Interinos: la no concesión de la fijeza paraliza macrocausas clave

La no concesión de la fijeza a interinos clave genera caos en la Audiencia Nacional y amenaza con paralizar causas penales complejas

16 de Febrero de 2026
Actualizado el 17 de febrero
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Audiencia Nacional Interinos:
Sede de la Audiencia Nacional en la calle Génova de Madrid

La modernización del aparato público suele presentarse como un imperativo técnico incuestionable. Sin embargo, cuando las reformas administrativas se aplican sin calibrar su impacto operativo en áreas estratégicas, pueden desencadenar efectos adversos de gran alcance. La reciente advertencia del magistrado Antonio Piña, titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, constituye un síntoma preocupante de cómo la no concesión de la fijeza a funcionarios interinos puede afectar gravemente al funcionamiento del Estado de Derecho.

En varias providencias remitidas a acusaciones y defensas, el magistrado alertó de que seis interinos que tramitaban causas complejas habían cesado y que transcurrirían aproximadamente 45 días hasta la incorporación de los nuevos titulares de las plazas. El propio órgano reconoce que la sobrecarga estructural, unida a la magnitud de los macroprocesos en curso, hace imposible redistribuir esas tareas entre el personal restante sin generar demoras significativas. 

No se trata de un contratiempo menor. En la jurisdicción penal, el tiempo es un factor determinante. Las dilaciones indebidas en procedimientos penales complejos pueden tener consecuencias procesales directas, afectar derechos fundamentales y erosionar la credibilidad institucional. La advertencia del juez revela una realidad incómoda: el sistema dependía estructuralmente de personal interino con alta especialización.

La orden ministerial que desarrollaba la ley para reducir drásticamente la interinidad en las administraciones públicas perseguía un objetivo legítimo: corregir abusos estructurales y estabilizar plantillas. Pero su aplicación en órganos especialmente sensibles como la Audiencia Nacional ha puesto de relieve la tensión entre regularización formal y funcionalidad real. Según la última memoria anual de la Audiencia Nacional, en 2023 había 296 funcionarios interinos frente a 257 con plaza en propiedad. Es decir, el funcionamiento ordinario descansaba en una mayoría de trabajadores en situación de abuso de temporalidad.

La no consolidación de esas plazas implica la salida inmediata de profesionales que durante años han gestionado asuntos de extraordinaria complejidad. Algunos magistrados han subrayado la pérdida de personal encargado de intervenciones telefónicas durante el último lustro o de funcionarios altamente especializados en la tramitación de órdenes de extradición. También preocupa el impacto en el servicio de ejecutorias, responsable de la gestión de expedientes de presos. Estas tareas requieren conocimiento acumulado, dominio técnico y familiaridad con dinámicas procesales que no se adquieren de forma instantánea.

La sustitución por nuevos titulares procedentes, en ocasiones, de órdenes jurisdiccionales distintos exige un periodo de adaptación inevitable. La formación no es cuestión de días. En el ámbito de macrocausas vinculadas al narcotráfico o a delitos económicos transnacionales, cualquier retraso puede afectar la coordinación con otros Estados y la eficacia de la cooperación judicial internacional.

El problema se agrava por la coincidencia temporal con la implantación de la Ley de Eficiencia, que transforma el modelo de juzgados unipersonales en tribunales de instancia con oficina judicial compartida. La reconfiguración organizativa ya suponía un esfuerzo considerable. La salida simultánea de personal experimentado introduce un elemento de inestabilidad adicional que tensiona al máximo la capacidad de adaptación del sistema.

Desde la Sala de Gobierno no se oculta la preocupación. El Ministerio de Justicia ha trasladado que algunos interinos que tramitan causas complejas podrían continuar temporalmente en sus puestos durante unos meses. Sin embargo, la solución parece provisional y reactiva, más orientada a mitigar urgencias que a resolver el problema estructural de fondo.

Las consecuencias trascienden el plano laboral. Cuando la reducción de la interinidad en la Administración se traduce en interrupciones operativas en órganos centrales de instrucción, la cuestión deja de ser corporativa y adquiere dimensión política. La justicia no es un servicio accesorio, es una pieza esencial de la arquitectura democrática. Si su funcionamiento se ralentiza en causas sensibles, la percepción pública de eficacia y rigor se resiente.

Existe además una paradoja evidente. La reforma buscaba estabilidad y consolidación, pero la transición sin mecanismos de continuidad ha generado inestabilidad inmediata. La pérdida súbita de capital humano altamente especializado debilita la capacidad operativa del órgano judicial en el corto plazo. La estabilidad futura no compensa necesariamente la fractura presente si no se gestiona con planificación.

La experiencia demuestra que el conocimiento institucional es un activo estratégico. No reside exclusivamente en la cúspide jerárquica, sino en la red de funcionarios que sostienen la tramitación diaria. Cuando esa red se interrumpe abruptamente, el sistema pierde memoria operativa. En procedimientos que pueden prolongarse años, esa memoria es crucial para garantizar coherencia, seguimiento riguroso de plazos y coordinación eficaz.

El caso de la Audiencia Nacional no es aislado. Otros juzgados centrales estudian emitir providencias similares ante ceses múltiples. Si el número global de bajas de interinos ronda el centenar, el impacto sistémico podría extenderse más allá de un solo órgano. La transición masiva exige una estrategia escalonada que preserve la continuidad del servicio público.

La cuestión de fondo es si el Estado ha calibrado adecuadamente los efectos colaterales de la reforma. Gobernar no consiste solo en aprobar leyes técnicamente correctas, sino en anticipar su impacto real en estructuras complejas. La gestión de recursos humanos en áreas críticas requiere visión estratégica, no solo cumplimiento formal de plazos.

La justicia no puede permitirse pausas prolongadas en macroprocesos que afectan a delitos graves y a intereses públicos relevantes. Si el sistema se ve obligado a ralentizar su actividad por decisiones administrativas previsibles, el coste lo asume la ciudadanía. La fortaleza institucional depende tanto de la arquitectura normativa como de la continuidad operativa.

En definitiva, la no concesión de la fijeza a funcionarios interinos en órganos judiciales estratégicos ha puesto de manifiesto una fragilidad estructural. La estabilidad laboral es un objetivo legítimo; la eficacia del Estado es una obligación democrática. Cuando ambos principios colisionan por falta de planificación, el riesgo no es meramente organizativo. Es institucional. Por esa razón, la fijeza es la única solución porque, además, la doctrina constitucional lo avala.

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