El ministerio de Igualdad, señalado por “negligencias graves” en el nuevo contrato de pulseras telemáticas para víctimas de violencia machista

La asociación feminista La Volaera denuncia fallos técnicos, legales y de diseño en el pliego de más de 71 millones para el sistema de seguimiento de medidas cautelares en violencia de género y sexual

03 de Marzo de 2026
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El ministerio de Igualdad, señalado por “negligencias graves” en el nuevo contrato de pulseras telemáticas para víctimas de violencia machista

La Asociación de Mujeres La Volaera, entidad feminista integrada por supervivientes de violencia machista y especializada en acompañamiento jurídico y denuncia de violencia institucional, ha presentado un análisis técnico‑jurídico exhaustivo del pliego de contratación 202603PA0001 del Servicio Integral de seguimiento por medios telemáticos de medidas cautelares y prohibiciones de aproximación en materia de violencia de género y violencia sexual, impulsado por el Ministerio de Igualdad. Según este estudio, el documento de licitación, dotado con un presupuesto de 71.369.269,41 euros, contiene deficiencias de planificación técnica, referencias a normativa derogada, incoherencias en el plan de transición y un modelo de externalización que, a juicio de la asociación, compromete la seguridad, la tutela judicial efectiva y la soberanía tecnológica de la Administración en un servicio calificado como “altamente crítico”.

Sin cobertura en zonas rurales o de alta montaña
Uno de los puntos más graves señalados por La Volaera es la ausencia de soluciones de conectividad satelital para garantizar la monitorización 24/7 en zonas rurales o de alta montaña sin cobertura de telefonía móvil terrestre, las llamadas “zonas oscuras”, pese a que el propio Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género ya había advertido en 2025 de la desprotección sistemática de las víctimas en estos entornos. El informe recuerda que el estándar 3GPP Release 17, vigente desde 2022, permite la conexión directa de terminales a satélites mediante redes no terrestres (NTN) e IoT satelital, pero el pliego solo exige bandas terrestres (B1/B3/B7/B20/B28) para los teléfonos de agresores y víctimas, sin contemplar compatibilidad con bandas Ku y Ka ni la obligatoriedad de cumplir ese estándar, pese a que el Pliego de Prescripciones Técnicas obliga formalmente a incorporar “nuevas herramientas y soluciones fruto de la innovación tecnológica”. Para La Volaera, no ponderar la conectividad satelital dual como criterio técnico supone una negligencia que vulnera la dimensión de disponibilidad exigida por el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) para un sistema de nivel ALTO y mantiene a las usuarias en un riesgo que la tecnología actual ya permite mitigar.

Protección de datos
El informe también denuncia que, en materia de protección de datos y seguridad de la información, el pliego incorpora como anexo un modelo de encargo de tratamiento basado en el Real Decreto 3/2010, derogado por el Real Decreto 311/2022, que regula el ENS vigente. La asociación advierte de que el servicio gestiona datos “muy sensibles y especialmente protegidos” de víctimas y agresores, por lo que la documentación debería ajustarse estrictamente al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) y al nuevo ENS, que actualiza las medidas técnicas y organizativas para sistemas críticos. Usar referencias a legislación derogada casi cuatro años después de su sustitución es calificado por La Volaera como “error muy grave” que rompe la coherencia entre las prescripciones técnicas y las obligaciones jurídicas del adjudicatario, comprometiendo la integridad de un servicio esencial para la vida y seguridad de las personas usuarias.

Plan de transición

Otro eje central de las críticas es la incoherencia del plan de transición entre la licitación de 2023 y el nuevo pliego de 2026. La Volaera recuerda que el PPT de 2023 fijaba una fase de transición “no superior a tres meses desde la adjudicación” para migrar datos y sustituir dispositivos, sin contemplar ampliación a seis meses, pese a tratarse de un sistema de máxima criticidad y complejidad técnica. La cláusula de “3 meses ampliables a otros 3”, hasta medio año, solo aparece ahora de forma explícita en el contrato de 2026, lo que la asociación interpreta como una rectificación tácita del Ministerio tras haberse demostrado, según personas expertas en ingeniería, que el plazo inicial de tres meses era “materialmente imposible” y estuvo en el origen de la brecha de seguridad y pérdida de datos históricos anteriores al 20 de marzo de 2024, con impacto directo en la tutela judicial efectiva de las víctimas.

