La controversia de las pruebas dentales a los inmigrantes irregulares: el debate sobre la determinación de edad que divide a España

Una práctica que busca evitar el fraude genera polémica por sus implicaciones éticas y legales mientras las cifras oficiales revelan que más de la mitad de los evaluados resultan ser adultos

11 de Octubre de 2025
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La controversia de las pruebas dentales a los inmigrantes irregulares: el debate sobre la determinación de edad que divide a España

La determinación de la edad de los inmigrantes que llegan a España en situación irregular se ha convertido en uno de los debates más complejos y controvertidos del panorama migratorio actual. Lo que comenzó como una necesidad administrativa para distinguir entre menores y adultos ha evolucionado hacia un procedimiento que genera profundas divisiones políticas, jurídicas y éticas, especialmente tras la reciente implementación de pruebas dentales en comunidades como Baleares.
Las cifras oficiales reflejan la magnitud del fenómeno: según la Fiscalía General del Estado, en 2024 llegaron a España 5.922 menores extranjeros no acompañados por vía marítima, un incremento del 21,7% respecto al año anterior. El registro total asciende a 16.041 menores tutelados por las administraciones autonómicas, la cifra más alta de la serie histórica. Sin embargo, estas estadísticas esconden una realidad más compleja: entre 2021 y 2024 se realizaron más de 26.000 pruebas de determinación de edad en toda España, de las cuales solo el 47% confirmaron la minoría de edad.

Los datos oficiales proporcionan elementos objetivos para evaluar la dimensión del problema. En el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados figuraban inscritos 16.041 jóvenes a 31 de diciembre de 2024, distribuidos principalmente por nacionalidades: Marruecos (4.393), Senegal (2.379), Mali (1.794) y Ucrania (1.688). La mayoría son varones (13.438), aunque la llegada de niñas se ha triplicado, pasando de 238 en 2023 a 631 en 2024.
La Fiscalía advierte de una “sobreocupación en la red de protección” que afecta especialmente a Las Palmas, donde se ha alertado sobre el riesgo de creación de macrocentros con elevado número de plazas que dificultan el trabajo individualizado y la integración de los menores. Esta situación de saturación del sistema puede estar influyendo en la intensificación de las pruebas de determinación de edad como mecanismo de control del flujo de ingresos en centros de protección.
El coste económico también es relevante. Cada menor tutelado genera un gasto aproximado entre 3.000 y 4.000 euros mensuales para las administraciones autonómicas, lo que explica parcialmente el interés en verificar rigurosamente la edad declarada. Sin embargo, este argumento económico no puede justificar la vulneración de derechos fundamentales ni la aplicación de métodos científicamente cuestionables. Por otro lado, como veremos más adelante, la diferencia entre ser considerado oficialmente menor o mayor de edad tiene consecuencias importantes: pasar de estar protegido por un sistema, a ser expulsado por infracción grave del ordenamiento jurídico. 

El protocolo español: un sistema cuestionado por expertos internacionales

España mantiene vigente un protocolo de determinación de edad que se activa cuando las autoridades consideran que existen “dudas razonables” sobre la edad declarada por el inmigrante, especialmente cuando carecen de documentación acreditativa o cuando se desconfía de la autenticidad de los documentos presentados. El procedimiento, que puede iniciarse por decisión policial, se basa fundamentalmente en la realización de pruebas médicas que incluyen radiografías del carpo de la muñeca izquierda, ortopantomografías (radiografías dentales del tercer molar) y, en casos dudosos, radiografías de la unión clavícula-esternón.
El método más empleado en España es el Atlas de Greulich-Pyle, desarrollado en los años cincuenta sobre una muestra de 6.879 niños estadounidenses de clase media-alta. Esta herramienta presenta limitaciones significativas: fue creada con fines médicos valorativos, no para determinar la edad cronológica exacta, y tiene un margen de error de ±1,7 años. Además, los parámetros están basados en poblaciones caucásicas, lo que genera dudas sobre su aplicabilidad a jóvenes procedentes de Marruecos, Senegal, Mali o Mauritania.

Los expertos en medicina forense reconocen abiertamente estas limitaciones. Como señala el médico José Luis Prieto, asesor del Defensor del Pueblo, “no existe ninguna forma de establecer la edad cronológica que pretende la administración” mediante estos métodos, ya que solo pueden determinar el grado de maduración biológica, que no necesariamente coincide con la edad real. La directora del Instituto de Medicina Legal de Las Palmas, María José Meilán, admite que “todas las guías internacionales están basadas en estudios sobre personas caucásicas”, aunque defiende que el proceso es “bastante objetivo”.

Las pruebas dentales en Baleares: un caso de estudio controvertido

Desde diciembre de 2024, la comunidad autónoma ha implementado pruebas dentales como complemento a las radiografías óseas, en el marco del acuerdo presupuestario entre el Partido Popular y Vox. Los resultados han sido reveladores: de 209 pruebas dentales realizadas hasta octubre de 2025, solo 87 confirmaron la minoría de edad, lo que significa que el 58,4% de los evaluados resultaron ser adultos.
La presidenta Marga Prohens ha defendido estas pruebas como una medida de protección hacia los menores vulnerables tutelados en centros, argumentando que evita la convivencia entre menores reales y adultos que falsean su edad. Sin embargo, la oposición ha calificado estas medidas como un “ataque frontal a la dignidad humana” y ha acusado al gobierno balear de “comprar un discurso de odio” a Vox.

La Delegación del Gobierno en Baleares ha recordado que la realización de pruebas médicas para determinar la edad “es un procedimiento que depende exclusivamente del Ministerio Fiscal” y se reserva únicamente para casos donde sea estrictamente necesario certificar este aspecto ante la ausencia de documentación acreditativa.

