Interinos: Sánchez tiene el aval constitucional para aprobar el Real Decreto de la fijeza

El Artículo 149 de la Constitución otorga al Estado la competencia exclusiva sobre las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el régimen estatutario de sus trabajadores

05 de Mayo de 2026
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Sanchez Constitucion Interinos:

Tal y como publicamos en Diario Sabemos, Pedro Sánchez tendría algo que en la política española actual es un lujo: los votos necesarios para la aprobación de un decreto que concediera la fijeza a todos los trabajadores interinos. La fijeza no es sólo una cuestión política, sino que, desde un punto de vista jurídico, también es posible, sobre todo con el apoyo legal que supone la jurisprudencia de la Unión Europea.

La implementación de un Real Decreto destinado a otorgar la fijeza al personal interino de las administraciones públicas representa uno de los retos más complejos para el Derecho Administrativo español. Para que una norma de este calibre sea obligatoria y de aplicación uniforme en todos los niveles del Estado, debe articularse mediante un procedimiento técnico que garantice su prevalencia sobre las normativas sectoriales y territoriales.

La clave para que un Real Decreto de fijeza sea vinculante para todas las administraciones reside en su fundamentación bajo el Artículo 149.1.18ª de la Constitución, que otorga al Estado la competencia exclusiva sobre las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el régimen estatutario de sus funcionarios.

Para que este decreto sea obligatorio, el Gobierno debe definir estas medidas como normativa básica. Al hacerlo, establece un estándar mínimo y común de acceso y permanencia en la función pública. Esto impide que una comunidad autónoma, haciendo uso de sus competencias en autoorganización, pueda dictar una normativa que ignore o contradiga la fijeza impuesta por el Estado, asegurando que el derecho a la estabilidad laboral no varíe según la ubicación geográfica del empleado público.

En un Real Decreto con tal impacto en el gasto público y en la estructura de las plantillas, el procedimiento administrativo de elaboración debe ser impecable. Uno de los pasos críticos es la consulta a las administraciones afectadas a través de los órganos de cooperación, como las Conferencias Sectoriales. Este diálogo previo busca evitar que la norma sea percibida como una invasión competencial.

Posteriormente, el texto debe someterse preceptivamente al dictamen del Consejo de Estado. El órgano consultivo evalúa si la solución de la fijeza respeta los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público. Un dictamen favorable dota al Real Decreto de una "presunción de legalidad" que dificulta su impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa por parte de administraciones que pudieran mostrarse reticentes a su aplicación. Tal y como hemos publicado en distintos análisis jurídicos, la fijeza es totalmente constitucional.

Una vez aprobado por el Consejo de Ministros y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Real Decreto goza de presunción de validez y ejecutividad. Esto significa que todas las administraciones públicas tienen la obligación legal de iniciar los procesos de estabilización o conversión de plazas según los términos dictados, sin necesidad de que las comunidades autónomas aprueben leyes regionales espejo.

La obligatoriedad se refuerza mediante el principio de lealtad institucional. Si una administración local o autonómica se negara a aplicar la fijeza dictada por el Real Decreto, incurriría en una infracción del ordenamiento jurídico. El Estado, a través de la Delegación del Gobierno o mediante requerimientos formales, podría impugnar los actos administrativos contrarios al decreto, garantizando que la voluntad del legislador estatal se cumpla de manera efectiva en todo el territorio nacional.

A pesar de su obligatoriedad, un Real Decreto de esta naturaleza debe estar milimétricamente ajustado a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del Tribunal Supremo. Si el decreto fuera anulado por los tribunales debido a un defecto de forma en su procedimiento o por vulnerar la reserva de ley, perdería su eficacia para todas las administraciones. Por ello, la seguridad jurídica del procedimiento es lo que finalmente blinda la estabilidad de los miles de interinos que dependen de esta norma.

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