Interinos: el TJUE vuelve a poner contra las cuerdas a los tribunales españoles

Mientras el Tribunal Supremo trata de tapar la vía de la fijeza, la justicia europea vuelve a recordar que el Estado no está por encima del Derecho comunitario cuando se trata de proteger a los trabajadores

09 de Septiembre de 2026
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Interinos: España peligro UE
Imagen creada con la herramienta de IA Grok

Los trabajadores públicos interinos tienen un momento en su vida laboral en el que la ilusión de servicio se convierte en una condena silenciosa. Pasa sin hacer ruido. Puede ser cualquier día, en un instituto de secundaria, en la planta de un hospital público o en la ventanilla de una consejería o ministerio. Firmas tu nombramiento de interino pensando que es un paso temporal, una pasarela hacia la plaza fija. Pasan cinco años. Pasan diez. Pasan veinte. Sigues haciendo exactamente el mismo trabajo que el compañero de la mesa de al lado, pero con la cabeza metida en un cepo de incertidumbre constante.

Durante décadas, la administración pública española ha vivido instalada en un cinismo difícil de digerir. Exige a las empresas privadas la máxima rigidez contra la temporalidad abusiva mientras ella misma se convertía en el mayor empleador precario del país.

Pues bien, resulta que la trampa ha saltado por los aires. En el laberinto normativo de la Unión Europea nos hemos topado con una verdad incómoda para las administraciones patrias: las leyes comunitarias no son recomendaciones bienintencionadas para leer en un seminario de derecho. Son de obligado cumplimiento. Y el Tribunal Supremo, al bloquear una y otra vez la conversión de estos trabajadores en fijos, se ha colocado en una posición insostenible que ahora amenaza con pasar una factura millonaria a las arcas del Estado.

Ahí es donde entra el drama colectivo de los interinos en fraude de ley. La historia de los interinos es la crónica de una resistencia judicial. Ante la inacción de los gobiernos del PSOE y del PP, miles de profesores, sanitarios y administrativos acudieron a los tribunales denunciando lo que en cualquier empresa privada habría sido sancionado de inmediato: cubrir puestos estructurales y permanentes con contratos temporales concatenados de forma ad infinitum.

¿Qué hizo la cúpula judicial española? Levantar un muro. Aferrado a una interpretación rígida de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad para el acceso a la función pública, el Tribunal Supremo se negó de forma sistemática a reconocer la fijeza como sanción al abuso de la temporalidad. En su lugar, se inventó la figura del "indefinido no fijo", un parche jurídico que dejaba al trabajador en una tierra de nadie: sin la estabilidad de un funcionario de carrera y con la amenaza constante de perder su puesto en cualquier proceso selectivo masivo.

Sin embargo, el derecho comunitario es como el agua. Tarda, pero termina filtrándose por la grieta más pequeña. Sin embargo, esta vez la grieta no se ha abierto por una demanda puesta en Madrid, Cáceres o Barcelona. Ha saltado por los aires desde rincones de Europa que nada tienen que ver con los trabajadores interinos. Se trata de dos sentencias dictadas ayer por el TJUE (los asuntos C-163/24 y C-293/24).

Luxemburgo ha dado un golpe en la mesa de los que hacen época. La soberanía de un Supremo no es una patente de corso. Si un alto tribunal comete un error garrafal e inexcusable violando el derecho europeo, el Estado tiene que pagar. Literalmente.

Esto es lo que ha sucedido con los trabajadores de la aerolínea portuguesa Air Atlantis. Allá por 2009 los despidieron, y su Supremo se negó a preguntar a Europa cómo interpretar la ley de traspasos de empresa. Les cerró la puerta en la cara. Años después, Luxemburgo ha dicho que aquello fue un desatino flagrante y que Portugal debe indemnizar a esos empleados. Por contra, en el caso de un agricultor rumano al que le denegaron una ayuda, Luxemburgo aclaró la otra cara de la moneda: no basta con que el juez se haya olvidado de enviar una pregunta a Europa; hace falta que la norma violada estuviera pensada para proteger derechos concretos del ciudadano.

Son tres los requisitos que exige Europa para reclamar: que la ley proteja los derechos, que el fallo del juez sea un error de bulto y que ese tropiezo te haya costado dinero contante y sonante. Si aplicamos esa plantilla a lo ocurrido en España con los trabajadores públicos interinos, el panorama cambia por completo. Y da pavor.

Las resoluciones dictadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en los últimos años, reforzadas por los criterios aplicados sobre la responsabilidad de los estados cuando sus altos tribunales ignoran las directivas comunitarias, han dejado en evidencia la doctrina española. Luxemburgo ha sido cristalino: si un Estado no cuenta con medidas disuasorias o sancionadoras eficaces contra el abuso de la temporalidad en el sector público, la conversión de esos contratos en fijos o el reconocimiento de una indemnización verdaderamente disuasoria deja de ser una opción para convertirse en una exigencia.

Llegados a este punto, las decisiones europeas abren un escenario de consecuencias financieras y políticas devastadoras para el Estado español.

Si la Directiva europea sobre el trabajo de duración determinada estaba concebida explícitamente para otorgar derechos y estabilidad a los trabajadores, y si el mantenimiento de la interinidad abusiva por parte de la administración, avalado por la jurisprudencia del Supremo, constituye una infracción grave y reiterada de esa normativa, la diana cambia de sitio. La responsabilidad ya no es solo de una consejería o de un ministerio concreto; la diana pasa a ser la responsabilidad patrimonial del propio Estado.

Es de una ironía sangrienta. Por la contumacia de una administración que prefirió precarizar a sus profesionales en lugar de convocar las ofertas de empleo público a tiempo, y por el empeño de una cúpula judicial en maquillar la situación, la factura de las indemnizaciones masivas puede acabar saliendo del bolsillo del contribuyente.

El camino que les queda por delante a los miles de interinos en España sigue siendo complejo, entre reformas legislativas a medio gas y procesos de estabilización que no terminan de resolver el problema de fondo. Pero hay algo fundamental que ha cambiado: el dogma de que el Estado puede abusar de sus trabajadores impunemente ha saltado en mil pedazos.

Al final, el acceso a la función pública y la protección de los trabajadores no son conceptos abstractos para redactar discursos oficiales. Son derechos tangibles. Y cuando las instituciones públicas se convierten en las primeras infractoras de la ley, Europa ha dejado claro que la factura, tarde o temprano, se termina pagando.

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