Interinos: los Jackie Chan de la Administración

Sostienen hospitales, escuelas y servicios públicos durante décadas. Hacen el trabajo, asumen los golpes y hacen ganar estabilidad. Pero, como Jackie Chan en Hollywood, solo reciben un premio honorífico cuando llevan una vida cayendo por las escaleras

06 de Mayo de 2026
Actualizado a las 10:45h
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Interinos: Fijeza CCAA

Jackie Chan ha pasado más de medio siglo saltando desde tejados, rompiéndose huesos, colgándose de autobuses, atravesando cristales falsos y, a veces, no tan falsos. Ha trabajado en más de doscientas películas, ha creado escuela, ha hecho ganar dinero a productores, distribuidores, plataformas, televisiones, cines y marcas, y ha dirigido o codirigido más de 100. Es el actor que más films ha protagonizado, y que más ha dirigido o codirigido, de largo.

Y Hollywood, después de décadas de aprovechar su cuerpo, su genio físico y su oficio, le dio un Óscar, honorífico en 2016. No competitivo. Honorífico. Es decir: gracias por los servicios prestados, maestro, pero la alfombra roja era para otros.

Algo parecido ocurre con los interinos españoles. No han saltado de un rascacielos, pero han sostenido durante décadas aulas, hospitales, juzgados, servicios sociales, ayuntamientos, universidades y administraciones autonómicas. Han cubierto necesidades estructurales con nombramientos temporales. Han encadenado contratos como quien encadena escenas de riesgo. Han mantenido en pie servicios públicos mientras las Administraciones ahorraban planificación, presupuestos, convocatorias, responsabilidad y vergüenza.

Y, al final, cuando llega la hora del reconocimiento, se les ofrece una palmada administrativa: una estabilización incierta, una oposición abierta a cualquiera, una indemnización tasada, una promesa de continuidad hasta que la plaza se cubra o una categoría tan española como el “indefinido no fijo”, esa criatura jurídica que parece estabilidad hasta que se lee la letra pequeña.

El problema ya no es una queja sectorial. La última fase del conflicto ha cambiado de escala. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la sentencia C-418/24, Obadal, de 14 de abril de 2026, ha vuelto a decir lo esencial: las medidas españolas previstas para sancionar el abuso de contratos temporales sucesivos en el sector público no son conformes con el Derecho de la Unión. El comunicado oficial del TJUE precisa que la transformación en “indefinido no fijo” no constituye una medida adecuada para sancionar debidamente el abuso, y que las indemnizaciones limitadas tampoco parecen capaces de eliminar las consecuencias de la infracción en todas las situaciones.

La noticia posterior es que los juzgados españoles empiezan a aplicar esa doctrina. Los medios nos han informado el 29 de abril de 2026 de resoluciones en las que se obliga a organismos públicos a readmitir a trabajadores cesados tras años de contratos temporales. Y se ha publicado el 23 de abril que algunos tribunales ya empiezan a indemnizar por abuso de temporalidad apelando a la última sentencia del TJUE; pero el 3 de mayo hemos vuelto a  la dimensión social del problema: empleados públicos temporales que sostienen la Administración, pero no pueden ni organizar su vida con la seguridad mínima de quien sabe si seguirá trabajando.

La escena es conocida. El trabajador público temporal sirve para todo mientras trabaja. Es imprescindible cuando falta personal. Es flexible cuando hay urgencias. Es experto cuando nadie más sabe cómo funciona el servicio. Es barato cuando no se quiere asumir una plaza estructural. Es invisible cuando hay que repartir méritos. Y es prescindible cuando toca regularizar.

Como Jackie Chan, hace la escena peligrosa y llena las taquillas regularmente; pero otros recogen los premios y el reconocimiento.

