Violencia vicaria, la crueldad cobarde

Juristas, colectivos de madres y la sociedad civil advierten del peligro que supone incluir la violencia vicaria como nuevo tipo delictivo autónomo en el Código Penal

29 de Marzo de 2026
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Durante los últimos tiempos, penosamente, leemos el término ‘violencia vicaria’ ligado a hechos que avergüenzan. Cuando oímos testimonios o vemos imágenes que ilustran ese maltrato nos indignamos más. El Ministerio de Igualdad, según textos de Fundación Amás, explica las causas del fenómeno añadiendo actor: ‘‘el hombre hace daño a la mujer a través de sus seres queridos, a través de sus hijos”. De su parte, la Universidad Complutense aclara que esta violencia no es parricidio, en casos de asesinato: “La [violencia] vicaria es la más cruel y despiadada porque causa un daño irreparable y destruye a la mujer”.

En el tema definitorio de esta violencia encontramos más detalle. Lo suscribe el Colegio de Trabajo social de Valladolid y Soria: “Es una forma de violencia de género (viogen) por la cual los hijos e hijas de las mujeres víctimas de viogen son instrumentalizados como objeto para maltratar y ocasionar dolor a sus madres. Es una violencia secundaria a la víctima principal, que es la mujer. Se trata de una estrategia cruel y manipuladora utilizada por sus maltratadores para mantener el poder y control sobre sus víctimas. Al dañar a personas cercanas a la víctima, el agresor busca asegurarse de que la mujer se sienta atrapada en la situación y no pueda escapar fácilmente de una relación abusiva. Es una forma de abuso extremadamente destructiva y peligrosa que requiere una atención especial y medidas para proteger a todas las personas afectadas”.

Amnistía Internacional añade que la violencia vicaria “genera el máximo sufrimiento posible, incluso cuando la relación ya ha terminado. En casos extremos llega a traducirse en el asesinato de hijos e hijas”.

Las teorías indicadas regalan un ejemplo indubitado en una sentencia del TSJ andaluz. Condenó, en 2011, al desalmado José Bretón a 40 años de cárcel por asesinar y calcinar a sus dos hijos: “el acusado no mató porque quisiera la muerte de Ruth y José [sus hijos], sino para hacer sufrir a su madre, verdadera víctima en el ánimo del acusado”.  

Ejemplo y cruda realidad

Vayamos a una hipótesis. Se aplicaría a madres que, tras denunciar viogen, pierden la custodia de hijos si la defensa del presunto maltratador invoca el denominado Síndrome de Alienación Parental (SAP). Tal desafuero se plasmaría si avanza en Cortes y Senado el Anteproyecto de Ley Orgánica de Violencia Vicaria, según la periodista María Kohan.

La teoría indicada ya es una realidad minoritaria entre juzgadores que admiten el SAP como fuente que nutre sus sentencias. Guste o no sobrevuela, el SAP, sobre algunas mentes de menores que son víctimas de rupturas de pareja tormentosas. Cada parte reclama la fidelidad del menor inventando o manipulando al hijo o hija.

Las relaciones entre progenitores e hijos se tensionan tras integrarse en la estrategia de padres enfrentados a que los menores tomen partido en una guerra donde nadie gana. Según Kohan, Naciones Unidas pidió explicaciones a España, al menos en cinco ocasiones, por admitir el SAP como parte de una Justicia que se presume equitativa cuando decide conflictos.

Juristas, colectivos de madres y la sociedad civil advierten del peligro que supone incluir la violencia vicaria como nuevo tipo delictivo autónomo en el Código Penal. El indicado anteproyecto de Ley lo separa de la viogen. Estaríamos, por segunda vez, ante los devastadores efectos de la conocida ‘[ley] del sí o sí’ (Ley Orgánica 10/22) que unificaba los tipos penales de agresión y abusos sexuales a mujeres sin el preceptivo consentimiento. Un error ministerial activó los reflejos de abogados de culpables. Lograron revisar a la baja casi 1.200 condenas. Hubo 126 excarcelaciones de los peores pederastas, violadores y agresores; algunos ya registraron hasta reincidencia. En abril de 2023 se reformó dicha Ley Orgánica por el legislativo al reintroducir el subtipo agravado de violencia o intimidación.

‘Hoja de ruta’ legislativa

El Ministerio de Juventud e Infancia ya anunció que se desmarca de una norma ‘en capilla’ parlamentaria que puede ser más funesta que la indicada ‘ley del sí es sí’. La ministra Sira Rego fue advertida de los peligros que corren madres y menores si persiste la redacción textual vigente. Los aliados del PSOE en Moncloa marcan así un margen de error imperdonable. No se percató de ello la soberbia de Irene Montero defendiendo la ‘ley de sí es sí’. Recordémoslo.

Tal norma logró los efectos contrarios ante la buena fe del legislador. La hoy europarlamentaria sigue sin justificarse, sin explicar su tozudez y sin autocrítica. La palabra ‘perdón’ acaso no estaría en su vocabulario.  

