Interinos: Europa mueve pieza, los jueces rebeldes ya no quedan impunes

La UE no solo corrige a España con sentencias del TJUE. También empieza a cercar jurídicamente la resistencia institucional a aplicar el Derecho europeo.

08 de Junio de 2026
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Interinos: Supremo ilusionismo
Imagen creada con la herramienta de IA Grok

Durante años, el conflicto de los interinos se ha contado como una sucesión de sentencias europeas incómodas. Luxemburgo habla, España interpreta. Luxemburgo insiste, España matiza. Luxemburgo vuelve a hablar, y aquí alguien descubre un principio constitucional muy oportuno, una dificultad técnica, una singularidad nacional o una prudencia procesal que, casualmente, siempre cae del mismo lado: el del Estado que abusó.

Pero después de aporrear su puerta durante más de una década, la Unión Europea parece haber entendido algo importante: no basta con dictar sentencias si después los Estados, sus administraciones o sus tribunales convierten la ejecución en una elegante carrera de obstáculos. La UE empieza a mover pieza en otro tablero. Ya no se limita a decir qué exige el Derecho europeo; empieza a acotar las posiciones rebeldes que lo neutralizan desde dentro.

El caso de los interinos es ejemplar

La Directiva 1999/70/CE y la doctrina del TJUE han sido claras en lo esencial: el abuso de temporalidad en el sector público exige una respuesta efectiva, proporcionada y disuasoria. No una solución ornamental. No una indemnización tardía y tasada que la Administración pueda presupuestar como coste de hacer trampas. No un proceso de estabilización abierto a quienes sufrieron el abuso y a quienes no. No una figura, la del indefinido no fijo, que mantiene la precariedad con traje procesal nuevo.

En abril de 2026, en el asunto Obadal, el TJUE volvió a recordar que las medidas españolas sancionan debidamente el abuso ni eliminan las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión. Hasta ahí, podría parecer una nueva entrega de la saga: Luxemburgo contra el laberinto español.

La novedad es que el movimiento europeo ya no termina en el TJUE. La Directiva (UE) 2026/1021, sobre lucha contra la corrupción, introduce un mensaje más profundo. Al regular el ejercicio ilícito de funciones públicas, sitúa en el radar las vulneraciones graves e intencionadas del Derecho cometidas por funcionarios públicos. Y en sus considerandos menciona expresamente la aplicación deliberadamente incorrecta del Derecho por jueces o árbitros. Y eso tiene tela.

Europa no está diciendo que cada resolución judicial equivocada sea corrupción. Ni que toda discrepancia con Luxemburgo sea delito. Eso sería absurdo y peligroso. Lo que está diciendo es más fino y más incómodo: cuando una autoridad pública conoce el Derecho aplicable, conoce la jurisprudencia europea y aun así lo aplica deliberadamente mal para producir un resultado incompatible con el Derecho de la Unión, ya no estamos simplemente ante interpretación. Estamos ante una forma de resistencia institucional.

La independencia judicial protege al juez frente a presiones externas. No lo autoriza a desobedecer el Derecho de la Unión con barniz argumental. La independencia judicial no es una licencia de corso nacional. Tampoco convierte el principio de primacía en una sugerencia con membrete luxemburgués.

La Ley Orgánica del Poder Judicial española ya contiene una regla que suele leerse con menos entusiasmo del que merece: los jueces y tribunales deben aplicar el Derecho de la Unión conforme a la jurisprudencia del TJUE. El verbo es “deben”. No “pueden”, “ponderarán” o “lo tendrán presente si no molesta demasiado”. Deben.

Por eso el debate sobre los interinos no es solo laboral, administrativo o presupuestario. Es también un test de obediencia institucional al Derecho europeo. El Estado sabe contar años cuando calcula servicios, pensiones, derechos pasivos, trienios o carreras administrativas. Pero cuando esos mismos años revelan abuso de temporalidad, algunos descubren que el tiempo es un concepto complejo, casi filosófico. Para cotizar, cuenta. Para reparar, se difumina.

Ahí es donde la UE empieza a cerrar el círculo

Primero, el TJUE fija doctrina: el abuso debe tener sanción real. Después, la Comisión puede abrir o mantener procedimientos de infracción si el Estado no corrige. Ahora, además, el nuevo marco anticorrupción europeo apunta hacia quienes, desde posiciones de poder público, convierten el incumplimiento deliberado del Derecho en técnica de gobierno o de jurisdicción.

La idea es potente: la rebeldía jurídica organizada no queda fuera del mapa europeo solo porque se presente con formas solemnes o personas legalmente impunes.

El juez puede interpretar. El juez puede dudar. El juez puede plantear cuestión prejudicial. El juez puede incluso equivocarse. Pero otra cosa es construir una línea de decisión destinada a vaciar de efecto útil una norma europea o una sentencia del TJUE. Eso ya no es independencia. Es desactivación. Y la UE parece dispuesta a llamar a las cosas por su nombre.

En el fondo, el asunto de los interinos ha dejado de ser un pleito sectorial. Es una pregunta sobre la calidad del Estado de Derecho en España. ¿Puede una Administración beneficiarse durante años de una temporalidad abusiva y luego refugiarse en los mismos principios que incumplió? ¿Puede un tribunal reconocer la infracción europea, pero negar una consecuencia efectiva? ¿Puede el ordenamiento nacional invocar igualdad, mérito y capacidad para dejar sin sanción a quien ha usado empleados públicos como piezas temporales de una estructura permanente?

Y Europa empieza a responder que no.

Y lo hace con una doble vía: sentencias que corrigen y normas que acotan. Luxemburgo ya no solo declara. Bruselas y el legislador europeo empiezan a diseñar un perímetro en el que la desobediencia sofisticada, la que no grita pero neutraliza, la que no niega Europa pero la domestica hasta hacerla irrelevante, quede jurídicamente expuesta.

Quizá por eso el debate se está volviendo más áspero. No porque Europa invada nada, sino porque empieza a molestar de verdad. Mientras el Derecho de la Unión era un argumento más, se le podía citar con cortesía. Cuando se convierte en límite, empieza la alergia.

Los interinos lo saben bien. Han visto cómo el Estado era contundente para exigirles servicio y vaporoso para reconocerles reparación. Han visto cómo el tiempo trabajado servía para sostener aulas, juzgados, hospitales y oficinas, pero no siempre para activar una consecuencia jurídica eficaz. Han visto cómo la precariedad pública podía durar lo suficiente como para parecer permanente, pero no tanto como para que el sistema aceptara mirarse al espejo.

No solo desde el TJUE, sino estrechando el espacio de las posiciones rebeldes: las administrativas, las legislativas y también las judiciales. Porque incumplir Europa ya no sale tan gratis cuando el incumplimiento deja de parecer un desacuerdo y empieza a parecer una estrategia.

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