España se encuentra ante un momento decisivo en el debate sobre la temporalidad en el empleo público. Tras años de reformas parciales, compromisos políticos y advertencias reiteradas desde Bruselas, el futuro de más de 1,4 millones de trabajadores temporales en la Administración depende ahora del dictamen definitivo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Lo que está en juego ya no es solo una controversia laboral: es una cuestión de legalidad europea, de sostenibilidad presupuestaria y de credibilidad institucional.
El conflicto se centra en determinar si la normativa española cumple con la directiva comunitaria que obliga a los Estados miembros a prevenir y sancionar el abuso de contratos temporales en el sector público. En 2024, el Tribunal Supremo decidió elevar una cuestión prejudicial a Luxemburgo para aclarar cómo debe sancionarse el uso reiterado de la interinidad en plazas estructurales. Poco antes, el propio TJUE había advertido de que el marco jurídico español podría no ser suficientemente disuasorio frente a prácticas abusivas.
El debate jurídico gira en torno a una cuestión esencial: cómo reparar y, sobre todo, cómo prevenir el abuso. El Abogado General de la Unión Europea ha rechazado la conversión automática de interinos en funcionarios como solución generalizada, pero también ha cuestionado que la indemnización vigente (33 días por año trabajado) compense adecuadamente el perjuicio sufrido. Para el Derecho europeo, la clave no reside únicamente en indemnizar, sino en garantizar que el sistema tenga un efecto realmente disuasorio para las administraciones públicas. Si el coste del incumplimiento es asumible, el incentivo para corregirlo desaparece.
Las implicaciones económicas de un fallo adverso no son menores. Si el TJUE concluye que España incumple la normativa comunitaria, el país podría enfrentarse a multas millonarias de la Unión Europea, además de verse obligado a reformar con urgencia su legislación. El impacto presupuestario no se limitaría a eventuales sanciones, sino que podría extenderse a un incremento sustancial en el coste de indemnizaciones y a una reestructuración acelerada de plantillas.
El problema, sin embargo, no es coyuntural. La elevada temporalidad en la Administración pública española, que ronda el 30% frente al objetivo del 8% comprometido con Bruselas, es el resultado de décadas de gestión basada en soluciones provisionales para necesidades permanentes. Las restricciones presupuestarias, los límites de la tasa de reposición y la lentitud crónica de los procesos selectivos han convertido la interinidad en una fórmula estructural más que excepcional. Miles de empleados ocupan plazas esenciales durante años, a veces durante toda su vida laboral, sin estabilidad definitiva.
La paradoja política es evidente. Mientras la reforma laboral de 2022 redujo drásticamente la temporalidad en el sector privado, el propio Estado mantiene niveles de precariedad superiores a los que exige a las empresas. Esta asimetría erosiona la coherencia del discurso reformista y sitúa a España en una posición incómoda ante sus socios europeos.
El fallo de Luxemburgo podría validar parcialmente el modelo actual o exigir cambios profundos. En el escenario más exigente, obligaría a reforzar las sanciones contra el abuso y a replantear el sistema de acceso y consolidación en el empleo público. En el más moderado, impondría ajustes que encarecerían el recurso sistemático a la interinidad. En cualquiera de los casos, marcará un punto de inflexión.
Lo que se dirime ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea trasciende la situación individual de los interinos. Se trata de definir hasta qué punto un Estado miembro puede apoyarse en fórmulas temporales sin vulnerar el Derecho comunitario. También se pone a prueba la capacidad de la Administración española para reformarse a sí misma y cumplir compromisos asumidos en el marco del Plan de Recuperación y Resiliencia.
Cuando llegue la sentencia definitiva, no será solo una interpretación jurídica. Será un veredicto sobre la compatibilidad entre la flexibilidad administrativa y los derechos laborales en el seno de la Unión Europea. Y esta vez, la decisión no se tomará en Madrid, sino en Luxemburgo.