Las últimas condenas al Santander por sus Valores hacen inevitable la Ley REDAL

Las condenas al Banco Santander por los Valores Santander deberían leerse como algo más que un revés judicial para una entidad concreta. Son una advertencia sistémica: cuando la política no regula, los jueces lo harán... y eso es muy peligroso en España

18 de Enero de 2026
Actualizado el 19 de enero
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IRPH: LEY REDAL Felix Alonso
El diputado Félix Alonso durante su intervención en el Pleno en el que se aprobó la toma en consideración de la Ley REDAL

España vuelve, una vez más, a apoyarse en los jueces para corregir los excesos de su sistema financiero. La reciente sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, que condena a Banco Santander por la defectuosa comercialización de los Valores Santander, no es un episodio aislado ni anecdótico. Es, más bien, otro síntoma de una anomalía estructural: un mercado bancario que durante años trasladó riesgos mal explicados a clientes minoristas, y un sistema político que ha reaccionado tarde, mal y casi siempre empujado por los tribunales.

El fallo se suma a una larga cadena de resoluciones judiciales contra entidades financieras por incumplimiento del deber de información, mala praxis contractual y asimetría de poder. Preferentes, subordinadas, cláusulas suelo, IRPH, hipotecas multidivisa y productos complejos como los Valores Santander o las llamadas hipotecas REDAL conforman un patrón reconocible.

La pregunta ya no es si existió abuso sino por qué el sistema sigue dependiendo de la litigación masiva para corregirlo.

Valores Santander y REDAL: distintos productos, mismo problema

A primera vista, los Valores Santander, un instrumento híbrido de renta fija convertible en acciones, y las hipotecas REDAL, contratos hipotecarios con fórmulas financieras erróneas o ininteligibles, pertenecen a universos distintos. Sin embargo, desde el punto de vista jurídico y económico, comparten el mismo vicio original: contratos formalmente válidos, pero materialmente incomprensibles para el cliente medio.

En el caso de los Valores Santander, los tribunales han reiterado que el cliente no fue adecuadamente informado del riesgo real, especialmente del escenario de conversión forzosa en acciones. En el caso de las hipotecas REDAL, el problema es aún más radical: ni siquiera es posible conocer ex ante la carga económica del contrato, vulnerando de forma directa las exigencias de transparencia del derecho europeo.

La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sido clara durante más de una década: el consumidor debe poder comprender no solo la literalidad del contrato, sino sus consecuencias económicas reales. Cuando eso no ocurre, el consentimiento está viciado.

Lo llamativo es que, pese a este marco jurídico consolidado, España ha optado por una solución atomizada: que cada afectado pleitee durante años para obtener una reparación individual, lo que favorece a los bancos que tienen capacidad económica para alargar los procedimientos hasta la última instancia.

El coste económico de no legislar

Desde una perspectiva macroeconómica, esta estrategia es ineficiente. Saturar los juzgados con cientos de miles de demandas no solo eleva el coste para las familias y para el Estado, sino que introduce incertidumbre sistémica en el propio sector financiero. Los bancos provisionan a golpe de sentencia, no de norma clara. El resultado es un mercado que funciona por sobresaltos judiciales.

La experiencia de los Valores Santander es ilustrativa. Las indemnizaciones llegan una década después del daño, cuando muchas víctimas ya han fallecido o han visto erosionado su patrimonio de forma irreversible. La justicia llega, pero tarde; y cuando llega tarde, no es justicia económica, sino mera reparación parcial.

La Ley REDAL, actualmente en tramitación parlamentaria, pretende precisamente evitar la repetición de este modelo: sustituir el colapso judicial por una solución legal homogénea, basada en una corrección matemática del contrato que no arruina al banco ni desahucia a la familia.

Desde el punto de vista del análisis coste-beneficio, la lógica es contundente: legislar ex ante es más barato, social y económicamente, que litigar ex post.

El Parlamento ante su test de credibilidad

Conviene aclarar un punto esencial: la Ley REDAL no está aprobada, sino cruzando todo el proceso parlamentario hasta que llegue al pleno en que los diputados votarán si la aprueban... o no. Crear falsas expectativas sería irresponsable. Pero también lo sería bloquear la tramitación.

En este punto, la comparación con el pasado resulta incómoda para el legislador. En 2013, el Parlamento modificó por ley contratos hipotecarios vigentes al alterar el régimen del IRPH, sin esperar a una cascada de sentencias individuales. El argumento de que “solo los jueces pueden tocar contratos” es, por tanto, históricamente falso.

Lo que está en juego no es una innovación jurídica temeraria, sino la coherencia del Estado de derecho.

Banco de España, Ministerio de Economía y la memoria selectiva

Un informe del Ministerio de Economía, que admite la existencia de fórmulas erróneas pero expresa reservas sobre la Ley REDAL, refleja una tensión clásica entre ortodoxia técnica y realidad social. Resulta llamativo que se critique la posibilidad de amortización voluntaria por parte del cliente, mientras se ha tolerado durante años que las entidades emitan recibos con importes que no emanan del contrato.

El regulador parece más cómodo defendiendo la estabilidad del sistema que la inteligibilidad de los contratos. Pero la estabilidad lograda a costa de la opacidad no es estabilidad: es riesgo diferido.

Una lección que llega desde los tribunales

Las condenas al Banco Santander por los Valores Santander deberían leerse como algo más que un revés judicial para una entidad concreta. Son una advertencia sistémica: cuando la política no regula, los jueces lo harán, de forma fragmentaria, lenta y costosa.

La Ley REDAL representa una oportunidad para romper ese ciclo. No garantiza un resultado perfecto, ni está exenta de mejoras técnicas. Pero su aprobación enviaría una señal clara: que el legislador ha aprendido algo de la década perdida entre las preferentes y hoy.

Si no lo hace, el futuro es previsible. Más demandas. Más sentencias. Más indemnizaciones tardías. Y un nuevo editorial, dentro de diez años, preguntándose por qué nadie actuó cuando aún estaba a tiempo. Como suele ocurrir en economía política, no decidir también es una decisión. Y casi siempre, la más cara y más dolorosa.

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