La renta 2025 arranca en abril: fechas clave y qué conviene tener preparado

La campaña se extiende del 8 de abril al 30 de junio, con distintos plazos según la forma de presentación y la necesidad de revisar datos antes de enviarla

27 de Marzo de 2026
Actualizado el 30 de marzo
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La renta 2025 arranca en abril: fechas clave y qué conviene tener preparado

Abril vuelve a marcar el inicio de uno de los trámites más habituales del calendario fiscal. Con la llegada de ese mes comienza la campaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2025, un proceso que se prolongará hasta finales de junio y que, como cada año, obliga a miles de contribuyentes a revisar números, documentos y datos personales.

El calendario está ya fijado. El plazo general para presentar la declaración va del 8 de abril al 30 de junio, ambos incluidos. Pasado ese límite, si existe obligación de declarar y no se ha hecho, la Agencia Tributaria puede aplicar recargos por presentación fuera de plazo.

Conviene no perder de vista un detalle básico: la declaración que se presenta ahora corresponde a los ingresos, rendimientos y datos fiscales del año 2025, no del actual.

A partir de ahí, los tiempos cambian según la forma en la que se decida hacer el trámite.

Quienes opten por la vía online podrán presentar la declaración desde el primer día, el 8 de abril, y hacerlo en cualquier momento hasta el cierre de la campaña. Es la opción más flexible y la que concentra la mayor parte de las presentaciones.

En el caso de la atención telefónica, el calendario se desplaza unas semanas. Se podrá hacer entre el 6 de mayo y el 30 de junio, pero antes será necesario pedir cita previa, algo que se habilita desde el 29 de abril.

Para quienes prefieran acudir a una oficina, el margen es más reducido. La atención presencial comenzará el 1 de junio y se extenderá también hasta el 30 de junio. En este caso, la cita previa se podrá solicitar a partir del 29 de mayo.

Antes de presentar nada, hay un paso que conviene no saltarse. Revisar los datos fiscales.

La Agencia Tributaria ya dispone de una gran parte de la información del contribuyente: identidad, domicilio fiscal, rendimientos del trabajo o datos de ejercicios anteriores. Pero eso no significa que esté todo correcto o completo. Comprobarlo evita errores que luego pueden derivar en rectificaciones o problemas posteriores.

Ese acceso se puede hacer a través de la web o la aplicación de la Agencia Tributaria. Para entrar, será necesario identificarse con alguno de los sistemas habituales: DNI electrónico, Cl@ve, autenticación europea (eIDAS) o el número de referencia de una declaración anterior.

A partir de ahí, empieza la parte menos automática.

Porque aunque Hacienda ya tenga muchos datos, hay documentos que siguen siendo necesarios o, al menos, recomendables tener a mano. Sobre todo si se quiere aplicar deducciones o justificar ingresos que no aparecen reflejados.

No es obligatorio presentarlos en ese momento, pero sí tenerlos preparados.

Entre ellos, el DNI y el número de cuenta (IBAN), certificados del pagador en caso de trabajo por cuenta ajena, referencias catastrales de inmuebles y recibos del IBI. También contratos y facturas si se tienen propiedades en alquiler, así como documentos de compra o venta de inmuebles.

A eso se suman justificantes de inversiones —acciones, letras del tesoro o criptomonedas—, certificados de fondos de inversión o documentación relativa a premios y subvenciones.

Hay además gastos que pueden marcar la diferencia en el resultado final de la declaración. Recibos vinculados al alquiler, seguros asociados a hipotecas o incluso pagos relacionados con vehículos eléctricos y puntos de recarga pueden dar derecho a deducciones si se cumplen los requisitos.

En caso de duda, la Agencia Tributaria mantiene varios canales de ayuda. Existen teléfonos de atención —como el de tributación básica (91 554 87 70) o el de información y citas (91 333 53 33)— disponibles de lunes a viernes en horario de mañana.

También se puede recurrir a la cita previa, tanto telefónica como presencial, o al asistente virtual de la propia Agencia, que funciona como una guía rápida para resolver cuestiones frecuentes.

Al final, más allá de fechas y documentos, la campaña sigue siendo lo mismo de cada año: un proceso en el que conviene revisar con calma, comprobar datos y no dejarlo para el último momento. Porque los plazos son amplios, pero el margen de error suele ser bastante más corto.

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