Interinos: Moncloa tiembla

Temor en el gobierno Sánchez a que el TJUE consolide en abril la doctrina por la que, en ausencia de medidas internas efectivas, la fijeza es la única respuesta compatible con el Derecho de la Unión

04 de Marzo de 2026
Actualizado el 05 de marzo
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Jueces TJUE Sanchez Interinos:

La litigiosidad sobre el abuso de temporalidad en el empleo público entra en su fase decisiva. Tras veintitrés años sin una transposición plena de la Directiva 1999/70/CE, España aguarda un pronunciamiento que puede alterar de raíz el equilibrio entre el derecho interno y el Derecho de la Unión Europea. El próximo 14 de abril, la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hará pública la sentencia del asunto conocido como Obadal, en respuesta a las cuestiones prejudiciales elevadas por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

La resolución llega en un momento de “calma tensa”. Cerca de un millón de interinos permanecen en fraude de ley, mientras las administraciones continúan ejecutando ceses y los tribunales de instancia emiten fallos dispares. En paralelo, la Comisión Europea mantiene abierto el expediente por incorrecta aplicación de la normativa comunitaria, y sobrevuela la posibilidad de sanciones económicas.

La sentencia, cuyo debate tendrá lugar el 10 de marzo, ya contó con conclusiones del Abogado General en octubre de 2025. Según diversos juristas, ese dictamen fue especialmente contundente. En él se apuntaba que, si el ordenamiento jurídico interno carece de medidas eficaces y disuasorias para sancionar el abuso de contratos temporales, la transformación en relación fija podría ser una solución exigible desde el Derecho de la UE.

La decisión del TJUE aclarará el camino ya casi de forma definitiva. El informe del Abogado General puso al Tribunal Supremo en su sitio y retoma la doctrina reiterada por el TJUE en diferentes sentencias hasta ahora inaplicadas por España, esto es, si no existe sanción efectiva conforme a la directiva, no queda otra salida que la transformación en fijos de esos trabajadores públicos.

El gobierno español intentó responder a la presión europea mediante la Ley 20/2021, que preveía procesos extraordinarios de estabilización y compensaciones económicas. Sin embargo, tanto el TJUE como el Abogado General han puesto en duda que estas fórmulas constituyan una verdadera sanción.

En su sentencia de 13 de junio de 2024, el TJUE ya cuestionó que figuras como el indefinido no fijo o los procesos selectivos abiertos fueran remedios adecuados frente al abuso. Las conclusiones de 2025 reiteraron que una indemnización tasada y limitada difícilmente puede tener efecto disuasorio real.

En consecuancia, si el ordenamiento jurídico nacional no contiene medidas eficaces para evitar el abuso, la fijeza sería posible. El dictamen del Abogado General incluso planteó la eventual responsabilidad disciplinaria de la administración empleadora.

El trasfondo técnico es profundo. La Directiva 1999/70/CE impone a los Estados la obligación de prevenir y sancionar el abuso en la contratación temporal. Pero su aplicación práctica depende de cómo los tribunales nacionales interpreten su eficacia directa. La Sala de lo Social del Supremo planteó sus dudas sobre si la conversión automática sería “contra lege”, es decir, contraria al ordenamiento interno. La respuesta del TJUE despejará si, en ausencia de sanción adecuada, el juez nacional debe dejar inaplicada la norma interna incompatible.

Sanciones de la Comisión Europea y reforma legislativa

Más allá de la dimensión procesal, la sentencia puede tener consecuencias políticas inmediatas. España arrastra desde hace más de dos décadas la falta de transposición plena de la directiva. La Comisión Europea podría reactivar con mayor intensidad el procedimiento de infracción si persiste el incumplimiento.

En el plano interno, el fallo puede impulsar una reforma estructural. Se ha debatido en el Congreso la posibilidad de una “ley de punto final” que cree la figura del “fijo a extinguir” para regularizar situaciones consolidadas y prevenir abusos futuros. La iniciativa fue frenada en votaciones anteriores, pero una sentencia clara del TJUE podría alterar el equilibrio político.

El mapa autonómico revela desigualdades: Cataluña habría estabilizado cerca del 90% de sus interinos, mientras otras comunidades —como la Comunidad de Madrid— mantienen cifras significativamente más elevadas pendientes de regularización.

Un fallo con vocación de cierre

Al tratarse de una decisión de Gran Sala, la expectativa es que el pronunciamiento sea más categórico que los anteriores. Si el TJUE sigue el criterio del Abogado General —algo que ocurre en un porcentaje significativo de casos— podría consolidar la tesis de que, en ausencia de medidas internas efectivas, la conversión en fija es la única respuesta compatible con el Derecho de la Unión.

La cuestión ya no es solo laboral, sino sistémica. Se trata de determinar hasta dónde llega la primacía del Derecho europeo frente a resistencias internas y si el poder judicial español asumirá plenamente la doctrina de Luxemburgo.

El 14 de abril no resolverá únicamente la situación de cientos de miles de interinos. Pondrá a prueba la coherencia del sistema jurídico español frente a sus compromisos europeos. Y, tras veintitrés años de demora, puede marcar el punto de inflexión definitivo entre la inercia administrativa y la obligación jurídica.

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