Ana Redondo, ministra de Igualdad, meses atrás recalcó que la norma es para proteger a víctimas de violencia vicaria y concienciar a la sociedad contra "estas violencias tan radicales y salvajes, absolutamente inconcebibles". Insinuó que habrá más normas para paliar el problema.

La variable económica de la violencia vicaria es tanto o más cruel. Se finge o adelanta un ‘despido’ laboral para pasar a la ‘economía sumergida’, se modifican jornadas o turnos con la connivencia del empleador, se artificia insolvencia o bien se ofertan miserias como pago de pensiones

Juristas que se pronunciaron al efecto matizan, para introducir el delito de la violencia vicaria, que son precisas garantías y avales que añadan seguridad jurídica a denunciantes, víctimas y actores. Justo para que no se franqueen falsas denuncias y beneficios procesales en procesos de divorcio, por ejemplo. Para que no se cuelen efectos indeseados.

Ya hay precedentes: María Sanahuja, que fuera magistrada decana en Barcelona, advirtió en 2008 que la Ley de viogen (LO 1/2004) está ‘bien intencionada’. No soslayó la juzgadora a las mujeres que la usan para ‘obtener beneficios en procesos de divorcios’. El feminismo más radical le aplicó normas de ‘cancelación’ a una Jueza que, por vivir tales verdades en los juzgados, soportó una persecución que continúa hasta hoy.      

Retomando la próxima ley que regulara la violencia vicaria, se añade al respecto que los menores afectados deberán ser escuchados, delimitar si hay o no SAP y que se suspenda la custodia o patria potestad a padres condenados por viogen o que tengan fijados juicios orales.

Sobre menores ya hay normas. Ley de Protección Jurídica (LO 1/96) anticipa otra contra la violencia en la infancia (LOPIVI) aprobada en 2021. El Ministerio del ramo lleva desde 2024 intentando plasmar cambios sustantivos que sumen derechos y verdadero amparo a los niños, niñas y adolescentes ante situaciones de violencia, abuso, pederastia, etc. En temas de violencia vicaria conviene añadir las variantes psicológica y económica. Hay padres que usan tácticas sutiles sobre hijos de parejas rotas para convencerlos de que no son los ‘malos’ en procesos de ruptura.

Lanzan mensajes a menores vulnerables que estos perciben como alternativa a veces sobre madres devastadas por la presión paternal. O bien para lograr mejores regímenes de custodia, o –alternativamente- obtener la compartida, y así evitar el pago de pensión alimenticia. O bien para, en otros casos, hacerse víctima de una ‘mala madre’ que introdujo el SAP como parte de su arsenal estratégico en el proceso de ruptura.

La variable económica de la violencia vicaria es tanto o más cruel. Se finge o adelanta un ‘despido’ laboral para pasar a la ‘economía sumergida’, se modifican jornadas o turnos con la connivencia del empleador, se artificia insolvencia o bien se ofertan miserias como pago de pensiones compensatorias o alimenticias en procesos judiciales de ruptura de parejas de hecho o matrimonios.

Los Juzgados que entienden temas de Familia, viogen y hasta penales están llenos de causas sobre los que se acumulan sumarios de progenitores que castigan a sus hijos y ex parejas por la vía mental y económica. Guste o no así son las cosas.         

¿Seguridad jurídica?

Bajo el principio de no legislar ‘en caliente’ el fracaso de la aplicación de las normas parte de la base que se precisa doctrina jurisprudencial para forjar nuevos delitos en el universo jurídico. El vademécum de quienes juzgan se apoya en consolidar y unificar dicha doctrina que parte del Tribunal Supremo y Constitucional; en su defecto de Audiencias Provinciales y Nacional, más los TSJ.

Los vacíos en sentencias que ventilan temas urgentes sobre nuevos delitos hacen que las leyes no se cumplan. Literal. Un ejemplo: la LOPIVI exige desde su promulgación suspensión de visitas, vínculos, contactos y régimen de custodia cuando el progenitor esté procesado por viogen. Tal Ley admite la excepción a quienes juzgan de "no acordar la suspensión mediante resolución motivada en el interés superior del menor y previa evaluación de la situación de la relación paterno filial".

Esa particularidad parece haberse convertido en regla. La interpretación de ese ‘interés supremo del menor’ sobre el de adultos admite hasta ideologías: de género, conservadora, progresista, sesgos… La independencia del poder judicial hace el resto. Según números del CGPJ de 2024 sólo se suspendieron visitas a padres procesados por viogen en un 14,27% de autos y sentencias que incluyeron medidas de protección.

Entre las víctimas de viogen los menores se incluyen, especialmente os que quedan huérfanos. Nuestro Código Civil también integra medidas de protección. De no corregirse sustantivamente el Anteproyecto de Ley Orgánica de Violencia Vicaria se abre la puerta a que no se tramite entendiendo que las leyes actuales (LOPJM, LOPIVI y sobre Viogen) protegen a los menores suficientemente.

Como pasó con la ley ‘del sí es sí’ una deficiente irrupción o reforma legislativa puede ser peor que el estatus quo anterior. La vulnerabilidad de los menores y huérfanos de viogen merece más respeto. Y normas efectivas que los protegen de adultos con conductas reprochables.

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