La Volaera subraya que a la actual adjudicataria, la UTE Vodafone‑Securitas, únicamente se le pueden exigir las condiciones aceptadas en el contrato de 2023, que limitaban la obligación de transición a esos tres meses. En consecuencia, no podría imponérsele contractualmente la extensión hasta los seis meses que ahora se prevén para la futura empresa adjudicataria, lo que, unido al hecho de que es la única que domina la plataforma tecnológica y ya ha ejecutado una migración disruptiva, le otorgaría una ventaja competitiva determinante en la nueva licitación. El documento señala que, con los requisitos actuales (desarrollo a medida, 60 días para poner en producción la nueva solución y 90 días para migrar a unos 4.500 pares de víctima y agresor) resulta mínimamente probable que una empresa diferente a la actual prestataria pueda cumplir las condiciones sin comprometer la continuidad del servicio.

El modelo de gestión diseñado en el pliego es descrito por La Volaera como un “modelo neoliberal de externalización total” en un sistema que la propia Administración califica de “altamente crítico” y de “impacto directo en la vida de las personas usuarias”. El PPT prevé que la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género acceda solo a información anonimizante para fines estadísticos, mientras funciones troncales como la interpretación de resoluciones judiciales para altas, bajas y modificaciones en el sistema, así como la elaboración de informes de incumplimiento con valor probatorio para juzgados y fiscalía, recaen en personal de la empresa privada. La asociación sostiene que estas tareas, por implicar ejercicio de potestades públicas y afectar a derechos fundamentales, deberían estar reservadas exclusivamente a personal empleado público, no a trabajadores de una UTE.

La organización alerta además de que la recepción íntegra de resoluciones judiciales por parte de la adjudicataria vulnera el principio de minimización de datos del artículo 5.1.c del RGPD, porque expone al personal privado a datos de categorías especiales (como información de salud o detalles fácticos de las agresiones) que exceden lo estrictamente necesario para configurar técnicamente las medidas de alejamiento. Esta externalización de funciones nucleares, sumada a la ausencia de una estructura clara de personal público con responsabilidad técnica y funcional sobre el sistema, lleva a La Volaera a advertir de un riesgo de pérdida de soberanía sobre la información y el conocimiento acumulado, condicionando la continuidad y seguridad de un servicio del que dependen vidas humanas.

En el apartado tecnológico, la asociación reconoce como acierto que el Ministerio de Igualdad mantenga la titularidad del software a través de un desarrollo a medida, pero cuestiona con dureza que el pliego delegue en la adjudicataria la “definición de los requerimientos pormenorizados” de la plataforma. A su juicio, esta cesión demuestra que el Ministerio no posee el dominio funcional ni técnico necesario para liderar un sistema crítico, y que el PPT carece del catálogo detallado de requisitos funcionales, de seguridad, relación con otros sistemas, entorno tecnológico y plan de proyecto que se exige en la Administración para garantizar la viabilidad y el alineamiento con los estándares TIC de la AGE. La Volaera destaca también que el pliego omite la aplicación del Real Decreto 1125/2024, que regula la gobernanza de la Administración Digital en la Administración General del Estado, lo que interpretan como una renuncia a aplicar los mecanismos de coordinación y soberanía tecnológica que resultan de obligado cumplimiento para los ministerios.


La Volaera concluye que la arquitectura actual del pliego, la omisión de tecnologías disponibles para garantizar la cobertura, la referencia a normativa derogada, la incoherencia en los plazos de transición y la externalización de funciones esenciales convergen en una licitación que “beneficia claramente” a la actual proveedora UTE Vodafone‑Securitas y no garantiza el máximo nivel de protección a las víctimas. La asociación difunde este informe técnico‑jurídico, más allá del resumen contenido en su nota de prensa, con un doble objetivo: alertar a la opinión pública y a los medios de comunicación sobre los riesgos del modelo diseñado y ofrecer a las empresas licitadoras y al propio Ministerio de Igualdad un mapa detallado de los fallos detectados para que se corrijan y se adecue el sistema a la legalidad vigente y a los estándares tecnológicos que la vida de las víctimas exige.

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