Implicaciones jurídicas: la frontera entre protección y expulsión

La determinación de la edad tiene consecuencias legales trascendentales que van mucho más allá de una simple evaluación médica. La diferencia entre ser considerado menor o mayor de edad marca la frontera entre dos sistemas jurídicos completamente diferentes: el de protección de menores y el de extranjería.
Si las pruebas determinan la mayoría de edad, la persona se convierte automáticamente en infractor de la normativa de extranjería por encontrarse irregularmente en territorio español, una infracción grave que puede sancionarse con expulsión del territorio nacional y prohibición de entrada durante tres años. En caso contrario, si se confirma la minoría de edad, se procede a la declaración de desamparo y la consecuente asunción de la tutela por parte de la administración autonómica, con derecho a alojamiento, educación, asistencia sanitaria y proceso de regularización documental.
Esta dualidad genera situaciones particularmente dramáticas. Los menores considerados oficialmente mayores de edad pueden ser detenidos en Centros de Internamiento de Extranjeros junto con adultos, perdiendo inmediatamente toda protección específica. El Comité de los Derechos del Niño ha documentado casos especialmente graves, como el de R.Y.S., una menor solicitante de asilo víctima de violencia sexual que, a pesar de presentar un informe médico que confirmaba su minoría de edad, fue sometida a pruebas invasivas que incluyeron desnudo integral y exploración genital, siendo finalmente considerada mayor de edad sin justificación clara.

Save the Children ha denunciado la existencia de “fallos sistémicos” en el procedimiento español de determinación de edad, que incluyen una excesiva dependencia de valoraciones visuales rápidas por parte de la Policía, imposición de fechas de nacimiento arbitrarias (frecuentemente el 1 de enero) y abuso de pruebas médicas poco fiables. La organización destaca que estos procedimientos se realizan habitualmente en un plazo inferior a 24 horas en los Centros de Atención Temporal de Extranjeros, sin intervención de profesionales especializados en protección de menores.
Una de las deficiencias más graves del sistema es la ausencia de garantías jurídicas básicas. Como denuncia Sara Collantes, especialista de UNICEF, “muchas veces estas pruebas tienen lugar sin intérpretes, sin presencia de abogados y el fiscal no ve a los niños antes de emitir el decreto de la mayoría de edad basado en los resultados de las pruebas radiológicas”. Esta falta de salvaguardas procesales contrasta con las recomendaciones internacionales que exigen la presencia de representantes legales y la aplicación del principio de presunción de minoría en caso de duda.
La heterogeneidad en la aplicación del protocolo entre comunidades autónomas agrava el problema. UNICEF documenta que “no siempre se aplican exactamente los mismos criterios y no en todos lados”, lo que puede generar resultados diferentes para casos similares según el territorio donde se realice la evaluación. Esta falta de uniformidad vulnera principios básicos de seguridad jurídica e igualdad ante la ley.

Experiencias internacionales: hacia enfoques más garantistas

El análisis comparado revela que España presenta significativas deficiencias respecto a otros países europeos en la evaluación de edad de menores migrantes. Ya en 2010, países como Francia, Bélgica, Bulgaria, Grecia y Estonia habían comenzado a aplicar métodos psicológicos complementarios para la determinación de edad, considerados más precisos y menos invasivos que las pruebas médicas. Italia, con el apoyo de Save the Children y otras ONG, ha potenciado la figura del etnopsicólogo para abordar estas evaluaciones mediante enfoques psicológicos exclusivos destinados a menores de grupos étnicos y culturales diversos.
Las propias recomendaciones de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) priorizan la práctica de exámenes psicológicos antes de proceder a métodos médicos, considerando los primeros más precisos y libres de errores. El Grupo de Estudio para el Diagnóstico Forense de la Edad de la Sociedad Alemana de Medicina Legal (AGFAD) ha desarrollado protocolos específicos que incluyen evaluaciones multidisciplinares que van más allá de las simples pruebas radiológicas.
La nueva regulación europea, establecida en el Reglamento (UE) 2024/1348, exige que la determinación de edad se lleve a cabo en dos fases, siendo la primera un examen multidisciplinar que podría incluir entrevistas psicológicas y evaluaciones del desarrollo antes de recurrir a pruebas médicas. Esta aproximación holística contrasta con el enfoque principalmente radiológico que sigue predominando en España.

España, pendiente de regulación

El Comité de Derechos del Niño ha sido contundente en su evaluación del sistema español, considerando que vulnera sistemáticamente varios artículos de la Convención: el derecho al interés superior del menor (artículo 3), el derecho a una identidad (artículo 8), el derecho a recibir protección de las autoridades (artículo 20.1) y diversos derechos relacionados con el debido proceso. Estas conclusiones han llevado a que el Consejo de Ministros aprobara un Anteproyecto de Ley específico para regular el procedimiento de evaluación de la edad, aunque su texto definitivo aún está pendiente.

La reforma necesaria debe abordar múltiples aspectos: establecimiento de márgenes de error claros y vinculantes en todos los informes médicos, garantía de asistencia letrada y presencia de intérpretes durante todo el proceso, implementación de métodos multidisciplinares que incluyan evaluaciones psicológicas y sociales, unificación de criterios entre comunidades autónomas y creación de mecanismos de recurso efectivo contra las resoluciones de mayoría de edad.
La experiencia de Baleares, donde el 58,4% de las pruebas dentales han determinado mayoría de edad, plantea interrogantes sobre la efectividad de los controles previos y la necesidad de revisar los procedimientos de primera evaluación. Estos datos, lejos de validar automáticamente la necesidad de intensificar las pruebas, deberían impulsar un análisis más profundo sobre los factores que llevan a discrepancias tan significativas entre la edad declarada y la determinada mediante métodos médicos.

 

 

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