparencia, una oportunidad de “dejar atrás un sistema anclado en el siglo XIX” y construir una justicia más ágil, garantista y cercana al ciudadano.