La diferencia es que aquí no hablamos de cine. Hablamos de Derecho de la Unión, de la Directiva 1999/70/CE, de la cláusula 5 del Acuerdo Marco y de una obligación que España lleva años gestionando como si fuera una recomendación amable: prevenir y sancionar el abuso en la utilización sucesiva de relaciones temporales. La jurisprudencia europea de 2024 ya había situado el foco sobre la insuficiencia de las soluciones españolas, especialmente en relación con la figura del indefinido no fijo, las indemnizaciones y los procesos de estabilización. El propio análisis interno sobre la serie de Diario Sabemos detectaba como núcleo de novedad el paso del conflicto desde el pleito individual hacia la condicionalidad europea del Plan de Recuperación: la Comisión adoptó la Decisión C(2025) 4643 final, de 7 de julio de 2025, considerando revertido el hito 144 y suspendiendo 626.615.891 euros de desembolsos posteriores, con una ventana de seis meses para que España adoptara medidas. Y tampoco lo ha hecho.

Este punto es decisivo. La temporalidad abusiva ya no es solo el drama de una profesora, una médica, una auxiliar, una trabajadora social o un funcionario de justicia. Es también un problema presupuestario de Estado. Bruselas ya no está diciendo únicamente “cumpla usted la Directiva”. Está diciendo: si el sistema no sanciona de verdad el abuso, tampoco se puede presentar como cumplido el compromiso que justificaba fondos europeos. El abuso deja de ser una anomalía laboral y pasa a ser una avería institucional.

Y ahí la comparación con Jackie Chan se vuelve útil. Durante años, Hollywood aceptó el espectáculo de su cuerpo, su disciplina, sus fracturas y su precisión. Pero lo colocó en un cajón menor: cine de acción, cine físico, cine popular, cine rentable, no cine “serio”. Con los interinos ha pasado algo parecido. El Estado ha aceptado su trabajo, su experiencia, su disponibilidad, su continuidad y su capacidad para sostener servicios esenciales. Pero los ha mantenido en un cajón menor: temporales, sustitutos, eventuales, interinos, personal de paso. Aunque lleven quince, veinte o veinticinco años haciendo el mismo trabajo estructural.

La Administración española ha tratado a miles de trabajadores como si fueran figurantes de una película que llevan décadas protagonizando.

El argumento habitual es conocido: igualdad, mérito y capacidad. Nadie serio puede despreciarlo. El acceso al empleo público exige reglas limpias, publicidad, concurrencia y control. Pero ese principio no puede convertirse en coartada para que la Administración abuse primero y se declare inocente después. Mérito y capacidad no significan barra libre para encadenar temporalidad durante años. Tampoco significan que quien ha sostenido un servicio durante décadas deba ser expulsado como si su vida laboral hubiera sido una mera anécdota.

El Derecho de la Unión no exige sentimentalismo. Exige eficacia. Si hay abuso, debe haber sanción real. Si la sanción no disuade, no sanciona. Si la reparación no repara, no sirve. Si el proceso de estabilización estabiliza plazas pero deja en la cuneta a las personas abusadas, no elimina necesariamente las consecuencias del abuso. Si el indefinido no fijo mantiene la temporalidad bajo otro nombre, cambia el cartel, no la estructura.

Ese es el punto que España se resiste a mirar de frente.

Jackie Chan recibió su Óscar honorífico cuando ya había hecho de todo. No necesitaba que Hollywood le explicara su valor. Lo sabía el público, lo sabían los productores y lo sabía la taquilla. El premio llegó tarde y, precisamente por eso, dijo más sobre Hollywood que sobre Jackie Chan.

Con los interinos puede pasar lo mismo. Si España acaba reconociendo tarde, mal y por obligación europea que hubo abuso estructural, la pregunta no será solo qué se les concede. La pregunta será qué dice de nuestro Estado que haya necesitado décadas, decenas de sentencias, presión presupuestaria europea y miles de pleitos para aceptar algo tan simple: que no se puede llamar temporal a quien ha sido permanente para que la Administración pudiera seguir funcionando.

Los interinos son los Jackie Chan de la Administración. Han hecho la escena difícil. Han cobrado menos que los protagonistas oficiales. Han recibido los golpes. Han permitido que otros presumieran de servicio público, de gestión, de estabilidad y de cumplimiento.

Y ahora, después de más de mil caídas, el Estado les ofrece un Óscar honorífico.

El problema es que la Directiva 1999/70/CE no pide homenajes. Pide sanciones efectivas. Y eso, por mucho que incomode, ya no cabe resolverlo con aplausos.

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