El Tribunal de Justicia de la Unión Europea volvió a señalar con el dedo a España. En su sentencia 418/24, dictada el 14 de abril de 2026, el alto tribunal europeo concluye que las medidas vigentes en nuestro país para sancionar la contratación temporal abusiva en el sector público no se ajustan al Derecho de la Unión. No es la primera vez. Ya en 2021, Bruselas obligó a España a establecer sanciones disuasorias e indemnizaciones para los afectados. Cinco años después, el veredicto es demoledor: aquellas medidas fueron insuficientes, simbólicas, un parche cosmético sobre una herida que el Gobierno de Pedro Sánchez ha preferido no cerrar.
Más de 300.000 trabajadores interinos de la Administración Pública española podrían verse beneficiados de forma inmediata por esta nueva resolución europea. Son funcionarios de facto que llevan años, en muchos casos décadas, sosteniendo los servicios públicos del país bajo la cobertura jurídica de contratos temporales que se renuevan indefinidamente. Un limbo laboral que Europa califica, sin ambages, de abuso.
"Indefinido no fijo": un eufemismo para perpetuar la precariedad
La respuesta del Ejecutivo español al primer varapalo europeo de 2021 fue convertir a estos trabajadores en lo que la jerga jurídico-laboral denomina "indefinidos no fijos", una figura que el TJUE acaba de señalar como contraria al Derecho comunitario. La paradoja es evidente: una relación laboral llamada "indefinida" que, en la práctica, puede extinguirse en cuanto la Administración convoque una oposición para cubrir la plaza que el interino lleva años ocupando.
Para el tribunal europeo, esta solución no corrige el abuso, sino que lo institucionaliza. Lo que hace es eternizar la precariedad bajo otro nombre, manteniendo al trabajador en una posición de inferioridad estructural frente a la Administración, que actúa como empleador con autoridad casi inapelable. La sentencia es clara: la conversión a "indefinido no fijo" no constituye una reparación proporcionada ni efectiva del daño causado por años de contratación temporal encadenada.
Sánchez mira hacia otro lado mientras Europa exige reparación
El Gobierno de Pedro Sánchez lleva años sabiendo que su legislación laboral para el empleo público no supera el filtro europeo, y ha optado sistemáticamente por la inacción normativa. La respuesta política al nuevo pronunciamiento del TJUE ha seguido el mismo patrón: reticencias, ambigüedad y la derivación implícita del problema hacia los tribunales ordinarios.
Esto no es una lectura parcial. Es la conclusión que se extrae de la propia sentencia europea, que subraya que la jurisdicción laboral española presenta un escenario "ambiguo, abstracto e imprevisible" para los trabajadores afectados. Dicho de otro modo: el Estado español no ofrece a sus propios empleados temporales un marco jurídico claro y predecible que garantice sus derechos. Los obliga a litigar, caso por caso, en un proceso largo, costoso y emocionalmente desgastante.
Y eso, en un país donde más del 95% de los procedimientos judiciales en esta materia acaban dando la razón al trabajador interino, resulta difícil de justificar. Si el resultado es prácticamente previsible, la única explicación para no legislar en consecuencia es la voluntad política de no hacerlo.
El Supremo cierra otra puerta: solo los que hayan opositado podrán ser fijos
Como si el escenario no fuera ya suficientemente complejo para los interinos, el Tribunal Supremo añadió en mayo de 2026 su propia doctrina al respecto. Solo quienes hayan superado una oposición podrán consolidar una plaza fija en la Administración Pública, dictaminó el alto tribunal español. Una posición que, aunque jurídicamente coherente con los principios constitucionales de mérito y capacidad, colisiona frontalmente con lo que Europa exige en términos de reparación efectiva.
El resultado práctico de esta doble presión judicial (europea por un lado, nacional por otro) es que el trabajador interino se encuentra atrapado entre dos sistemas que, lejos de protegerle, le dejan en tierra de nadie: Europa le dice que tiene derecho a una reparación real, y el Supremo español le dice que esa reparación no puede traducirse automáticamente en una plaza fija sin oposición. La única salida que queda es la judicial.
Un caso que lo dice todo: 14 años en La Moncloa sin contrato fijo
Para entender la dimensión humana de este problema, basta con conocer el caso de un trabajador que durante 14 años prestó sus servicios en el Palacio de La Moncloa, sede de la Presidencia del Gobierno, mediante contratos temporales sucesivos. Sobrevivió a tres presidentes del Ejecutivo. Su vinculación con la Administración era, en la práctica, permanente. Y sin embargo, jurídicamente, era un temporal.
Fue gracias a la intervención de letrados especializados que logró que su situación se reconvirtiera en una relación laboral fija e indefinida, con la correspondiente indemnización. Un caso paradigmático que ilustra tanto la magnitud del abuso como la única vía que, a día de hoy, tiene el interino para hacer valer sus derechos: los tribunales.
Lo que Europa pide y España no da
La UE no exige indemnizaciones punitivas ni el mantenimiento indefinido en el puesto, aclara la sentencia. Lo que sí exige es que la reparación sea adecuada, proporcional e íntegra en función de los años de abuso sufridos. Y eso implica que el Gobierno español —y, por extensión, las comunidades autónomas en sus respectivos ámbitos competenciales— tendría que reformar su legislación de empleo público para garantizar que quien cumple determinados requisitos de antigüedad y contratación temporal pase a ser trabajador fijo.
El incumplimiento reiterado de las directivas europeas en esta materia no es un accidente legislativo. Es una decisión política. Y sus consecuencias las pagan, día a día, cientos de miles de trabajadores que han dedicado años de su vida a la Administración sin recibir a cambio la estabilidad que merecen.
Mientras el Gobierno dilata la reforma legislativa que Europa lleva años exigiendo, la única certeza para los interinos es que tendrán que seguir financiando pleitos judiciales para obtener lo que debería corresponderles por ley. Un coste económico, personal y temporal que no debería recaer sobre el trabajador, sino sobre un sistema que lleva demasiado tiempo mirando hacia otro lado.