Ahora, la JEC ha decidido que interventores/as y apoderados/as podrán señalar, apuntando su DNI, a las personas con discapacidad que consideren que no están ejerciendo el voto de manera consciente, libre y voluntarioAhora, la JEC ha decidido a través de una instrucción (dirigida a las personas con discapacidad) que interventores/as y apoderados/as podrán señalar, apuntando su DNI, a las personas con discapacidad que consideren que no están ejerciendo el voto de manera consciente, libre y voluntario.Esto supone una clara discriminación; vulnera los derechos y contraviene el espíritu de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, tratado internacional ratificado por España (los Estados Partes garantizarán a todas las personas con discapacidad los derechos políticos y la posibilidad de gozar de ellos en igualdad de condiciones).La enmienda del PP, de cuyas consecuencias Podemos ya alertó incluso desde la tribuna del Congreso, tenía como objetivo último seguir excluyendo del derecho a voto a parte del colectivo, estableciendo criterios de interpretación de la competencia de las personas con discapacidad para ser votantes.La reclamación formal registrada este viernes por Podemos y dirigida a la JEC pretende aclarar dudas como: ¿En base a qué criterios van a medir los interventores y apoderados la consciencia, la libertad y la voluntad? ¿Y por qué la JEC elabora una instrucción dirigida a las personas con discapacidad en base a esto? ¿Existen instrucciones similares para el resto de la ciudadanía?
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